Jueves 28 de marzo 2024

La Pampa recupera la coparticipación que le quitó Macri

Redacción 02/10/2019 - 00.23.hs

La Corte Suprema de Justicia le dio la razón a La Pampa y a una quincena de provincias y ordenó frenar la aplicación de dos decretos que emitió el presidente Mauricio Macri que afectan la distribución de fondos coparticipables. Se trata de dos decretos que el Presidente emitió luego de perder las elecciones PASO de agosto que incidían en la parte de recaudación de IVA y Ganancias que reciben las provincias.
La decisión fue adoptada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. El presidente de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz, votó en disidencia respecto a la mayoría, mientras que la jueza Elena de Highton de Nolasco no votó. En la decisión que se conoció ayer, la Corte tomó medidas cautelares respecto de los decretos 561/19 y 567/19, pero no se expidió sobre la cuestión de fondos.
Las acciones de amparo fueron presentadas por los Fiscales de Estados de las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán, por entender que cualquier cambio en la distribución de la coparticipación federal de impuestos debe pasar por el Congreso Nacional, ya que es una atribución no delegada al Poder Ejecutivo Nacional.
En este caso, los decretos de Macri dispusieron la eliminación del Impuesto al Valor Agregado a un grupo de alimentos y, en el segundo caso, una modificación en los alcances del Impuesto a las Ganancias, ambas medidas tomadas al calor de la fuerte derrota que sufrió el macrismo en las elecciones primarias.
Como los dos impuestos son coparticipados con las provincias, la Constitución obliga a que cualquier cambio sea debatido en el Congreso Nacional, paso obligatorio que no se cumplió en este caso.
Al momento de realizarse la presentación de los amparos, desde Casa de Gobierno de La Pampa estimaron que nuestra provincia iba a perder millones de pesos. Un primer cálculo estimó ese rojo en unos 600 millones, que después subieron a cerca de 1.000 millones.
Según analizó el portal Infobae, el fallo judicial "es interpretado como un revés para la gestión de Mauricio Macri", que intentó imponer esta medida en un clima electoral desfavorable, aunque en la práctica la sentirá el presidente que asuma a partir del mes de diciembre.

 

Caso Entre Ríos.
Para fundar su fallo, la Corte analizó el caso puntual de la provincia de Entre Ríos, y lo extendió al resto de los demandantes.
En su dictamen, el máximo tribunal hizo referencia a un informe de la Comisión Federal de Impuestos que estimó que las medidas tributarias redundarían en una disminución de aproximadamente 1.000 millones de pesos de los recursos para la provincia de Entre Ríos, lo que pondría en riesgo el normal funcionamiento de las instituciones provinciales y la atención de las necesidades básicas de su población.
A criterio de la Corte, el daño a las arcas de Entre Ríos "podría resultar irreparable, en la medida en que -según explica- los fondos que se dejan de percibir fueron presupuestados por la hacienda provincial y se encuentran comprometidos a la ejecución de políticas públicas en curso, algunas de ellas de carácter social, lo que evidencia la necesidad de acceder a la pretensión cautelar".
"Frente a la concreta dificultad de financiamiento de necesidades públicas provinciales de significación social alegadas por la actora, la magnitud del perjuicio invocado y lo señalado en cuanto a la verosimilitud en el derecho, cabe tener acreditada la configuración de los extremos exigibles a toda pretensión cautelar con el fin de resguardar los derechos invocados", afirmaron los jueces.
También entendieron que existía un peligro acreditado que podría producirse en caso de demorarse su otorgamiento. Los argumentos se basaron en "la regla básica de la Constitución Nacional que organiza un estado federal y, en particular, la significación del régimen de coparticipación federal de impuestos, al cual los constituyentes reformadores de 1994 otorgaron un explícito reconocimiento constitucional como uno de los instrumentos en cuya observancia descansa la efectiva vigencia de ese sistema".
En ese fallo, la Corte sostuvo el alcance y jerarquía de las leyes, que no pueden ser modificadas unilateralmente. Y advirtió que de tener que "detraer -como excepción- recursos coparticipables", debe ser el Congreso el que lo haga "cumpliendo los requisitos constitucionales".

 

Certificado de defunción
El abogado constitucionalista pampeano Andrés Gil Domínguez, sumó su opinión al fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra los decretos presidenciales y dedicó una fuerte crítica al voto en disidencia del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz. “El argumento del solitario voto en minoría es absurdo: las provincias no tienen legitimación procesal para impugnar normas federales que unilateralmente retraen la recaudación de recursos coparticipables. La literalidad normativa pacata de la minoría es un certificado de defunción del federalismo de concertación y la convalidación jurisprudencial del unitarismo económico”, afirmó.

 

"La coparticipación ha caído mucho"
El ministro de Hacienda de la provincia, Ernesto Franco, señaló que aunque es difícil de calcular su efecto directo, el monto de coparticipación federal de impuesto que recibió la provincia en septiembre "ha caído mucho más que en otros meses" producto de la aplicación de los decretos 561 y 567/19 del Poder Ejecutivo Nacional. El ministro destacó que el fallo de la Corte Suprema refuerza la división de poderes, base del sistema republicano, y anticipó que se hará efectivo a partir de hoy.
En declaraciones que formuló a Radio Noticias, el ministro Franco explicó que la disposición de la Corte Suprema "ha ordenado a Nación que a partir de mañana el efecto dinerario de esas medidas tiene que ser aportado por Nación a las provincias" hasta tanto resuelva la cuestión de fondo, que es la inconstitucionalidad de los decretos que redujeron las alícuotas del IVA a algunos alimentos y la aplicación del Impuesto a las Ganancias.
"El presidente Macri tomó medidas creemos electoralistas y sin fundamento constitucional, porque evidentemente las tomó por decreto, cuando debieron pasar por el Congreso", analizó Franco. "Lo importante es que la Corte hace algo muy claro con la división de poderes. No podés pasar (por encima de) lo que debe ser el Congreso, o no podés pasar por el Estado federal que componen la Argentina, que es la Nación y las 24 jurisdicciones federales", reflexionó.
-Los decretos tienen fecha de después de las PASO. ¿Ya se nota su efecto en las arcas provinciales?
-En realidad la coparticipación tiene un efecto que necesariamente se ve reflejado en los impuestos de acuerdo a la actividad económica, a la inflación y a muchos factores. En forma individual va a ser muy difícil de sacar la cuenta, pero evidentemente la coparticipación en el mes que termina ha caído en términos reales mucho más que en otros meses.
"Esto es producto de lo que sabemos -definió-: la gente no tiene para consumir, y eso genera que no haya actividad económica, y la bola de nieve que se da se refleja en algunas empresas imposibilitadas de pagar sus impuestos, pero principalmente en la baja de la actividad económica".
-Cuándo la Corte manda a la Nación a compensar a las provincias, ¿qué mecanismos tiene para hacer eso?
-Nosotros tenemos una comunicación con todos los ministros (de Hacienda del país), y partir del fallo uno de los problemas operativos que vemos es cómo se implementa este tema. Veremos si la semana que viene nos juntamos para sugerirle a Nación cómo hacer o aceptamos lo que concretamente Nación apruebe.
Como lo había hecho en declaraciones anteriores, Franco criticó la poca efectividad de los descuentos aplicados por Nación a los alimentos y a Ganancias. Según explicó "todo el mundo consume estos productos, pero la clase más baja solo consume el 26 pro ciento de estos productos, o sea que si buscás una medida que impacte en este sector, estás gastando 4 a 1 de lo que realmente querés llegar".
Lo ideal sería que la medida impacte en un 100 por ciento en los sectores más bajos, según su declamado espíritu.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?