Lunes 15 de abril 2024

Doce años para un abuelo

Redacción 11/10/2018 - 00.36.hs

El juez de audiencia de Santa Rosa, Daniel Sáez Zamora, condenó ayer a un abuelo de 61 años a 12 años de prisión, por ser autor material y penalmente responsable de abusar sexualmente de su nieto, un menor de 13 años, que fue gravemente ultrajado por las "circunstancias de duración y realización".
A su vez, se lo absolvió de la acusación de corrupción a un menor agravado, y se ordenó su prisión preventiva, que será sustituida por arresto domiciliario "con supervisión diaria y espontánea de la autoridad policial correspondiente al domicilio que fije". Esto se mantendría hasta que el fallo quede firme.
El magistrado, con las pruebas reunidas durante el juicio oral, dio por probado que el acusado "agredió sexualmente en múltiples oportunidades" a su nieto, de distintas maneras y que para ello "utilizó cachetadas e intimidación". Todos los hechos ocurrieron en la casa del hijo del acusado y padre de la víctima, desde el 2011 ó 2012 hasta principio de 2016, cuando el niño tenía nueve años.
En tanto, reveló que "la totalidad de los abusos los hizo aprovechando los momentos en que se quedaba solo con su nieto, cuando su padre se iba a trabajar. Además, le exhibió videos pornográficos por medio de una computadora que se encontraba en la casa de la abuela del niño".

 

Corrupción de menores.
Por su parte, el fiscal Andrés Torino, había pedido una sanción de 16 años de prisión y la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme, sustituida por domiciliaria controlada con pulsera electrónica.
En su alegado se planteó también que los delitos anteriormente nombrados cursaban "en forma ideal" con el delito de promoción de la corrupción de un menor, agravado por ser éste menor de 13 años, y por haber mediado violencia física y abuso de autoridad.

 

Defensa.
El defensor oficial, Pablo De Biasi, en cambio, sostuvo que el acusado debía ser absuelto por el beneficio de la duda, ya que la prueba producida impidió tener una certeza absoluta. Dijo que "no se demostraron los abusos, la corrupción de menores y la exhibición de material pornográfico".
Subsidiariamente solicitó que se le imponga la pena mínima, y respecto a la prisión preventiva, subrayó que su defendido siempre cumplió con las citaciones y que podía fijar su domicilio y quedar sometido a la presentación diaria hasta la culminación del proceso.

 

Extensión del daño.
El juez Sáez Zamora explicó que el abuelo, al momento de declarar, "negó los hechos, en un intento de mejorar su condición procesal, sin dar mayores explicaciones sobre la acusación. Entiendo que esa defensa material y los principios que rigen en favor del acusado, han quedado desvirtuados por la cantidad y la calidad probatoria aportada por la fiscalía".
A la hora de fijarle la pena, el juez consideró como elementos favorables la falta de antecedentes penales del imputado y que "posee un trabajo que le permite ganarse el sustento". También valoró como atenuantes su edad, su estado de salud y el buen concepto que cuatro personas brindaron de él.
Como cuestiones negativas remarcó la extensión del daño que le causó al pequeño y al grupo familiar. En ese aspecto consideró "especialmente" lo afirmado por dos psicólogas y calificó de "ilustrativo" -ejemplificándolo en algunas frases- el relato de la víctima en Cámara Gesell. "Las conductas del acusado impactaron negativamente en el niño en forma de vergüenza, culpabilidad y condicionamiento de su conducta", afirmó.

 

Arresto domiciliario.
Finalmente, en relación a la medida sustitutiva, Sáez Zamora indicó que "atento a lo solicitado por la fiscalía en cuanto a la prisión preventiva y lo manifestado por la defensa, considero que corresponde dictar la prisión preventiva del acusado sustituyendo la misma por la de arresto domiciliario".
También, manifestó que "dicha medida tiene por fundamento que la pena impuesta es temporalmente grave, que el condenado tiene capacidad para desplazarse en el ámbito de todo el país y que posiblemente intentará evadir el cumplimiento de la grave pena impuesta".
No obstante, señaló que "teniendo en cuenta que ha colaborado a lo largo de todo el proceso y se ha presentado a las citaciones, entiendo que la prisión preventiva puede ser sustituida por una de arresto domiciliario, con supervisión diaria y espontánea de la autoridad policial correspondiente al domicilio que fije, bajo apercibimiento de revocación en caso de incumplimiento", concluyó.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?