Sabado 20 de abril 2024

El TIP confirmó condena de 5 años a comerciante

Redacción 11/07/2019 - 00.41.hs

(General Acha) - El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó la pena unificada de cinco años de prisión que el Juzgado de Audiencia de Juicio de Santa Rosa había dictado contra un hombre. Había sido condenado por haber abusado sexualmente a la mejor amiga de su hija, una menor de 13 años.
El fallo de primera instancia fue ratificado por la sala A del TIP, integrada por los jueces Pablo Tomás Balaguer y Mauricio Federico Piombi. De esta manera se rechazó el recurso interpuesto por los defensores particulares Omar Gebruers y Alejandra Lezcano López.
Según Balaguer -autor del primer voto-, la defensa intentó mejorar la situación procesal de su pupilo, "desmereciendo todas las pruebas que tendieron a acreditar la existencia de los hechos", relacionados con el relato de la propia víctima y las consideraciones valorativas efectuadas por los profesionales.

 

Cuestionamientos.
Tampoco le dio entidad al argumento empleado por Gebruers, acerca de que se violaron las garantías constitucionales del debido proceso y de defensa en juicio. El profesional había cuestionado que se trataba de una acusación inespecífica, y que no existieron pruebas concretas respecto a las circunstancias de modo, tiempo y lugar de los delitos enrostrados a su defendido.
Los defensores también cuestionaron los testimonios de algunos de los profesionales intervinientes en el caso, quienes aseguraron que en el relato de la víctima "no existieron indicadores de fabulación o influencia de terceras personas", y hasta el de la madre de la niña.
"No resulta razonable que todo aquello que aparezca como contrario a los intereses de la defensa, en el ejercicio de ese derecho como tal, sea considerado o adjetivado como afectación a la imparcialidad", fundamentó Balaguer, al mismo tiempo que remarcó que la defensa tampoco los objetó cuando fueron citados en la audiencia del artículo 308 del código procesal penal, donde cada una de las partes ofreció pruebas.

 

Condena.
El juez de Audiencia de Juicio Carlos Besi había condenado el 28 de marzo a un comerciante de 50 años, como autor material y penalmente responsable de los delitos de abuso sexual simple por tratarse de una menor de 13 años, y abuso sexual con acceso carnal; en este caso, en grado de tentativa, como delito continuado. Todo, en el marco de la ley 26485 de Protección Integral a la Mujer, a la pena de cuatro años de prisión.
A su vez le había revocado la condicionalidad de otra condena a tres años de prisión en suspenso, y le unificó ambas en una pena única de cinco años de prisión.
En esa misma sentencia condenatoria Besi mantuvo lo dispuesto oportunamente por el juez de control de General Acha, Héctor Freigedo, acerca de la prohibición de acercamiento a menos de 300 metros de la víctima y de su madre; como así también de mantener todo tipo de contacto con ella, y la de ingresar a la localidad donde se produjeron los hechos. Por eso el condenado recién irá a prisión, una vez que el fallo quede firme.
El tribunal tuvo por probado que sin precisarse fecha exacta, pero antes de la denuncia hecha por la madre de la víctima (28 de agosto de 2015), el imputado abusó sexualmente de la menor mediante tocamientos; y en otras oportunidades, la obligó desde que tenía 4 o 5 años y hasta los 10 u 11. Además, en una ocasión intentó abusarla pero no pudo consumarlo por la resistencia ofrecida por la niña. Los hechos ocurrieron en la vivienda del comerciante, adonde la víctima iba a jugar con su hija, se informó desde prensa del superior tribunal de justicia de La Pampa.

 

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