Jueves 18 de abril 2024

Regulan el servicio de contenedores

Redacción 03/02/2013 - 01.13.hs

(General Acha) - El Concejo Deliberante reguló el servicio de contenedores para el depósito de desechos de materiales de construcción en la vía pública. La ordenanza fue aprobada por unanimidad poco antes de fin de año, e incluye a todas las personas físicas o jurídicas que presten servicios de locación de contenedores.
En esa misma normativa, se definió como contenedor a todo recipiente de carga, capaz de ser utilizado como depósito de todo elemento, objeto o sustancia, generada como consecuencia del consumo o el desarrollo de actividades humanas, y cuyo destino sea el desecho o abandono, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial o industrial.

 

Responsable.
Los ediles determinaron que la Dirección General de Producción y Medio Ambiente, y la Secretaría de Obras Públicas, serán las responsables de la aplicación de la presente ordenanza.
Las empresas locales deberán presentar la habilitación correspondiente, ajustándose a las previsiones que, por vía reglamentaria, dicte el Departamento Ejecutivo comunal. Asimismo, identificará adecuadamente la ubicación de la sede operativa donde se estacionarán normalmente los contenedores y los vehículos utilizados para su transporte.
A su vez, tendrán que solicitar la identificación de todos los contenedores que deseare poner en actividad, de modo tal que todo contenedor que se incorpore posteriormente al servicio, deberá ser identificado mediante el mismo procedimiento.
Las firmas que desarrollen la actividad tendrán que contratar seguro de responsabilidad civil, siendo responsables por daños, perjuicios, accidentes, infracciones o cualquier otro hecho o circunstancia devenidas del ejercicio de esta actividad (presencia de contenedores en la vía pública en días y horarios no permitidos).

 

Contravención.
La inobservancia de esta ordenanza será sancionada con multas por parte del Juzgado Regional de Faltas, y para el caso de presentarse más de dos sanciones consecutivas, se aplicará la sanción mayor. Mientras que, si permaneciera en fragancia, será procederá a la clausura definitiva.
La empresa prestataria del servicio será responsable de la colocación, retiro y traslado del contenedor de acuerdo a las normas de tránsito vigentes, y de la disposición final de los residuos. Al retirar el contenedor, el titular de la firma deberá dejar en perfecto estado la superficie de la vía pública y completamente limpia.
Los contenedores estarán destinados a la recepción de residuos sólidos urbanos generados en domicilios particulares, comercio, oficinas y servicios; residuos y escombros procedentes de obras de construcción, demoliciones y reparaciones domiciliarias.
Los concejales consideraron que era necesario reglamentar el uso de estas estructuras donde se depositan ese tipo de residuos, al igual que la actividad de las empresas que pudieran brindar este servicio, ya sea para ordenar el uso del espacio público, o para brindar seguridad en el tránsito vehicular, y evitar así, la ocurrencia de siniestros.
El Estado municipal, sostuvieron, debe tender a regular la actividad, verificar el cumplimiento de la normativa e imponer los gravámenes y sanciones que correspondan, atento la ocupación del espacio de dominio público y la inobservancia de la normativa que las regula.
Justamente, esta ordenanza -dijeron los ediles-, pretende regular todo lo referido al almacenado, uso y disposición en recipientes denominados contenedores o volquetes.

 


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