Viernes 19 de abril 2024

Aprobaron probation para acusados

Redacción 10/06/2015 - 03.46.hs

(General Pico) - El tribunal encabezado por el juez de audiencia Fabricio Losi, e integrado también por Carlos Pellegrino y Florentino Rubio, ayer al mediodía falló a favor de cuatro de los cinco imputados en la causa por el robo de las cajas fuertes de la Corpico, al favorecerlos con la suspensión del juicio a prueba. La medida benefició a Carlos Osvaldo Fernández, Roberto Carlos Sosa, Gastón Alejandro Fernández y Santiago Romano, quienes fueron acusados del delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda.
El hecho se registró durante la madrugada del 9 de enero de 2012, cuando en sede de la entidad eléctrica local se encontró al sereno del lugar, Horacio Daniel Pacheco, quien aseguró que entre varias personas lo habían golpeado y maniatado, para luego ingresar al edificio y llevarse dos cajas fuertes en las que había cheques y dinero en efectivo.
La semana anterior se realizó la audiencia de suspensión de proceso a prueba, en la cual, Armando Agüero, defensor de Sosa, solicitó la suspensión de dicho proceso a favor de su defendido por dos años, y ofreció como reparación, una suma de cinco mil pesos y la realización de trabajo comunitario. En tanto, Sergio Fresco, solicitó que a su defendido Romano, también se lo favoreciera con la suspensión del proceso a prueba, y a cambio solicitó una reparación de cinco mil pesos y la realización de trabajo comunitario, por dos horas semanales.
Además, el defensor oficial Walter Vaccaro, manifestó que sus representados Carlos y Gastón Fernández, estaban en condiciones de acceder a la suspensión del proceso a prueba, y que ofrecían una reparación una suma de cuatro mil pesos, y como complemento, la realización de trabajo a favor de la comunidad.

 

Oposición de querella.
La fiscala Ivana Hernández manifestó que los cuatro acusados se encontraban en condiciones de acceder a la suspensión del proceso a prueba por el término de dos años, y prestó conformidad con las ofertas reparatorias que ofrecieron. Además solicitó que se establezcan como reglas de conducta, la fijación de domicilio y la presentación ante la fiscalía.
Ezequiel Marquesoni, querellante de la entidad eléctrica, se opuso a la aplicación del beneficio, tras considerar que las reparaciones ofrecidas eran "insignificantes", y que los acusados no habían demostrado la insuficiencia de recursos económicos. Además agregó que no es de interés de la Corpico la realización de trabajos comunitarios y tras considerar que la pena en expectativa, supera los tres años de prisión, reiteró la intención de que se desarrolle un juicio oral y público.
En el fallo, se explica que se dan cuatro elementos que permiten la aplicación de la suspensión del proceso a prueba, siendo uno de ellos, la carencia de antecedentes penales de los acusados. Además el tribunal, explica que la escala penal prevista para el delito imputado es de tres a diez años de prisión, por lo que podrían obtener una pena de ejecución condicional en caso de ir a juicio. Los otros dos elementos que permitieron darle a la causa la resolución que tuvo, fue la conformidad que prestó la Fiscalía, y el ofrecimiento de parte de los acusados, de reparar el daño causado y de someterse a las distintas reglas de conducta.
La resolución judicial sostiene que estos elementos favorecen a los acusados, para obtener la suspensión del proceso a prueba, aunque existe oposición de la querella.
Por su parte Marquesoni, en representación de la Corpico, argumentó su oposición en la necesidad de la realización de un juicio, en la posibilidad de imponer una pena de efectivo cumplimiento, y en la falta de demostración de vocación reparadora del daño causado.

 

Favoreció a acusados.
Sin embargo, los jueces explicaron que los acusados realizan tareas poco remuneradas, lo cual les implica un esfuerzo desembolsar el dinero que ofrecieron a modo de reparación.
El tribunal entonces, hizo lugar al pedido de suspensión del proceso a prueba que favoreció a los cuatro acusados por el término de dos años. Además aceptó la reparación ofrecida y decidió imponer como reglas de conducta, la presentación mensual ante la Fiscalía y la realización de dos horas semanales de trabajo comunitario.
El quinto imputado por la causa es Samuel Orellano, defendido por Oscar Ortiz Zamora, quien no está en condiciones de ser favorecido por una probation. El imputado tiene una sentencia de cinco años que fue ratificada en noviembre del año anterior, en relación a otra causa ocurrida Buenos Aires. La defensa piensa recurrir a la presentación de un acuerdo de juicio abreviado.

 


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