Viernes 12 de abril 2024

Confirman sentencia a Kaiser

Redacción 08/05/2019 - 00.45.hs

La Justicia consideró que Fernando Oscar Kaiser estafó a por lo menos 20 personas mediante una maniobra engañosa, prometiendo construir viviendas en Santa Rosa, General Acha, Macachín y Guatraché, y el Tribunal de Impugnación Penal ratificó la pena que deberá cumplir, que es de tres años de prisión efectiva.
Los hechos ocurrieron entre 2015 y 2017, y ya la jueza de Audiencia, Alejandra Flavia Ongaro, el pasado 22 de febrero, había concluido en que efectivamente Kaiser no construyó las viviendas que había acordado con sus "clientes". Dijo la magistrada que el hombre ahora condenado "supo desde el momento mismo en que celebró cada uno de esos convenios, momento en el que recibía los bienes que sus clientes le entregaban, que no iba a cumplir con la construcción prometida de esas viviendas".

 

Estafa por 3 millones.
Agregó que "con el paso del tiempo, y cuando ya los plazos acordados habían vencido, esas personas constataron el engaño sufrido por parte del imputado, quien no solo no construyó las casas prometidas, sino que tampoco restituyó los bienes que le entregaron como parte de pago. Como resultado de toda esta maniobra fraudulenta, se produjo un perjuicio total aproximado a los 3.000.000 de pesos".
Ante un recurso de impugnación presentado por el defensor particular Carlos Daniel Sabarots Abdala, y por Juan Ricardo Veneri y Augusto César Rodríguez, que actuaron en representación de los querellantes, el Tribunal de Impugnación Penal ratificó la condena contra Fernando Oscar Kaiser "a tres años de prisión de cumplimiento efectivo, por ser autor del delito de estafas reiteradas en 20 hechos, en concurso real". La maniobra fraudulenta con viviendas rondó los tres millones de pesos.

 

Casas que no se hicieron.
La Sala B del TIP, conformada por los jueces Filinto Rebecchi y Mauricio Piombi, así lo hizo saber ayer. Consideró que lo determinado por la jueza Ongaro era lo que correspondía, al considerar probado que Kaiser, un empleado de comercio y trabajador en la construcción de 52 años, "mediante la utilización engañosa de una empresa inexistente, que promovía y difundía por la red social Facebook -bajo la denominación 'Mi estilo Vivienda'-, la construcción de viviendas alpinas, logró que 20 personas dispusieran voluntariamente de sus respectivos patrimonios, dinero en efectivo y en algunos casos vehículos automotores que le entregaron en concepto de entrega inicial, para la construcción de casas ubicadas en Santa Rosa, General Acha, Macachín y Guatraché".
Después el abogado del imputado, Sabarots, cuestionó la calificación legal de estafa por "errónea aplicación de la ley sustantiva" y pidió que se revoque la sentencia, se absuelva a su defendido y, subsidiariamente, que reciba un año de prisión en suspenso. Consideró que el dolo no había quedado acreditado ya que al momento en que Kaiser fue detenido, estaba construyendo viviendas y en 2017 había entregado 17.

 

"Se aprovechó de la necesidad".
Filinto Benigno Rebecchi, autor del voto inicial -al que adhirió Piombi-, sostuvo, tras escuchar los audios del juicio oral, que la propia defensa técnica admitió en los alegatos la existencia de los hechos y la responsabilidad del imputado en ellos, tal cual lo expresara Ongaro en el fallo.
Con respecto al dolo, subrayó que "analizadas las declaraciones de las personas damnificadas, se constató sin lugar a dudas que el imputado construyó algunas viviendas, lo que indudablemente le sirvió como antecedente para que aquellos no dudaran de involucrarse en la construcción de sus viviendas; haciéndole entrega a Kaiser de importantes sumas de dinero o bienes (como automotores) que este último vendió o utilizó en su propio beneficio".

 

"Sabía que no podría cumplir".
Rebecchi hizo hincapié en unas palabras de Kaiser durante el debate, cuando manifestó que en 2015, y a instancia de un hijo, comenzaron a trabajar a través de la red social. Añadió que al comprobar que la empresa le había quedado grande, pensó en parar, pero no lo hizo porque la propia gente le llevaba motos y autos ya que necesitaba las casas.
"Es decir, aun sabiendo que no iba a poder cumplir, recibió grandes sumas de dinero y otros bienes de los clientes y, aprovechándose de la necesidad de ellos, continuó realizando operaciones en las cuales las personas que lo contactaban -sabiendo que había realizado otras operaciones en las que supuestamente había cumplido -, resultaron engañadas, produciéndoles pérdidas económicas", dijo el TIP.

 

Accionar "ardidoso".
"Si efectivamente no podía encontrar mano de obra competente y el factor económico le impedía continuar con su 'empresa', no debió recibir importes de dinero y bienes y, además, hacerlo sin advertir de esa situación a los clientes (...); sino que aprovechando esa necesidad, recibió el dinero y los bienes, haciendo uso de ellos para otras finalidades que no se correspondían efectivamente con la construcción de viviendas", añadió.
Rebecchi, a partir de esas valoraciones, sostuvo que existió de parte de Kaiser "un accionar ardidoso" y, por lo tanto, el encuadre legal de estafa se ajustó plenamente a derecho.

 

Pena "justa y equitativa".
Con relación al monto de la pena, fue cuestionado tanto por la defensa como por los querellantes, quienes en nombre de tres damnificados plantearon que no estuvo suficientemente fundado (no se valoró la cantidad de víctimas y la extensión temporal de la estafa) y solicitaron que sea de cuatro años y seis meses de prisión,
"A los efectos de establecer la pena, resulta esencial la inmediación que posee el sentenciante al momento de la realización de la audiencia, y solamente se puede modificar si resulta claramente arbitraria, circunstancia que no se da en este caso", indicó el TIP.
"En lo que respecta al agravio de la defensa (...), Kaiser, aun sabiendo que no iba a poder cumplir con los contratos firmados, aceptó el dinero y los bienes (...) y no en una sino en veinte oportunidades diferentes, lo que amerita que la sanción solicitada resulta improcedente. En lo que hace al agravio de la parte querellante, si bien es comprensible desde el punto de vista de su función técnica, tampoco es compartido porque la pena impuesta (por Ongaro) fue justa y equitativa y ajustada plenamente a derecho", concluyeron los magistrados.

 

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