Jueves 04 de abril 2024

Imponen multa de $ 200 mil: ¿qué hará Vagge si apelan?

Redaccion 05/08/2020 - 21.45.hs

El Juzgado Municipal de Faltas de Santa Rosa sancionó a Guillermo Lett por la fiesta clandestina que se realizó en un local de la avenida Perón al 1700, en la que se identificó a 78 personas, y ahora deberá pagar una multa de 211 mil pesos.
En el expediente se dejó constancia que en el lugar se realizó un evento con acceso al público, «sin respetar el distanciamiento social preventivo obligatorio vigente» por la pandemia. Además, no contaba con la autorización y la habilitación correspondiente.
A su vez, da cuenta de que fueron los policías quienes identificaron al responsable, Guillermo Lett, y quienes lo instaron a que haga salir a las personas del local. De esta manera, un total de 78 personas fueron notificadas y se les inició una causa por violar el artículo 205 y 239 del Código Penal.
Si bien el acusado brindó su descargo y relató que «nunca fue su intención organizar una reunión», sino que «sencillamente existió un encuentro de un número pequeño de amigos, donde espontáneamente, sin organización y objetivo previo, se fueron sumando personas».

 

Análisis legal.
El Juzgado municipal analizó la situación y precisó que se incluye dentro de lo que establece la ordenanza, la cual «se considera espectáculo público a toda reunión, que tenga como objetivo el entretenimiento y que se efectúe en locales donde el público tenga acceso» con el permiso correspondiente.
De esta manera, consideró que «existió, según refirió el mismo infraccionado, una reunión de personas, en el local de su propiedad, con espacio suficiente para albergar la cantidad de personas que ingresaron, (más de 80 según consta en las actuaciones policiales, y más de cien, según refieren las mismas actuaciones)»,
«Para la ordenanza entretenimiento está tomado como sinónimo de esparcimiento, diversión, y es exactamente esto lo que describió el mismo imputado en su descargo y los testigos en sus declaraciones», señala el expediente y agrega que «independientemente de lo manifestado por el infraccionado en su descargo queda claro a partir de los testigos citados que la reunión fue pública».
En ese sentido, los testimonios recogidos señalaron que fueron «invitados el día antes y que que dicha invitación a la ‘juntada’ circuló por las redes sociales, y que en todos los casos no conocían al propietario del inmueble». Los asistentes a la fiesta «tampoco se conocían entre sí».
Por otro lado, en la investigación se pudo corroborar, a través de la Dirección de Comercio y Servicios, que Lett no había solicitado «permiso alguno» para realizar un «espectáculo público».
«Está claro que la ‘juntada’ que existió en el domicilio del imputado el día 21 de junio de 2020 es una reunión pública con el objeto de entretenimiento y está encuadrada en la ordenanza», remarca el expediente.

 

Desprecio por la salud.
El documento deja sentado que «el responsable de la misma es el imputado, Guillermo Gaston Lett, dado que la juntada se ubicó y desarrolló en su domicilio, y que de ninguna manera podía estar ajeno al desarrollo de la misma, dado que sin su autorización expresa o implícita no podían haber ingresado libremente las personas provenientes de distintos lugares, ni haberse organizado y mucho menos hacerse público el evento».
Para graduar la pena, se tuvo en cuenta que «la infracción tiene alcance general en tanto afecta a la comunidad toda en forma indeterminada, tanto a los asistentes como a los vecinos». Además, se indica que la fiesta clandestina se realizó «violando la cuarentena impuesta por la autoridad sanitaria provincial» ante la pandemia de Covid-19, «exhibiendo un claro desinterés y hasta desprecio por la salud pública».
En el expediente también se hizo mención al concepto de «responsabilidad social individual, que se ha definido como la conducta ética del ciudadano para consigo mismo y con su entorno, y que va mucho más allá del cumplimiento de las obligaciones legales, está relacionada con nuestra actitud en el hogar, con nosotros mismos, con nuestra familia, con nuestros amigos, con el ambiente, con el trabajo, con nuestros vecinos y con la sociedad».
«Es en este concepto donde debe ponerse el ojo dado que es ese el concepto más vulnerado con la actitud del infraccionado, que en ningún momento siquiera dimensionó el impacto de su actitud», señala.
Con estos argumentos, se fijó la multa «por la falta de autorización especial» de $211.098,70. Lett deberá abonar el importe dentro de diez días hábiles desde su notificación, hecho que ocurrió ayer.

 

Si apela, define Vagge
Si bien el Juzgado de Faltas municipal le impuso una sanción a Lett por la fiesta clandestina que se desarrolló a fines de julio en un local de la avenida Perón, al acusado aún le queda la posibilidad de apelar la sentencia y que resuelva la Justicia provincial. En este caso, se produciría una situación paradójica ¿Por qué? El expediente pasaría al juez provincial de Faltas, cargo que actualmente ocupa Miguel Vagge.
Se trata del magistrado que fue denunciado por el Ministerio de Salud de La Pampa -junto al juez del Tribunal de Impugnación Penal, Pablo Balaguer (en uso de licencia) y el fiscal general es Guillermo Sancho- violar la cuarentena durante el Día del Amigo al realizar una cena.
Por estos motivos, en caso de que Lett decida apelar y el expediente llegara a manos de Vagge -que aún no ha resuelto su situación judicial- surge la pregunta ¿Con qué legitimidad puede revisar una sentencia que tiene como argumento principal la gravedad de haber hecho una fiesta clandestina en plena pandemia?

 

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