Domingo 31 de marzo 2024

Un condenado por lesiones y amenazas

Redacción 23/03/2019 - 00.29.hs

La jueza de control de Santa Rosa, María Florencia Maza, condenó a Diego Sebastián Hurtado a ocho meses de prisión en suspenso, por resultar autor de los delitos de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real con amenazas simples, debiendo ser valorados en el contexto de la ley 26485 de Protección Integral de las Mujeres. La sentencia se dictó en el marco de un juicio abreviado firmado por el fiscal Cristian Casais, el defensor oficial Juan José Hermúa y el imputado, un jornalero de 28 años.
Según se informó desde la Justicia, el hecho ocurrió el 30 de septiembre del año pasado, a la mañana, cuando Hurtado se encontraba con su pareja en el domicilio de ella y "comenzó a proferirle insultos", retirándose la mujer a su trabajo y continuando con la discusión mediante mensajes de texto. A media tarde, al regresar a su casa, el acusado la empujó, la hizo caer al piso y le propinó patadas en las piernas. Cuando la mujer se puso de pie, el hombre la golpeó en la espalda. Además le quitó el celular para borrarle mensajes, la insultó y le dijo además "andate porque te mato".
De acuerdo a lo señalado en el fallo por la jueza, "Hurtado agredió físicamente a quien era su pareja, causándole lesiones. Por otra parte, le manifestó expresiones que le causaron temor a su destinataria, limitándola en su libertad de autodeterminación". "Por otro lado -continuó Maza- entiendo que se ha acreditado el contexto de violencia en que los hechos se desarrollaron, circunstancia que se desprende no solo de la denuncia de la víctima, sino también del informe de la Oficina de Atención de la Víctima del Delito y a los Testigos, del que claramente se vislumbra el contexto en el que esos hechos tuvieron lugar, circunstancia que justifica su inclusión en las disposiciones de la ley 26485".
Finalmente se indicó que las partes convinieron en que el acusado cumpla como reglas de conducta, fijar domicilio, se someta al cuidado y contralor de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto penal, abstenerse de entrar en contacto con la víctima (no pudiendo acercarse a menos de 200 metros de donde se encuentre, ni de su domicilio) y realice un tratamiento psicoterapéutico, durante dos años.

 

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