Miércoles 17 de abril 2024

Albañil fue condenaron a prisión

Redacción 18/09/2015 - 01.46.hs

El fallo fue dado a conocer ayer al mediodía en los tribunales piquenses. Además se lo encontró culpable del cargo de lesiones leves, contra su ex pareja. El hombre le mostraba pornografía al niño y lo incentivaba a realizar prácticas eróticas con una de sus hermanas.
Florentino Rubio, juez de audiencia de la segunda circunscripción judicial de la provincia, condenó ayer a la pena de diez años de prisión a un albañil que le exhibía material pornográfico a uno de sus hijos biológicos, menor de edad, y que lo instaba a que tocara a una de sus hermanas en las partes íntimas. Además lo condenó por el cargo de lesiones leves calificadas que le ocasionó a la mujer con la cual mantuvo una relación de pareja, y que es la madre del niño damnificado.
El caso se debatió a lo largo de cuatro jornadas durante la semana anterior en los tribunales piquenses. El representante del Ministerio Público Fiscal, Alejandro Gilardenghi, durante los alegatos de clausura había pedido que se condenara al acusado a la pena de 13 años de prisión, tras imputarle el cargo de corrupción de menores en contra de sus tres hijos biológicos, un varón de 7 años y dos niñas de entre 10 y 12 años. También le imputó el cargo de lesiones leves, y de amenazas coactivas, que habrían estado dirigidas a sus hijos.
La abogada querellante, Estela Rodríguez, adhirió al pedido del fiscal, y el defensor Armando Agüero se pronunció por la absolución de su defendido de los cargos de corrupción de menores y de amenazas coactivas.
El magistrado condenó al hombre de 28 años de edad, por el cargo de promoción de la corrupción de menores agravado, en perjuicio de su hijo varón, y lesiones leves calificadas, que tuvieron por víctima a la madre de los niños. Además lo absolvió de la imputación de corrupción de menores, en perjuicio de sus dos hijas, y también se lo absolvió del cargo de coacción.

 

Relatos de los menores.
Durante el juicio se reprodujeron las entrevistas en Cámara Gesell que le realizó la psicóloga Adriana Piras a las tres niños. También declaró la madre de los menores y ex pareja del imputado, quien se constituyó como denunciante, y algunas amigas y vecinas de la mujer.
La defensa aportó el testimonio de los padres y de la actual pareja del imputado, quienes, según el magistrado, no aportaron nada en concreto. Además declaró una prima del acusado, quien intentó instalar la teoría de que los niños "fueron manipulados" para testificar contra su padre, sin embargo la psicóloga concluyó que no "existen indicadores que hagan sospechar la existencia de fabulación o mendacidad en sus dichos".
Rubio indicó en el fallo que del testimonio de las dos niñas, surge que a ellas dos el acusado no les exhibió material pornográfico, dejando sin efecto la imputación del cargo de corrupción en perjuicio de ellas.
Sin embargo, respecto del niño, el magistrado concluyó que quedó probado que su padre "le exhibió videos pornográficos y lo incentivó a realizar prácticas eróticas", que el menor experimentó con una de sus hermanas en reiteradas oportunidades. Estos hechos se consumaron entre los meses de julio y diciembre de 2013.

 

"Le ensaña cosas cochinas".
El juez señaló que "la conducta que se le achaca al hombre, no es solo haberle exhibido videos pornográficos a su hijo, sino también haberlo incentivado a realizar prácticas de carácter sexual, que materializó con su hermana. Esta incentivación hace que la misma exceda el marco del delito de suministro de material pornográfico a menores de 14 años".
También indicó que la conducta del imputado, "fue potencial y objetivamente corruptora", y que el certificado de nacimiento del menor, que al momento del hecho tenía 7 años de edad, y el vínculo paterno con el acusado, configuraron el delito de promoción de la corrupción de menores agravada por el vínculo.
En Cámara Gesell, cuando se le preguntó a una de las niñas, por las "juegos" que su padre tenía con su hermano menor, manifestó que "le enseña a hacer cosas cochinas" y que su hermano le quería tocar la cola porque su padre "le enseña cosas feas".
Durante el debate, al acusado también se le imputó el cargo de "Amenazas", puesto que una vez bajó a su hijos del auto en un basural o camino vecinal, y les habría dicho que si no estaban de su lado, los dejaría en ese lugar. Sin embargo las pruebas que se aportaron para probar este hecho, resultaron insuficientes, y fue absuelto de este cargo.
Los hechos que se investigaron en este debate que se llevó a cabo a puertas cerradas, ocurrieron entre los meses de julio y diciembre de 2013, los días que los niños iban a visitar a su padre, que se había separado de manera reciente de la mujer que radicó la denuncia.

 


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