Martes 26 de marzo 2024

Pidieron 10 años de prisión

Redacción 25/02/2015 - 04.46.hs

En el cierre del debate oral y público, las partes presentaron los alegatos de clausura. La Fiscalía sostuvo la calificación inicial del hecho y la defensa indicó que el imputado no tuvo intención de matar a la joven, y que se lo debe juzgar por el cargo de lesiones graves culposas.
El fiscal Alejandro Gilardenghi pidió que se condene a la pena de diez años de prisión a un joven que está acusado de haberle provocado una herida cortante con un cuchillo de cocina en la zona del abdomen, a la mujer que es la madre de su hijo, en el interior de una vivienda de la vecina localidad de Quemú Quemú.
La segunda y última jornada del debate oral y público en el que se ventiló el caso, se desarrolló ayer a la mañana en la sala 1 de los tribunales piquenses, y estuvo coordinada por el juez de audiencia Florentino Rubio. El hecho que se investiga ocurrió durante la madrugada del 27 de julio del año anterior, y el imputado permanece detenido bajo prisión preventiva desde la fecha.
Luego que declararan los últimos testigos citados, entre ellos, peritos que trabajaron en la causa y personas allegadas a Emanuel Sosa (24), el único imputado, las partes presentaron sus alegatos de clausura.
La fiscalía, al inicio de su exposición manifestó que sostenía la calificación inicial, a través de la cual caratuló al hecho como un homicidio agravado por haber sido cometido contra la persona con la cual mantuvo una relación de pareja, en grado de tentativa. También le imputó los delitos de amenazas agravadas por el uso de arma y lesiones leves, que damnificaron a Franco Vargas, un amigo de la pareja de Sosa.
El representante del Ministerio Público Fiscal, al momento de argumentar el pedido de pena, refirió que el perito psiquiátrico que declaró en este debate, indicó que el imputado tiene un presunto trastorno de control de los impulsos. El funcionario judicial además resaltó que el informe del médico forense confirmó las lesiones que sufrió la joven, la cual tuvo que ser sometida de urgencia a una operación en el centro asistencial piquense, donde se le realizó una sutura del hígado. La mujer fue herida en la zona izquierda del abdomen, con un cuchillo de cocina.

 

"Caso de manual".
Gilardenghi indicó que quedó claro que con esta conducta, Sosa puso en serio riesgo la vida de Tania Crisóstomo, con la cual tiene un hijo en común, de tan sólo dos años de edad. Al momento de referirse a los distintos testimonios que se lograron recoger a lo largo del debate, consideró que el acusado mintió cuando indicó que nunca quiso dañar a la joven.
En este sentido consideró que el relato más importante fue el que brindó Franco Vargas, quien denunció a Sosa por los cargos de Amenazas agravadas por el uso de arma y Lesiones leves. También dijo que la versión de este testigo, fue confirmada por otro de los jóvenes que estaba en el interior de la vivienda de la calle Laprida, de Quemú, en la cual fue herida la mujer.
En sus alegatos, el funcionario judicial expresó que tal cual ocurre en la mayoría de estos casos, la víctima no tuvo un compromiso real con el proceso, al intentar minimizar el ataque y asegurar que se trató de un accidente. En este sentido Gilardenghi, se refirió a antecedentes de otros hechos de violencia que protagonizó la pareja, y calificó a esta causa como un "caso de manual", en el cual la mujer busca alivianar la carga del imputado, por el hecho de tratarse del padre de su hijo.

 

Distinta calificación.
El defensor Santiago Vázquez se detuvo en analizar el agravante del hecho, al considerar que Sosa y Crisóstomo nunca convivieron, por lo cual no podía entenderse que existía una relación de pareja. El letrado reconoció la existencia de las lesiones sufridas por la joven, pero apoyado en la declaración de la víctima, quien dijo que se trató de un accidente, señaló que fueron producidas en el marco de un "revoleo de manos".
Vázquez dijo que su defendido no quiso nunca darle muerte a la joven, por lo cual consideró que no corresponde que se lo juzgue por el cargo de homicidio en grado de tentativa, sino por la comisión del delito de lesiones graves culposas. También dijo que le cabía la calificación de lesiones leves, pero no así la de amenazas agravadas por el uso de arma.
También se refirió al testimonio de Vargas, al decir que el joven mintió en su declaración, y pidió que se lo investigue por la presunta comisión del delito de falso testimonio.
Por último, luego que el magistrado lo habilitara a tomar la palabra por última vez, el acusado manifestó: "Yo no quise hacerle daño a la mamá de mi nene". El fallo se conocerá el próximo martes en horas del mediodía.

 


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