Miércoles 10 de abril 2024

Priorizarán a proveedores pampeanos

Redacción 07/11/2019 - 00.30.hs

El Rectorado de la Universidad Nacional de La Pampa presentó al Consejo Superior para su evaluación y eventual aprobación un nuevo Régimen de Contrataciones de la Universidad Nacional de La Pampa. Este novedoso régimen priorizará y tomará como parámetros la contratación de proveedores y prestadores pampeanos, cooperativas y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), que promuevan el empleo juvenil, incorporen la perspectiva de género y el cupo trans, e incluyan personas con discapacidad. Además se incorporarán procesos tecnológicos y digitales para dotar de mayor transparencia y agilidad a todas las contrataciones públicas en la casa de estudios.
De aprobarse, esta modalidad entraría en vigencia desde el 1 de enero de 2020 y sería aplicada a todos los procedimientos de contrataciones que se inicien a partir de esa fecha.
En su fundamentación, el proyecto de la Secretaría Administrativa de Rectorado expresa que "la contratación pública desempeña un papel muy relevante como instrumento que debe colaborar a que emerja un modelo de desarrollo económico que genere altos niveles de empleo, productividad y cohesión social, al tiempo que se garantice un uso eficiente de los fondos públicos".
En ese sentido la propuesta es incorporar cláusulas sociales que promuevan y generen el empleo juvenil. La UNLPam otorgará así preferencia inmediata e incondicional a los proveedores y prestadores pampeanos, con un mínimo de radicación de tres años, y a aquellos proveedores que adhieran al Programa de la provincia de La Pampa Primer Empleo, contratando a jóvenes de entre 18 y 35 años de edad, desocupados y sin experiencia laboral previa.
Además, como "agente dinamizador para conseguir una sociedad justa e igualitaria" y partiendo del principio de transversalidad en la perspectiva de género, propone que "tendrán preferencia en las contrataciones aquellos proveedores que incorporen en sus plantas de personal a mujeres que no hayan acumulado una experiencia laboral mínima en los últimos dos años y personas del colectivo trans, como medida en pos de promover el derecho a la igualdad y no discriminación y el derecho al trabajo". Y también a aquellas que cuenten en su nómina de empleados personas con discapacidad, en una proporción no inferior al 4%, porcentaje establecido en la Ley Nacional Nº 22431.

 

Empresas cooperativas.
El nuevo régimen prevé darle preferencia a las empresas cooperativas como "movimiento socio-económico basado en valores y principios de igualdad y equidad, en el marco del cual las personas se organizan y asocian voluntariamente en empresas cooperativas de propiedad conjunta y democráticamente controladas para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales (...) En el entendimiento de que, junto a las Pymes, contribuyen a la generación de empleo entre los colectivos más vulnerados a nivel laboral".
A fin de establecer mecanismos de desempate de ofertas, en caso de igualdad de precio y calidad, la UNLPam optará por dar preeminencia a aquel proveedor que acredite mayor acatamiento a las cláusulas sociales establecidas.
La normativa ajusta las compras públicas a los parámetros del desarrollo sustentable "entendido como aquel que satisface las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de futuras generaciones de satisfacer sus propias necesidades".

 


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