Miércoles 17 de abril 2024

Suspensiones y arrestos por no presentar las DDJJ

Redacción 31/03/2019 - 00.54.hs

El fiscal de Investigaciones Administrativas, Juan Carlos Carola, aplicó sanciones a empleados provinciales por incumplimiento en la presentación de la Declaración Jurada de Bienes en tiempo y forma. Entre los afectados en las resoluciones firmadas durante el año pasado, hay trabajadores de distintas dependencias como el Ministerio de Salud, Educación, Dirección Provincial de Vialidad, Secretaría de la Mujer, Comisión de Limay Mahuida y Policía de La Pampa.
Las sanciones van de uno, tres, cinco y hasta siete días de suspensión para los empleados y empleadas provinciales, aunque especialmente para los agentes de la Policía la FIA dispuso días de arresto, entre unos 15 y 20 días, de acuerdo a los datos informados oficialmente por la fiscalía.
El organismo aclaró que si bien en todos los casos los obligados dieron cumplimiento a la obligación adeudada, lo hicieron de manera extemporánea, fuera de los plazos exigidos, constituyendo una infracción a sus deberes como obligados de la ley, incurriendo con su accionar, en el incumplimiento del artículo 1º de la Ley 1252 sobre declaración de bienes.
"El interés de la población y los principios éticos sobre los que se asienta la función de servicio, horizonte y motor único que debe movilizar el accionar de todo funcionario y/o de aquellos que tengan alguna posibilidad en la intervención y manejo de fondos públicos, fundan la razón de ser, su importancia y el deber de cumplimiento, en la presentación de las DDJJ conforme normativa de la Ley 1252 y Modificatorias y demás reglamentaciones internas, que llevan a vislumbrar la magnitud de la gravedad en su falta de presentación o falsedad de sus datos", afirmó la FIA.

 

Obligación.
Desde el 1º de enero de 2013 la Fiscalía de Investigaciones Administrativas es autoridad de aplicación de la ley provincial y por séptimo año recibe y controla las Declaraciones Juradas. Apunta "a la correcta presentación en el fiel cumplimiento de la ley, propendiendo en ese sentido, su colaboración para la consulta permanente, en solucionar y responder interrogantes de los obligados; pero la desaprensión, en la reiteración del incumplimiento, circunstancia agravante, o presentación extemporánea, acarrea la ineludible aplicación del procedimiento disciplinario como de su denuncia penal de corresponder, con la severidad de la ley", indicó el organismo.

 


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