Jueves 11 de abril 2024

Robó y amenazó con arma y estará tres años y medio preso

Redacción 04/09/2018 - 00.33.hs

El juez de control santarroseño Carlos Matías Chapalcaz condenó ayer a Matías Ezequiel Benavídez a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, declarándolo reincidente, por ser autor de los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego -cuya aptitud para el disparo no se encuentra acreditada- y amenazas agravadas por el uso de arma, todo en concurso real.
El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa del juicio abreviado, que fue convenido entre la fiscala Leticia Andrea Pordomingo, la defensora oficial María Silvina Blanco Gómez y el imputado, un pintor de 33 años que aceptó su culpabilidad. Los damnificados, al ser informados por el Ministerio Público Fiscal, dieron su consentimiento.
Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, quedó probado -en el primer hecho- que el pasado 26 de junio, a la mañana, el acusado dañó la puerta de una vivienda de la calle Melvin Jones y sustrajo -"exhibiéndole un arma tipo revólver color negra a la damnificada"- una netbook, una Tablet, un teléfono celular, un saco y una campera de gamuza y un saco de paño".
El otro episodio delictivo Benavídez lo cometió al día siguiente a la noche. Fue hasta el domicilio de su ex pareja -cuando ella regresa con sus hijos- y mientras le impedía que ingresara, le dijo: "¿dónde estabas, dónde estabas?". La mujer lo empujó y logró entrar al departamento. "Benavídez, inmediatamente, abrió una ventana que no tenía traba, ingresó su mano con un arma de fuego apuntándole a la víctima, mientras la cargaba en forma intimidatoria", dice la sentencia. Al ver a uno de los niños se fue en su auto y fue detenido por la policía.
"Más allá del reconocimiento realizado por el imputado, al suscribir el acuerdo de juicio abreviado, considero que los hechos se encuentran debidamente probados -expresó Chapalcaz-. En lo que respecta a la primera causa, en virtud de las actas de allanamiento y reconocimiento, el croquis, las fotografías y el registro fílmico, los informes técnico y de rastros, y las declaraciones testimoniales. Y con relación a la segunda, por el parte de novedades cursado por la policía, las actas de secuestro y registro vehicular, y las declaraciones testimoniales".

 

Amenazas.
"Respecto de la calificación legal, ella ha sido encuadrada correctamente en el acuerdo presentado por las partes, toda vez que Benavídez se apoderó de elementos ajenos a su propiedad, ejerciendo para ello violencia en la puerta de acceso al inmueble y exhibiéndole a la víctima un arma tipo revolver -acotó el magistrado-. Asimismo, respecto del segundo hecho, el imputado esgrimió expresiones amenazantes hacia su ex pareja, que limitaron su libertad de autodeterminación, utilizando para ello un arma de fuego, lo cual aumentó el temor generado a la víctima, para luego retirarse y ser aprehendido por personal policial".
En los juicios abreviados, los jueces no pueden dictar penas superiores a las requeridas por la fiscalía. En este caso, Chapalcaz dispuso -en la parte resolutiva del fallo- que los damnificados sean informados acerca de los eventuales planteos defensivos para conseguir que el acusado se acoja algún beneficio como salidas transitorias, libertad condicional, prisión domiciliaria, semidetención, libertad asistida, etc.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?