Miércoles 17 de abril 2024

Concejales aprobaron proyecto

Redacción 02/12/2016 - 00.26.hs

La norma fue aprobada por todos los bloques ayer a la mañana en el marco de una nueva sesión anual ordinaria del Concejo Deliberante. La norma da definiciones sobre los animales considerados peligrosos y establece sanciones económicas a quienes la incumplan.
Los ediles piquenses aprobaron por unanimidad ayer a la mañana el proyecto de ordenanza que presentó el bloque del Partido Justicialista (PJ), para reglamentar la tenencia de animales domésticos, de compañía y peligrosos, dentro del ámbito municipal. El proyecto, que consta de casi una treintena de puntos, entre los que se incluyen la imposición de sanciones a quienes no cumplan con lo reglamentado, contó con la aprobación del oficialismo como de los bloques de la oposición.
El edil justicialista Héctor Viola, impulsor del proyecto, explicó en el recinto que la iniciativa "ingresó el 15 de junio y ha pasado por las distintas comisiones". En este sentido subrayó que si bien la ordenanza "no es la solución de nada", es al menos "un paso a futuro", a través del cual se busca darle una herramienta o un marco al Ejecutivo municipal para que trabaje en el tema.
"Lo que se aprueba en el día de hoy (por ayer) es un marco para que empiece a trabajar el municipio. La promulgación de esta ordenanza no va a significar que se ponga en marcha inmediatamente, el Ejecutivo va a disponer de seis meses para instrumentar registros y lugares.
Esto no es un caso cerrado, es la herramienta que le damos al Ejecutivo para que empiece a trabajar en esto", resaltó el edil.

 

Registro de animales.
En su extenso articulado la ordenanza explica que el objetivo de la misma es "controlar las molestias y peligros que los animales puedan ocasionar a personas del medio, como así también conseguir que se les proporcione las adecuadas condiciones de vida".
En otro de los puntos, presenta distintas definiciones entre las que distingue entre Animal doméstico, Animal silvestre de compañía, Mascota, Animal abandonado y Perro en situación de calle, al que se define como aquel que teniendo dueño, deambula por espacios públicos sin presencia del propietario. También define al perro potencialmente peligroso, al que por su contextura física pueda causar daños físicos a las personas.
La ordenanza también establece la creación de un registro de animales domésticos, de compañía y peligrosos, que será obligatorio para todos los poseedores domiciliados en Pico. En dicha registración se deberán especificar datos del animal, como pelaje, raza, color, seña particular y año de nacimiento, y domicilio en el cual reside, y los datos que identifiquen al propietario o poseedor.

 

Animales peligrosos.
En cuanto a los animales peligrosos, serán considerados aquellos que pertenecieran a alguna raza, que por su potencia de mandíbula, musculatura, talla y temperamento agresivo, pudieran causar muerte o lesiones graves a otras personas o animales. Además se indica que los domicilios en los que residan, deberán estar señalizados con la advertencia de la existencia de un animal de ese tipo, y se prohíbe pasear por la vía pública con más de dos animales considerados peligrosos. En este punto se exceptúa a los paseadores de perros de profesión, para quienes se creará un registro obligatorio.
Además la norma establece la prohibición de llevar a las mascotas en medios de transporte público, como así también la entrada y permanencia de perros, en restaurantes, bares y lugares de comida, y en lugares de fabricación, venta y almacenamiento de alimentos.

 

Sanciones.
Otro artículo señala que el Ejecutivo Municipal realizará un censo de perros, y se indica que los animales que sean detectados en la vía pública sin dueño ni identificación, serán castrados y trasladados al refugio. Los propietarios tendrán un plazo de siete días para retirarlos y deberán entregar en concepto de multa, una bolsa de alimento de 25 kilos. En caso de no ser retirado en tiempo establecido, el can será dado en adopción.
La ordenanza que fuera sancionada ayer, también determina que los animales deberán ser paseados con collar, correa y bozal, y establece distintas sanciones pecuniarias, a quienes
Incurran en el incumplimiento de lo reglamentado. Las sanciones van a 15 a 30 unidades fijas, que se miden al valor equivalente de un litro de combustible.
En el artículo más severo de la ordenanza, se indica que aquellas personas que sean multadas y no abonen las sanciones impuestas, "quedarán inhabilitados para hacer cualquier trámite administrativo ante el municipio".

 


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