Viernes 12 de abril 2024

Winifredense fue sobreseído por la Justicia cordobesa

Redacción 28/08/2018 - 00.46.hs

La Justicia de Control y Faltas de Río Cuarto, Córdoba, sobreseyó "totalmente" a José Luis González, de 29 años, en una causa en la que estaba acusado por "uso de documento público falso", iniciada luego de que en un control vehicular, la policía caminera cordobesa considerara apócrifa la licencia de conducir que mostrara el vecino winifredense cuando le fue requerida y que había sido otorgada por la Municipalidad de Mauricio Mayer.
La resolución fue dictada por el juez José Antonio Varela, quien avaló así la postura de la fiscalía acerca de que González no había cometido ningún delito. "La conducta atribuida al imputado no existió", afirmó el Ministerio Público Fiscal, apreciación compartida por el magistrado.
La prueba fundamental para demostrar que el carné no era falso fue un informe que envió el Ministerio de Seguridad de La Pampa, indicando que, a través de la resolución 263, del 29 de diciembre de 2016, dictada por el ex ministro Juan Tierno, el organismo oficial ante el "resultado infructuoso" para adquirir "papel moneda y pouch" (plastificado), dado que el material no estaba en el país porque es producto de importación y frente a "la necesidad de dar una dinámica y efectiva respuesta a los centros de emisión de la licencia única", aprobó de manera provisoria la utilización de material alternativo para la confección de esos documentos.
Incluso la fiscalía señaló que, de la constancia expedida por el Consejo Provincial de Tránsito del Gobierno de La Pampa, surgió que el 21 de julio de 2017 le había sido otorgada a González la licencia desde el 21/06/2017 hasta el 20/05/2022.

 

Control vehicular.
En el expediente quedó asentado que el 25 de diciembre de 2017, a la mañana, González se conducía en un VW Gol, por ruta nacional 158, a la altura del Km 235, en proximidades a la localidad cordobesa de General Cabrera. Detuvo la marcha ante los agentes de la Policía Caminera que realizaban un control vehicular.
Los efectivos declararon que el conducido hizo entrega de la documentación requerida, advirtiendo a simple vista que la licencia de conducir, clase B-1 para vehículos, era apócrifa ya que se trataba de una fotocopia a color, plastificada, sin los sellos de seguridad (marca de agua), aunque los datos consignados se referían a quién la exhibía.
Le consultaron quién le había entregado dicha habilitación y manifestó el municipio de Mauricio Mayer, lugar de su residencia actual. Los efectivos procedieron al secuestro del carné de conducir y a la aprehensión provisoria del individuo y le abrieron una causa judicial por "Falsificación de Instrumento Público", encuadre legal que después fue cambiado.

 

El carné no era falso.
Si bien en el acta de inspección ocular se dejó constancia que la licencia secuestrada "es una burda fotocopia a color plastificada ya que dichas licencias se realizan sobre papel moneda, se los plastifica y en el sector central llevan un sello de seguridad o de agua", la fiscalía aceptó como prueba la resolución 263/16 enviada desde el Ministerio de Seguridad de La Pampa para demostrar que el carné no era falso.
"La prueba documental incorporada conduce a afirmar sin hesitación, que la conducta atribuida a González no existió como tal. Ello, toda vez que la licencia de conducir secuestrada, pese a no contener los requisitos de seguridad exigidos por ley para que se la acepte como representativa del acto que expresa, igualmente es legítima conforme las constancias obrantes. La conducta penalmente reprochable se encamina a proteger la fe pública, bien jurídico que de ninguna manera puede verse vulnerado con la utilización de un documento que aunque defectuoso en las formas, al no haber existido por parte de González imitación o inmutación alguna en el acto del cual da cuenta el instrumento secuestrado. En consecuencia, corresponde solicitar el sobreseimiento del justiciable", sostuvo la fiscalía.
El juez compartió el criterio sustentado por Ministerio Público Fiscal "en que del análisis practicado sobre los distintos elementos probatorios legalmente incorporados a la causa, se evidencia con claridad meridiana que la hipótesis incriminante atribuida al imputado no se ha configurado".
Varela agregó: "Si bien la licencia de conducir no cumplía con las exigencias legales requeridas para su impresión, ella resulta válida ya que de la resolución ministerial y el certificado analizados le otorgan la validez requerida para cumplir sus fines, autorizando la utilización de material alternativo para su impresión: descartándose la configuración de los elementos del tipo penal atribuido (documento o certificado adulterado)".
"De este modo, es dable sostener que en función de los elementos probatorios valorados, el suceso endilgado no ha acaecido", concluyó Varela.

 

“Se comprometió y cumplió”
El sobreseimiento produjo en José González el efecto anímico esperado. “Estoy más tranquilo porque nuevamente estoy libre de antecedentes penales y judiciales. Le agradezco al ministro de Seguridad, Julio González, porque se comprometió a ayudarme y cumplió”, dijo.
Cuando González fue detenido en la Navidad de 2017 lo trasladaron a la comisaría donde le hicieron tocar el pianito. Así se llama en la jerga policial el trámite de imprimir las huellas dactilares. Cuando su caso se hizo público, en junio, a través de LA ARENA, el ministro González se comunicó con el damnificado para interiorizarse de su situación y comprometerse a elevar toda la documentación que sea necesaria ante la fiscalía para demostrar que era inocente.
El expediente evidentemente se movió porque tres meses después el juzgado interviniente emitió sentencia. González aún tiene la LUC impresa con papel alternativo durante la gestión del ex ministro Tierno. “Puedo seguir usándola, pero si me voy a otra provincia por precaución voy a llevar la resolución del ministerio y la sentencia judicial que acredita que es válida por si me paran en un control de tránsito. La otra opción es renovar el carné por uno que tenga todas las medidas de seguridad”, apuntó el vecino.

 

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