Lunes 15 de abril 2024

Nación autorizó a disparar ante "situación de peligro"

Redacción 04/12/2018 - 02.07.hs

La nueva reglamentación para que las fuerzas de seguridad puedan utilizar armas letales avala a los policías a disparar a sospechosos de delitos aún cuando posean réplicas de armas, huyan tras cometer un delito o cuando se presuma una alta probabilidad de que puedan provocar graves daños a personas sin estar armados.
A través de la resolución 956/2018 publicada ayer en el Boletín Oficial, y que lleva a la firma de la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, deroga también toda disposición o normativa contraria a la nueva reglamentación. De esta manera, el gobierno legalizó la "Doctrina Chocobar" y da vía libre a los uniformados de las fuerzas federales para que puedan disparar a matar con balas de plomo.
La medida entrará en vigencia a partir de hoy y tendrá jurisdicción para la Policía Federal Argentina, Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y Policía de Seguridad Aeroportuaria.
Entre los considerandos de la medida se establece que la seguridad es un derecho transversal a todos los derechos reconocidos explícita e implícitamente por la Constitución Nacional y los tratados internacionales de Derechos Humanos.
Asimismo considera que la actividad policial requiere actualizar los criterios de acción vigentes en las fuerzas policiales y de seguridad federales debido a la particularidad y gravedad de los delitos en lo que debe actuar en defensa de la ciudadanía.

 

"Deberes de la Ley".
La resolución menciona en su artículo primero que "los funcionarios de las fuerzas federales de seguridad cumplirán en todo momento los deberes que les impone la ley, sirviendo a su comunidad y protegiendo a todas las personas contra actos ilegales, en consonancia con el alto grado de responsabilidad exigido por su profesión, en cumplimiento y en protección de la dignidad humana y los derechos humanos de todas las personas. Sólo podrán usar las armas en cumplimiento de sus deberes cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas".
Al mismo tiempo indica que "resulta necesario implementar acciones que tiendan a sostener la protección de la vida y la integridad física de la ciudadanía en su conjunto y de los miembros de las fuerzas policiales y de seguridad federales", indica la resolución.

 

Regulaciones.
Se recuerda también que el informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos recomienda a todos los estados miembros dictar las regulaciones necesarias para establecer el principio de necesidad en el uso de la fuerza.
El artículo segundo del reglamento determina que se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos en defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves.
También se permitirá el uso para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas, para proceder a la detención o impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente.

 

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