Sabado 06 de abril 2024

Gómez fue condenado a más de 5 años

Redacción 24/08/2018 - 01.15.hs

(General Pico) - Carlos Pellegrino, juez de audiencia de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia con asiento en esta ciudad, condenó ayer al mediodía a Raúl Fernando Gómez, a cinco años y medio de prisión, por haber apuñalado y atropellado con un auto al actual jefe comunal de la localidad de Quetrequén, Juan Pablo Resio. El magistrado lo consideró autor material del delito de Homicidio simple en grado de tentativa.
El hecho se debatió la semana anterior en los tribunales de esta ciudad, a lo largo de tres audiencias, tras las cuales, los fiscales Emilia Oporto y Guillermo Komarofky pidieron que se condenara al imputado a 7 años y medio de prisión. En tanto, los abogados Pedro Febre y Sebastián Fornasari, patrocinantes de la querella, habían pedido una condena de nueve años. El defensor Gastón Gómez se había pronunciado por la absolución del acusado, descartando la configuración legal por la cual fue condenado y subsumiendo el hecho en la figura de lesiones.
Con las pruebas debatidas, el magistrado dio por acreditado que poco antes del mediodía del 2 de diciembre pasado, en oportunidad en la que el jefe comunal norteño acomodaba en su camioneta unas bolsas de mercadería que había comprado en un comercio del medio para compartir un almuerzo con el equipo de futbol de la localidad, fue embestido por otro vehículo, un Renault Logan, que era conducido por el imputado. Además dio por probado que cuando el damnificado intentó reponerse del impacto, fue abordado por Gómez, quien descendió de su auto con un cuchillo y tras un forcejeo, le asestó una puñalada a la altura del pecho que le afectó uno de sus pulmones. Luego el agresor intentó continuar con ataque una vez que Resio había caído al piso, pero esto fue impedido por un vecino del pueblo, quien logró desapoderarlo del cuchillo que había usado para consumar la agresión. Como consecuencia del ataque, el intendente de la localidad sufrió herida cortante de cinco centímetros en cara anterior del hemitórax derecho y escoriaciones en ambos miembros inferiores.

 

Argumentos del fallo.
Al momento de argumentar su decisión, el magistrado afirmó que "el cometido final, era acabar con la vida del damnificado", y que ello lo "intentó por distintos medios". También dijo que si no logró su objetivo, fue por causas ajenas a su voluntad. En este sentido indicó que el impacto del vehículo fue sobre la puerta trasera que se hallaba abierta, situación que impidió que embistiera en forma directa a Resio, y que "no conforme con ello, intentó dar muerte mediante la aplicación de puñaladas", y que si no pudo provocarle la muerte, "por el accionar de un vecino" que intercedió y le puso fin al ataque.
Como atenuantes, el juez consideró la carencia de antecedentes del acusado, su edad y el buen concepto que sobre él, tiene la comunidad de Quetrequén. Sin embargo, como circunstancias agravantes evaluó "la naturaleza de los medios empleados, la firme intención de alcanzar su cometido de una u otra forma y la puesta en peligro de otras personas que se hallaban en el lugar".
Por último Pellegrino estimó acertada la petición de los acusadores, tanto del Ministerio Público Fiscal, como los representantes de la querella, en cuanto a la necesidad de apartarse del mínimo previsto para la figura de homicidio simple en grado de tentativa "aunque no comparta las solicitudes concretas formuladas, por considerarlas excesivas, en virtud a asimilarse más al delito consumado que al tentado". Por ello estableció como proporcional, la pena de cinco años y seis meses de prisión.

 

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