Miércoles 10 de abril 2024

Juez declara "inconstitucionalidad"

Redacción 06/04/2019 - 08.05.hs

Un juez federal de Entre Ríos declaró la "inconstitucionalidad" de las fotomultas por perseguir solamente un "afán recaudatorio", al considerar que no colabora en desalentar la infracción en el momento ni a identificar al conductor del vehículo en cuestión, que puede ser otro y no el dueño del auto.
El fallo llegó después de la denuncia de un turista entrerriano que fue multado por exceso de velocidad mientras conducía por una ruta nacional en Misiones, publicó el diario porteño Página/12.
El juez federal de Paraná, Daniel Alonso, criticó a la Policía provincial por no aplicar la metodología establecida en el artículo 70 del Reglamento Nacional de Tránsito, y en su lugar aplicar un sistema automático "que no puede actuar como mecanismo preventivo de siniestralidad vial".
"En momento alguno se detuvo la marcha del vehículo presuntamente en infracción, no se identificó al conductor, ni tampoco se le retuvo la licencia de conducir", advirtió Alonso en su fallo. Por lo que el conductor habría seguido manejando a alta velocidad. "¿Cuál sería la actividad preventiva cuando se permite que el presunto infractor continúe circulando supuestamente en infracción?", preguntó el magistrado.
Sobre este caso en particular, el juez federal de Entre Ríos consideró que "más que el interés en la seguridad y la finalidad de obtener la introyección en los automovilistas de pautas de conducta de respeto a los derechos de los demás" el objetivo de las fotomultas es "meramente recaudatorio o fiscalista".
"Imputar responsabilidad al titular registral de un vehículo, sin haber realizado el mínimo esfuerzo para individualizar al conductor presuntamente infractor, es como responsabilizar al titular dominial de un inmueble donde se cometió un ilícito por su sola condición de tal", comparó el juez.

 

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