Jueves 18 de abril 2024

Inscribirán a solteros

Redacción 17/10/2016 - 01.13.hs

El Concejo Deliberante trató y aprobó sobre tablas una ordenanza para regular la cesión de parcelas municipales urbanas destinadas a la construcción de vivienda única. Basada en el derecho constitucional de acceso a una vivienda digna, ante una gran demanda de solicitudes de terrenos, se estableció una normativa que deroga la ordenanza vigente en la materia, la 66/2015.
Los ediles remarcaron que aunque existen planes provinciales y nacionales que adjudican viviendas, sólo asisten con prioridad a familias tipo y familias numerosas.
Por lo tanto, consideró necesario asistir y promover el acceso a personas que se encuentran excluidas de dichos planes. Ante la alta demanda de solares, la normativa cubrirá una parte de la cantidad de interesados, conforme a los estudios socioeconómicos que elabora la Dirección de Acción Social Municipal. Las cesiones se harán con el requisito que se trate de vivienda única.

 

Modificaciones.
En la parte resolutiva se deroga la ordenanza 66/15, que se remplaza diciendo que los terrenos municipales para vivienda única y sistema de postulantes para cesión o donación gratuita alcanzará a los solares con los servicios básicos indispensables.
A los postulantes se les exige nacionalidad o certificación de residencia mínima de 4 años en la ciudad. Además, no debe ser propietario o adjudicatario del IPAV, entre otras disposiciones comunes.
Las adjudicaciones se harán para solteros sin hijos, o solteros viudos o divorciados con grupo familiar, matrimonios o convivientes sin hijos, familias tipo de 3 ó 4 miembros, familias numerosas de más de seis integrantes.

 

Convenio.
En el articulado se dispone que el municipio deberá elevar al CD una lista de potenciales beneficiarios, conforme al registro de los terrenos disponibles para la adjudicación. En caso de igualdad, se cederán por sorteo siguiendo el orden de prioridad ante la autoridad competente.
Los adjudicatarios firmarán un convenio con la municipalidad, que establece un plazo de cercado y terminación de la vivienda entre el 30% y el restante 70% hasta 365 días.
El incumplimiento de alguna de las cláusulas, podrá dar lugar a la retrocesión de la entrega por caducidad del contrato, pasando las mejoras a poder de la comuna.
En otro ítem, se excluye la posibilidad de acogimiento al plan de referencia a funcionarios de la municipalidad y del CD y su grupo conviviente, hasta un año después del cese de ese vínculo de actividad política.
Esta nueva ordenanza fue tratada y debatida en la sesión ordinaria que el Concejo Deliberante realizó el pasado miércoles y concluyó con el voto afirmativo de la totalidad de sus miembros.

 


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