Lunes 15 de abril 2024

Debate que retrocede el reloj de la historia

Redacción 24/08/2017 - 00.52.hs

El gobierno de la provincia de Salta, refirmando su alineación con las ideologías más conservadoras, impuso la enseñanza obligatoria de religión en las escuelas públicas, dando por tierra con la Ley Nacional 1420, que establece la educación en la Argentina como "laica, gratuita y obligatoria".
La ley promovida por el gobierno salteño es una de las más reaccionarias dictadas en el país y retrotrae la educación al siglo XIX. La llamada "generación del ochenta", que prohijó aquella norma, apuntó a una escuela no confesional pero dejó abierta la enseñanza religiosa fuera de las horas de clase. El absurdo que promueve la medida salteña (avalada por el Superior Tribunal de esa provincia) se remonta a varios años atrás y tuvo diversos vaivenes jurídicos hasta epilogar en la presente situación.
Un grupo de docentes y padres de alumnos reaccionaron mediante un amparo colectivo para que se declare inconstitucional a la medida. En los fundamentos mencionaron la abierta discriminación que sufren los alumnos que no profesan la religión católica, como el rezo obligatorio, la exhibición de símbolos religiosos en los cuadernos, la constancia en los boletines de calificación de la religión profesada y -en caso de no aceptar la clase religiosa- la exclusión durante ese horario, sin alternativa alguna de aprendizaje. El caso extremo fue el castigo que sufrió una alumna a quien le negaron su derecho a ser abanderada "porque constaba en el boletín que no era católica".
La acción de amparo ingresó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación en donde ya tuvo lugar una primera audiencia. Se descuenta que lo que resuelva el alto tribunal será un antecedentes válido para cualquier iniciativa similar en el país. Ante la indudable trascendencia del tema se presentó ante la Corte una nutrida cantidad de defensores de ambas posturas, con la opinión de distintas confesiones de orientación cristiana. Demás está decir que la trama política y partidaria se evidencia detrás de varios de ellos.
La causa no es nueva y lleva ya varios años de movimientos políticos y judiciales en los tribunales salteños; más allá de esas idas y vueltas todo parece apuntar a la implantación en la provincia de un credo hegemónico manifestado a través de la obligatoriedad de las clases de religión (mayoritariamente el catolicismo) en el aula incluyendo bendiciones y rezos, y todo con el aval del Estado.
La situación remite a los años en que se debatió la ley 1420 y, más cercanamente, a la década del cincuenta del siglo pasado cuando, pese a las grandes movilizaciones populares contrarias, se habilitó la creación de entidades educacionales en las que se imparte enseñanza religiosa.
La decisión del gobierno salteño -y el posterior fallo de la Corte- definirán si se mantienen en el país los fundamentos de la libertad de conciencia, la misma que puede y debe ejercerse en los más diversos aspectos de la vida social. En un tema tan delicado y trascendente como el de la educación pública la responsabilidad del Estado es indelegable, y bien puede ser respetuoso de las garantías democráticas sin tomar partido por una confesión religiosa, cualquiera sea ella.

 

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