Miércoles 10 de abril 2024

Hombre condenado por abusar de su sobrina

Redacción 23/11/2016 - 01.59.hs

(General Pico) - Un parquero de 37 años fue condenado ayer en esta ciudad por los delitos de abuso sexual simple agravado y exhibiciones obscenas, a tres años de prisión de complimiento condicional. El hombre fue sentenciado por el juez de audiencia Carlos Pellegrino por los delitos cometidos en contra de su sobrina cuando la joven era menor de edad y vivía bajo su protección.
La denuncia del caso fue realizada en marzo de 2015 por la directora y una docente del colegio al cual iba la adolescente.
En el caso se consideró que el abuso y las exhibiciones fueron agravados por ser como delitos continuados cuando la menor tenía entre 15 y 17 años y estaba bajo su supervisión viviendo en el domicilio del imputado junto a su esposa e hijos.
Durante el juicio oral, el fiscal Luciano Rebechi pidió cuatro años de prisión, mientras que el defensor oficial, Guillermo Costantino, alegó por su absolución por entender que no había pruebas incriminatorias contra el jardinero y, subsidiariamente, que sea absuelto por el principio de la duda o que se lo condene a la pena mínima.
El acusado negó todos los hechos y su mujer avaló ese relato al declarar como testigo. Por otra parte, la psicóloga que atendió a la víctima y dio el informe a la Justicia dijo que no encontró en la joven indicadores de fabulación.

 

Probado.
Pellegrino dio por probado que los abusos se desarrollaron mediante "tocamientos impúdicos", desde que la víctima tenía 15 años hasta los 17, agregando que "debido a la mecánica familiar y la historia de vida de ella, no pudo prestar ningún tipo de consentimiento válido ni tampoco pudo recurrir en auxilio ya que se lo informó a su tía y ésta no le creyó. Conviviendo con el imputado y dependiendo del mismo, la situación de poder resultó asimétrica, debiendo tolerar las conductas contra su voluntad".
Con relación al delito de exhibiciones obscenas, el magistrado también aseveró que pudo demostrarse que el imputado "mostraba su cuerpo desnudo en forma intencional" y que, además, hizo que la menor viera material pornográfico y fotos de sus partes íntimas.

 

Sin antecedentes.
Al fijar la pena, Pellegrino tuvo en cuenta a favor del parquero la carencia de antecedentes condenatorios y que es una persona trabajadora.
Como reglas de conducta durante tres años deberá fijar domicilio, someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras, presentarse en forma mensual en el Juzgado de Ejecución, no acercarse ni comunicarse con la víctima por ningún medio y realizar un tratamiento psicológico.

 

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