Sabado 06 de abril 2024

Le dieron 15 años de prisión por abusar a sus hijas

Redacción 12/03/2018 - 18.15.hs

La jueza de audiencia de la Primera Circunscripción Judicial, Alejandra Flavia Ongaro, condenó hoy lunes a un hombre de 51 años a 15 años de prisión, como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual mediando violencia y amenazas, con acceso carnal, agravado por ser ascendiente de las víctimas, encargado de la guarda y aprovechando la convivencia preexistente con las mismas, en perjuicio de dos hijas biológicas.

 

Según un comunicado de prensa oficial, la jueza lo absolvió, por aplicación del beneficio del “in dubio pro reo”, de una acusación similar contra una tercera hija y le extendió la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme. El acusado tuvo hijos con una de sus hijas.

 

Con las pruebas recolectadas durante el juicio oral, realizado en General Acha, la jueza Ongaro dio por acreditado que el imputado “abusó sexualmente con acceso carnal, de sus dos hijas, bajo amenaza, utilización de un cuchillo y violencia física, durante al menos cinco años”. Ubicó ese período entre marzo de 2012 y abril de 2017, cuando las propias víctimas lo denunciaron.

 

Los ataques “se consumaron en su gran mayoría en el interior de las distintas viviendas alquiladas, en las que el acusado y su familia estuvieron viviendo”, expresó la magistrada, añadiendo en la parte resolutiva de la sentencia que tomó ese lapso de cinco años, “sin perjuicio de la investigación judicial de hechos previos que habrían ocurrido en otra  jurisdicción”.

 

Durante los alegatos, el fiscal achense Juan Bautista Méndez había solicitado que se le aplique una pena de 25 años de prisión por el abuso contra las tres hijas, y el defensor oficial Marcos Mezzazalma había requerido la absolución y subsidiariamente una pena que no se alejase del mínimo previsto en el Código Penal.

 

Fundamentos

 

Ongaro, en los considerandos del fallo, le dio absoluta validez a los relatos de las víctimas e indicó que ellos “fueron sostenidos por personas a quienes estas mujeres recurrieron para tomar la decisión de develar la agresión que venían padeciendo. Entre estas personas se encontraban profesionales de la salud, con experiencia, formación y capacidad suficiente, y además con un grado de objetividad incuestionable, para detectar la verosimilitud de esos relatos, tal como efectivamente han hecho”.

 

“Si a eso se agregan las circunstancias fácticas puntualmente referenciadas –básicamente aquéllas que rodearon el momento y la forma en que los hechos fueron develados–, solo resta inferir con certeza que debo descartar la posibilidad siquiera de un presunto consentimiento de estas víctimas en mantener relaciones sexuales con su padre”, tal cual planteó la defensa, indicó la jueza.

 

“En efecto, muy lejos de consentir cada uno de esos ataques que recibieron de su progenitor, en cambio lo que se ha probado es que se vieron obligadas primero a resistir – de allí los golpes, las agresiones físicas– y luego a admitir y naturalizar estos ataques, temiendo castigos aún mayores, sobre todo en el caso de una de ellas, a quien su padre amenazaba –para lograr su cometido– con que ‘perdería’  a sus dos hijos pequeños”, acotó Ongaro.

 

Con respecto a la acusación contra una tercera hija, la jueza absolvió al imputado ya que los documentos y testimonios reunidos “no han producido la certeza necesaria para poder inferir, conforme la acusación fiscal, que los abusos sexuales deban ser atribuidos a la responsabilidad penal de su padre”.

 

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