Sabado 16 de marzo 2024

Lo condenaron por tener y transportar un fusil de guerra sin autorización legal

Redacción 13/11/2019 - 13.02.hs

Un albañil de 33 años fue condenado hoy a dos años de prisión en suspenso, como autor del delito de tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal. La sentencia del juez de control santarroseño, Gabriel Tedín, fue dictada como consecuencia de un acuerdo de juicio abreviado presentado por el fiscal, Facundo Bon Dergham; la defensora particular, Vanesa Ranocchia Ongaro; y el propio imputado.

 



El hecho probado fue “haber tenido en su poder y transportar, sin autorización legal, un arma de fuego, tipo fusil, marca Tikka T3x, calibre 30-06, envuelta con tela camuflada; careciendo de la documentación correspondiente, ni detentando credencial de legítimo usuario de armas, contando a su vez el arma con un artefacto de tipo silenciador, tornándola en un arma de uso prohibido”, indicó Tedín en el fallo.

 



Ello ocurrió el 13 de junio pasado, a la madrugada, en la ruta provincial 14, en el acceso a Toay, cuando conducía una camioneta Ford F-100. El fusil estaba escondido detrás del radiador. Entre las pruebas que se tuvieron en cuenta podrían enumerarse el acta de secuestro y los informes del Registro Provincial de Armas, la Agencia de Investigación Científica y el Registro Nacional de Reincidencia.

 



“Más allá del reconocimiento realizado por el acusado, al firmar el acuerdo de juicio abreviado, el hecho quedó debidamente probado teniendo en cuenta el parte de novedades policial, donde se indicó que se procedió a la identificación de un vehículo conducido por el hombre; logrando determinar que en el radiador se encontraba un arma de fuego de la que él carecía de toda documentación legal”, indicó el magistrado.

 



Añadió que “asimismo, de los informes de la Agencia de Investigación Científica, surgió que el arma era apta para efectuar disparos y de normal funcionamiento, e incluso tenía restos de deflagración de pólvora en el interior del cañón, resultando finalmente compatible con el supresor de sonido balístico secuestrado”.

 



Por tratarse de una pena de ejecución condicional, Tedín le impuso al acusado el cumplimiento de reglas de conducta durante dos años (fijar domicilio y no ausentarse de él sin previa autorización judicial, y someterse al contralor de la Unidad de Abordaje de personas en conflicto con la ley penal).​

 


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