Miércoles 27 de marzo 2024

Funcionarios judiciales no quieren pagar ganancias

Redacción 01/11/2010 - 02.24.hs
Juan José Reyes - Una catarata de presentaciones comenzó a ingresar a la Sala Administrativa del Superior Tribunal de Justicia de La Pampa (STJ). Esta es la segunda vez que se suscitan los reclamos. Los pedidos apuntan a que se haga extensivo a los secretarios de primera y segunda instancia y a los prosecretarios la exención en el pago del impuesto a las Ganancias, un beneficio que otorga la ley a los jueces. Son 103 los funcionarios del Poder Judicial que pretenden quedar al margen del pago de esa gabela.
Cuando realizaron esa solicitud por primera vez, el STJ no les dio lugar. Dictó las resoluciones 12, 13, 14, 15 del año 2005 y dejó sentado que todo se hacía en conformidad a la acordada 56/96 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Sin embargo, aquella acordada decía que la compensación jerárquica, dedicación exclusiva y movilidad fija estaban incluidas dentro de las deducciones de Ganancias.
La segunda arremetida llegó ahora, a raíz de una sentencia del máximo tribunal iniciada por Miguel Alejandro Vagge y Fernando Rivarola años atrás, mediante el cual se debía excluir de la base imponible de dicho gravamen una serie de rubros salariales. La Justicia deja de pagar a la AFIP unos $15 millones anuales (entre el 15 y un 18% de la masa salarial).
Sus señorías hoy ganan cifras siderales en La Pampa, lejos de lo que cualquier mortal pudiera recibir (ver cuadro anexo). En valores netos (deducido 11% de jubilación y 3,5% del Sempre) los miembros del STJ superan los 30 mil pesos mensuales; el procurador, 26.150; camaristas, fiscales de cámara y administrador judicial, 21.000; jueces y secretarios de sala, 17.000; agentes fiscales y defensores, 14.000 y así sucesivamente.
Hace poco visitó La Pampa el titular del Sindicato de Judiciales de Mendoza, Jorge Izquierdo, el cual patentó una frase que para el gremio judicial es una muestra de la discriminación entre funcionarios y personal. El gremialista dijo: "En La Pampa, los magistrados tienen sueldos del primer mundo y los empleados judiciales sueldos de países africanos".

Ingresos igualitarios.
¿Qué es lo que piden los secretarios y prosecretarios para estar en un pie de igualdad con sus señorías? Solicitan el mismo trato frente a la ley, la misma que los jueces no tienen en otros cargos públicos. Quieren que se les aplique, y que a su vez se haga extensivo, lo sentenciado por la Sala Administrativa del STJ, en el expediente iniciado por los doctores Vagge y Rivarola (Resolución 12/05 y su modificatoria 13/05 y Resoluciones 14/05 y 15/05, adoptadas de conformidad con lo dispuesto por la acordada N° 56/96 de la CSJN). Es decir, que se excluyan de la base imponible de Ganancias algunos rubros salariales como compensación jerárquica, dedicación exclusiva y movilidad fija.
Se trata de un planteo que guarda algunas diferencias con el reclamo inicial, dado que en aquella oportunidad se pedía la exención del 100% de la gabela a las ganancias sobre la nómina salarial de las segundas y terceras líneas de la justicia pampeana. Es más, se sabe que en la primera quincena de noviembre el Colegio de Abogados y Procuradores de La Pampa recibirá a secretarios y prosecretarios judiciales para empezar desde allí nuevamente la lucha de la igualdad tributaria entre pares de la justicia.
El Poder Judicial no debiera tener esos privilegios monetarios si imaginamos una sociedad provincial más justa desde el punto de vista de la progresividad tributario. Sin embargo, cada vez más funcionarios judiciales quieren acceder a aquello. Hablamos de 53 secretarios y 50 prosecretarios. "Deudas de la democracia", los llamó alguna vez Cristina Kirchner, al hecho de que los jueces sigan sin pagar Ganancias por sus remuneraciones, algo que, es justo decirlo, tampoco tributan los legisladores nacionales y provinciales con los gastos reservados.

 

Intangibilidad salarial
Legisladores y jueces consideran que la "intangibilidad del salario" es una garantía que brinda la Constitución. En la práctica es una indemnidad tributaria para los magistrados, lo que así se reconoce en la Ley del Impuesto a las Ganancias, eximiendo a los salarios de los miembros de la CSJN y jueces. Cuando se pretendió cambiar aquel privilegio se los derogó a través de la Ley 24.631. Poco después, mediante la Acordada 20/96 la CSJN, presidida entonces por Julio Nazareno, y la de abril de 2006, por Carmen Argibay Molina, volvió a eludirse el pago de Ganancias, con el fin de preservar la independencia del Poder Judicial y la supremacía de la Constitución Nacional. Allí se declaró inaplicable tal derogación a magistrados y funcionarios del Poder Judicial, que resulta aplicable a los demás funcionarios judiciales no alcanzados por la exención, en donde se sostiene que "la compensación jerárquica, dedicación exclusiva y movilidad fija" están incluidas entre las deducciones y, por ende, no debieran tributar el impuesto.
Otros miembros en La Pampa ahora piden que la extensión de aquella exención que gozan los jueces (correcta aplicación del principio de igualdad tributaria: si los jueces no pagan, tampoco deben pagar los demás empleados del Poder Judicial) se haga efectiva. En su momento el mensaje de la Corte fue replicado. El Ministerio Público resolvió que en tanto los jueces no pagaban ese impuesto, tampoco debían hacerlo fiscales y defensores. Si bien hay un sentimiento social mayoritario respecto de aquella prebenda, lo ideal es que no existiera. Empero, o lo pagan todos o debería ser igualitario hacia otros integrantes de la justicia, tal es el caso de secretarios y prosecretarios que llevan la carga más pesada. Cuando la Corte intervino, en abstracto, y declaró "inaplicable" la exención, también dispensó del pago del gravamen, a otros magistrados nacionales y provinciales que, "dentro de los respectivos presupuestos, tengan asignados sueldos iguales o superiores a los jueces de primera instancia".
Desde la semana pasada las aguas comenzaron a agitarse nuevamente en La Pampa a la espera de que antes de la feria judicial de fin de año haya respuestas. Esa es la expectativa de secretarios y prosecretarios, denegado hace unos años por el STJ, para deducir el impuesto sobre los rubros enunciados.

 


' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?