Jueves 25 de abril 2024

Un tractorista condenado por provocar siniestro fatal

Redacción 09/05/2019 - 00.50.hs

(General Pico) - El juez de control de esta ciudad, Heber Pregno, condenó ayer al mediodía a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional al conductor de un tractor que el año pasado provocó un siniestro vial fatal en la ruta provincial 9, por la que viajaba sin luces y bajo una persistente llovizna.
El magistrado condenó a Ián Coito, de 28 años de edad, como autor material del delito de homicidio culposo ocasionado por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor. Además lo inhabilitó por seis años para conducir vehículos con motor y, le impuso el cumplimiento de reglas de conducta por el plazo de tres años.
La sentencia fue dictada en el marco de un acuerdo de juicio abreviado que fue convenido por el fiscal Guillermo Komarofky, de la Fiscalía Temática de Delitos contra las Personas, el defensor particular Carlos Pedro Febre y por el propio imputado. La parte querellante que estuvo patrocinada por el abogado Alberto Martín prestó su consentimiento con los términos del acuerdo.
El hecho ocurrió durante la noche, cerca de las 20, del 27 de julio pasado, entre los kilómetros 51 y 52 de la ruta provincial 9, cuando Coito conducía un tractor bajo una persistente llovizna. Desde atrás fue impactado por un automóvil Volkswagen Polo que manejaba Juan Domingo González (72 años), un vecino de la localidad de Ingeniero Luiggi que circulaba en idéntico sentido, de norte a sur. El automovilista perdió la vida tras el choque.

 

Fallo.
"El hecho de conducir un tractor por la ruta mencionada bajo las condiciones climáticas y horarias descriptas, lo convierte en responsable del hecho trágico acaecido. Es la Ley 1843, la que regula el tránsito de máquinas agrícolas, dando las normativas para un tráfico seguro, y menciona en su artículo segundo: 'la circulación de maquinaria agrícola, por la vía pública se realizará exclusivamente durante las horas en que el sol permanece sobre la línea del horizonte", señaló el juez en la sentencia.
"También hay que sumar que las condiciones climáticas eran adversas (llovizna, neblina y calzada húmeda), entonces por tanto vemos incrementada la responsabilidad y la causación del evento dañoso en cabeza de Coito quien infringió completamente lo establecido por la mencionada ley, acrecentando el riesgo de producir un accidente de tránsito con el agravante de que él mismo conducía un vehículo de gran porte, por lo que es dable exigirle que debió extremar los recaudos, para el caso concreto no haberse trasladado en dicho vehículo por la ruta provincial 9", agregó el magistrado.

 

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