Domingo 21 de abril 2024

Probation para el intendente Balsa por falsificación

Redacción 06/11/2018 - 00.52.hs

El intendente de Eduardo Castex, Darío Balsa, pidió a la Justicia provincial una probation para evitar una condena judicial, y el acuerdo judicial incluye una indemnización de 6 mil pesos para un productor de Conhelo. El actual jefe comunal castense estaba acusado del delito de "falsedad material como delito continuado", por falsificación de firmas de un paciente de una prepaga para cobrar bonos de consultas médicas.
"El jueves se realizó la audiencia de formalización donde la asesora de Balsa solicitó la probation o suspensión de juicio a prueba y fue aceptada por ambas partes, pero no se formalizó porque resta incorporar en una causa un informe del Registro Nacional de Reincidencias que certificó que el acusado no tiene antecedentes policiales", indicaron fuentes judiciales consultadas por LA ARENA.
En la causa judicial intervino el fiscal Alejandro Mendiara y el juez de Audiencia, Gabriel Tedín. El doctor Darío Balsa, actualmente intendente de Eduardo Castex, fue patrocinado por la doctora Rita Marcela Chávez, quien además ahora se desempeña como asesora legal de la comuna castense.
El proceso se inició por una denuncia del productor Daniel Nuin, de la zona rural de Conhelo. En la denuncia responsabilizó el médico Darío Balsa de la falsificación de firmas para cobrar ocho bonos de consulta de la prepaga Aca Salud.
El jueves se realizó la audiencia de formalización en el Centro Judicial de Santa Rosa. La abogada de Balsa presentó el pedido de probation o suspensión de juicio a prueba y una indemnización de 6 mil pesos para reparar el daño a Nuin. El denunciante aceptó el acuerdo judicial. Y ahora solamente restaría un informe del Registro Nacional de Reincidencias para cerrar el acuerdo judicial.
"El Ministerio Público Fiscal aceptó el acuerdo de suspensión de juicio a prueba porque considera que cumple los requisitos para hacer la probation y el denunciante está conforme con la propuesta del acusado, por lo cual el caso quedará cerrado en los próximos días", indicaron.

 

Probation.
¿Por qué la abogada de Balsa propuso la probation?. La probation significa aceptar que el acusado cometió un delito, se repara el daño y no le queda un antecedente penal. Y el juez de audiencia cuando promulgue el acuerdo judicial además fijará algunas reglas de conducta.
El artículo 76 del Código Penal explica que "el imputado de un delito de acción pública reprimido con pena de reclusión o prisión cuyo máximo no exceda de tres años, podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba".
En casos de concurso de delitos, dice el artículo, "el imputado también podrá solicitar la suspensión del juicio a prueba si el máximo de la pena de reclusión o prisión aplicable no excediese de tres años. Al presentar la solicitud, el imputado deberá ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño en la medida de lo posible, sin que ello implique confesión ni reconocimiento de la responsabilidad civil correspondiente", detalla la normativa.
De acuerdo a la ley, "el juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento en resolución fundada" y "la parte damnificada podrá aceptar o no la reparación ofrecida, y en este último caso, si la realización del juicio se suspendiere, tendrá habilitada la acción civil correspondiente".
Indica además que "si las circunstancias del caso permitieran dejar en suspenso el cumplimiento de la condena aplicable, y hubiese consentimiento del fiscal, el Tribunal podrá suspender la realización del juicio. La oposición del fiscal, sujeta al control de logicidad y fundamentación del juez, será vinculante al Tribunal a los efectos del otorgamiento del beneficio".

 

Bienes.
Añade que "si el delito o alguno de los delitos que integran el concurso estuviera reprimido con pena de multa aplicable en forma conjunta o alternativa con la de prisión, será condición, además, que se pague el mínimo de la multa correspondiente".
Por último el Código establece que "el imputado deberá abandonar en favor del Estado, los bienes que presumiblemente resultarían decomisados en caso que recayera condena. No procederá la suspensión del juicio cuando un funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, hubiese participado en el delito. Tampoco procederá la suspensión del juicio a prueba respecto de los delitos reprimidos con pena de inhabilitación".

 

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