Jueves 25 de abril 2024

El SOEM será intervenido

Redacción 03/05/2016 - 04.16.hs

(General Pico) - "Está acéfalo y no está reconocido", dijo la concejala Olga Reinoso del bloque Cambiemos-Propuesta Federal al referirse al Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) y por esa razón no se podrá aprobar en el Concejo Deliberante un nuevo estatuto municipal, ya que el gremio debe representar en ese proceso los intereses de sus afiliados.
La nota fechada al 25 de abril ingresó al CD el pasado jueves con la respuesta del Ministerio de Trabajo a un pedido de informes acerca de la situación institucional del SOEM de General Pico. O sea que las acciones desarrolladas hasta ahora por el sindicato se dieron en un marco de irregularidad.
El informe recibido será tratado en la comisión 1 del Concejo durante los próximos días. Reinoso dijo que ahora se debe esperar la normalización, que en este caso será un proceso organizado a partir de la delegación provincial del ministerio. Mientras, el SOEM no podrá actuar como entidad para fijar su postura en el nuevo estatuto municipal que ingresó como proyecto a principios de este año.
El escrito oficial recibido hace pocos días indica: "Con fecha 15 de noviembre de 2013 la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales dispuso declarar la ineficacia jurídica de la convocatoria a asamblea general extraordinaria celebrada el 17 de marzo de 2013 en la entidad sindical de referencia por falta de acreditación de su publicación en tiempo oportuno para conocimiento de los afiliados".
"Como así también declarar la ineficacia jurídica del proceso eleccionario de selección de autoridades, desarrollado en la entidad, que concluyera con los comicios que se habrían celebrado el día 17 de julio de 2013, en virtud de carencia de legitimidad de origen de la autoridad electoral que actuara durante el mismo", agrega.

 

Interrogantes.
Los cuestionamientos acerca de la validez de las últimas elecciones ya llevan más de dos años. En principio, quien ocupó por un nuevo mandato el cargo de secretario general del gremio, Jorge Figueroa, interpuso un recurso que fue rechazado por el Ministerio de Trabajo. Y el 23 de febrero de 2015 se presentó otro recurso que es el previsto por el artículo 62 de la Ley 23551, que la Sala 10 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo desestimó en junio del mismo año.
Por lo tanto, la notificación del ministerio señala que el sindicato "se haya en estado de acefalía de autoridades a la fecha pudiendo ser pasible de un proceso de normalización en los términos del artículo 56 de la Ley 23551."
O sea que se nombrará a un interventor, quien tendrá un plazo de seis meses para convocar a elecciones.
Por otra parte, según el mismo documento, en la actualidad el sindicato no cuenta con personería gremial. Siendo una entidad gremial de primer grado inscripta por resolución ministerial de 1987. Una situación que deberá analizarse y quedará como responsabilidad del normalizador.

 

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