Sabado 23 de marzo 2024

El CD apura la destitución de Bravo

Redacción 22/05/2014 - 04.09.hs

El Concejo Deliberante de la localidad de 25 de Mayo reclamó al Tribunal de Impugnación Penal (TIP) si el fallo que condenó por abuso de autoridad al intendente David Bravo quedó firme, con vistas a iniciar un proceso investigativo y apartarlo del cargo al quedar de esta manera inhabilitado para continuar al frente de la comuna. Hace más de un año que los jueces no han emitido un fallo sobre el caso.
Bravo fue condenado el 12 de marzo de 2013 a siete meses de prisión en suspenso y 14 meses de inhabilitación para ejercer cargos públicos por ese delito. Fue hallado culpable de firmar en el año 2008 la resolución 340 que permitió la apertura del cabaré "El Rancho", donde se registraron casos de trata de personas, pese a que no se encontraba en condiciones de ser habilitado. Los abogados del jefe comunal apelaron la sentencia el 26 de marzo de 2013, por lo que tienen que resolver ahora los jueces del TIP, y hasta que la causa no esté firme Bravo permanecerá en el cargo.
Actualmente, de los ocho concejales que integran el CD, el viceintendente Nicanor Romero -hoy del PRO y ex bravista- y otros cuatro integrantes -tres de Pueblo Nuevo y uno del PJ- están en la oposición. El intendente tiene solamente a su favor una representante del MVP y dos vernistas del PJ que lo apoyan.

 

La resolución.
Los concejales votaron el 13 de mayo pasado la resolución 30/14 en la que le exigen al Tribunal información sobre la situación judicial de Bravo. Pidieron a través del documento que se le informe a ese cuerpo sobre el estado procesal del jefe comunal en la sentencia condenatoria y el tiempo procesal que tiene ese tribunal para resolver el recurso.
Los ediles invocaron el artículo 118 de la ley orgánica de Municipalidades, la 1597, donde se establece que "cuando se impute al intendente la comisión de delito doloso, la suspensión de sus funciones procederá automáticamente cuando el juez competente dicte el auto de procesamiento y éste se encuentre firme. Cuando se produzca sentencia firme condenatoria, procederá de pleno derecho la destitución y reemplazo definitivo del intendente. La absolución o el sobreseimiento definitivo restituirá automáticamente al intendente, la totalidad de sus facultades, atribuciones y deberes".
Y el artículo 119 que indica que "corresponderá al CD juzgar al intendente, designando para ello una Comisión Investigadora que será integrada por tres concejales, que labrarán las actuaciones correspondientes". Para suspenderlo preventivamente, los ediles deberán calificar a la "transgresión de grave, mediante dos tercios del total de los miembros", medida que se mantendrá hasta dictarse el pronunciamiento definitivo.

 


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