Sabado 13 de abril 2024

Ordenan detener a la pareja que regenteaba un cabaré en Acha

Redacción 31/10/2014 - 04.15.hs

La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó el sobreseimiento de la ex intendenta de General Acha, María Elena García, y del ex secretario Luis Javier Bassa en una causa vinculada al funcionamiento de un prostíbulo en esa localidad, al responder un recurso del fiscal federal Juan José Baric.
Los camaristas, además, revocaron la libertad provisoria dictada sobre Héctor Mario Molina y Julia Gil Solano quienes regenteaban el local "El Amanecer". Ambos fueron detenidos en las últimas horas y se les mantendrá la prisión preventiva.
"Por las características del hecho y la seriedad y gravedad del delito, con la pena que conlleva (de cumplimiento efectivo)" y que "cuentan con un procesamiento firme por "el delito de trata agravado por ser la víctima menor de edad, al que se le suma una ampliación por ese delito, agravado por haberse cometido en perjuicio de tres o más víctimas", indica la sentencia.
Y agregaron que esa circunstancia "sumada a los indicios de que -en libertad- existe la posibilidad de que reiteren conductas delictivas graves, permite inferir la existencia del peligro procesal necesario para la procedencia de medidas cautelares como la requerida".
La resolución lleva la firma de los jueces Néstor Luis Montezanti y Pablo Candisano Mera quienes confirmaron la decisión de la jueza Iara Silvestre de despegar de la causa a García y Bassa, pero hicieron lugar al pedido de la fiscalía sobre la detención de Molina y Gil Solano.
García y Bassa estaban acusados por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público por la habilitación de un cabaré, donde se habría ejercido la prostitución, aunque ahora la Cámara bahiense dijo que eso no pudo comprobarse.

 

Actividad bailable.
Los magistrados indicaron en el fallo que los funcionarios habilitaron el local "El Amanecer" para su explotación como "cabaré" y que la ordenanza municipal establece como locales con "actividad bailable" a los cabaré y que el gobierno local dispone "si es procedente o no la habilitación".
Agregaron que "no es posible sostener, como lo hace el fiscal, que la ordenanza municipal 53/09 no podía autorizar la habilitación de una casa de tolerancia como lo era 'El manecer', pues no fue esto lo que se habilitó" y destacaron que la Real Academia Española define al cabaré como un "lugar de esparcimiento donde se bebe y se baila y en el que se ofrecen espectáculos de variedades, habitualmente de noche".

 

Fachadas.
"Que 'suelen ser fachadas de prostíbulos' -como señala el Fiscal General- no implica que necesariamente lo sean", advirtió el tribunal. Afirmaron que "no es posible presumir a priori el conocimiento de los imputados que en el lugar funcionaba -encubiertamente- una casa de tolerancia".
La Cámara consideró la apelación y ordenó la detención de Molina y Gil Solano considerados coautores del delito de acogimiento o recepción de mujeres mayores de dieciocho años de edad mediando abuso de una situación de vulnerabilidad con la finalidad de explotación mediante el facilitamiento y obtención de provecho económico de su comercio sexual agravado por haberse cometido en perjuicio de tres víctimas.

 

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