Condenaron a Blanco a 14 años
Sabado 02 de marzo 2024

Condenaron a Blanco a 14 años

Redacción 03/10/2014 - 04.52.hs

(General Pico/Agencia)
La policía dispuso una fuerte custodia tanto de la sala donde se llevó a cabo la lectura de la sentencia, como del edificio de tribunales. La pena supera al mínimo establecido para los delitos por los que se condenó a Blanco.
Donito Javier Blanco fue condenado ayer a la pena de 14 años y dos meses de prisión, por el crimen de Julio Lorenzo Gualpa, cometido durante la mañana del domingo 20 de octubre del año anterior, a escasos metros del Bar Zeus de esta ciudad. La Justicia piquense además absolvió a Diego Franco, del delito de Encubrimiento Agravado, por falta de acusación fiscal.
El Tribunal que integraron los jueces de audiencia Fabricio Losi, Oscar Florentino Rubio y Carlos Pellegrino, presidió ayer al mediodía la lectura de sentencia que se llevó a cabo en la sala 1 de los tribunales de esta ciudad, ante una fuerte custodia policial. Ninguno de los acusados presenció la lectura de sentencia, pero si el padre de la víctima junto a otro familiar.
Dentro del recinto se dispuso la presencia de siete efectivos del Grupo Especial más el personal de la Alcaidía de Tribunales. También se colocaron policías en la planta baja y en el exterior del edificio, custodiando el ingreso.
Blanco (32) fue condenado ayer a la pena de 14 años y dos meses de prisión, tras ser encontrado responsable de los delitos de homicidio simple agravado por uso de arma de fuego y abuso de arma en concurso real, que damnificaron a Julio Lorenzo Gualpa, víctima fatal, y a Jorge Sombra, quien sufrió lesiones leves luego que un proyectil le rozara el cuello. Además le prorrogó la prisión preventiva por el máximo plazo legal.
La Fiscalía a cargo de Alejandro Gilardenghi, había pedido que se lo condenara a 15 años de prisión, y además había solicitado que se lo declarara reincidente. Este último pedido no fue atendido por el Tribunal, que argumentó que su última condena fue cambiada por trabajos comunitarios.

 

Provocación suficiente.
El defensor de Donito, Guillermo Constantino, tras alegar en el debate que se había demostrado que existía una "enemistad manifiesta" entre la víctima y el victimario, trató de acreditar los maltratos de los que fue víctima su defendido en los últimos años, y pidió que se lo condenara a tres años de prisión por homicidio con exceso de legítima defensa.
En los fundamentos del fallo, el Tribunal explicó que las figuras de homicidio simple agravado por la utilización de arma de fuego y abuso de armas, permite fijar una escala con un mínimo de 10 años y 8 meses de prisión, y que corresponde alejarse un tercio del mínimo, atendiendo que Blanco, esperó horas a la víctima para ultimarlo, abrió fuego contra dos personas, matando a una y lesionando a la otra, y puso en peligro la vida de aquellos que estaban en la vía pública al momento del hecho.
En el fallo se explica que no es posible sostener en esta causa un exceso de legítima defensa, puesto que ese día no existió una provocación hacia Blanco. Además argumentan los jueces que Blanco fue con una intención homicida a concluir.
Por todo esto, el Tribunal entendió que la acción de Blanco fue una "provocación suficiente" que le impide alegar la legítima defensa, y coincidió con la Fiscalía al momento de calificar los delitos cometidos.

 

Absuelto.
El otro imputado en la causa, Diego Alejandro Franco, que tampoco concurrió a la lectura de sentencia y que llegó en libertad a este juicio, fue absuelto por falta de acusación fiscal fundada en la excusa absolutoria.
Franco ocultó la motocicleta marca Cerro de color oscuro que utilizó Donito para darse a la fuga tras cometer el crimen. Sin embargo el fiscal consideró que los acusados son amigos de la infancia y que en alguna época tuvieron una relación de parentesco.
En el inicio del debate Blanco se adjudicó la autoría del crimen, aunque aseguró que no quiso darle muerte a Gualpa, sino dispararle a los pies. También testificó Sombra, el otro damnificado que denunció el hecho.

 


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