Domingo 14 de abril 2024

Un albañil fue condenado a dos años de prisión efectiva

Redacción 05/07/2017 - 00.49.hs

(General Acha) - Un joven fue condenado a la pena de dos años de prisión de efectivo cumplimiento, por haber resultado culpable de los delitos de amenazas, privación ilegítima de la libertad y lesiones leves agravadas, en perjuicio de su pareja y madre de su hijo. El hecho ocurrió en mayo de 2015, en el interior de un inmueble ubicado en la localidad de 25 de Mayo.
En esa misma sentencia (147/2017) el juez de audiencia Gastón Boulenaz revocó la condicionalidad de la pena que había sido dictada con anterioridad en su contra, la cual consistía en tres años de prisión en suspenso por otro hecho. No obstante, ambas penas fueron unificadas, y quedó en dos años de prisión de efectivo cumplimiento.
Una vez que el fallo quede firme, se tendrá que detener al condenado, como así llevarse a cabo el correspondiente cómputo de pena por parte de la Oficina Judicial, se informó desde prensa de la fiscalía de esta ciudad.

 

Hechos.
El 2 de mayo de 2015 después de la 1, el albañil arrastró de los pelos a su concubina hacia el interior de la casa para evitar que escapara, y comenzó a golpearla con un palo de escoba. Ya en el piso, mientras la insultaba y amenazaba con matarla, prosiguió dándole patadas y piñas por distintas partes del cuerpo, provocándole lesiones que más tarde fueron calificadas como leves.
El tormento no finalizó allí, ya que el agresor (28 años) continuó insultándola, a la vez que le arrojaba baldes de agua helada, insistiéndole que la iba a matar con un revólver que tenía escondido en la casa. Después, la encerró en el baño, la obligó a que se bañara y se vistiera con su ropa, haciéndola acostar para que se repusiera de los golpes. Alrededor de las 17.30 se ausentó de la casa, momento que fue aprovechado por la mujer, quien pudo escapar y pedir ayuda.

 

Acuerdo.
El fiscal Juan Bautista Méndez, el defensor oficial Marco Mezzasalma, al igual que el propio agresor, presentaron un acuerdo de juicio abreviado que fue oportunamente declarado admisible. A su vez, en la audiencia realizada por el Tribunal se tomó conocimiento de visu del imputado, quien dijo conocer los términos del acuerdo, prestando su consentimiento en cuanto al procedimiento de juicio abreviado y la pena acordada.
El juez dictó la condena contra el agresor porque sostuvo que las evidencias reunidas en la investigación efectuada por la fiscalía resultaron suficientes para tener por acreditado la materialización de los delitos mencionados, como así también su autoría.

 

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