Jueves 11 de abril 2024

El sabio artículo 103

Redacción 06/12/2016 - 01.17.hs

El artículo 103 de la Constitución de la provincia de La Pampa dice que "el Tribunal de Cuentas fiscalizará la percepción e inversión de las rentas públicas provinciales y las cuentas de las instituciones privadas que reciban subsidios de la Provincia, referidas a la inversión de los mismos". Como se puede ver, la palabra "inversión" aparece escrita dos veces en un texto tan exiguo, de ahí que la voluntad expresa de los constituyentes no deja lugar a dudas.
La aclaración resulta pertinente porque el caso que reveló ayer este diario vuelve a poner bajo la lupa la función que debe cumplir un organismo de control tan importante para velar por la transparencia de los actos de gobierno. El fraude que se habría cometido en la órbita de la Unidad Regional II de la policía y que ahora está bajo investigación de la Fiscalía de Investigaciones Administrativa pone en evidencia la falta de eficacia a la hora de fiscalizar la "percepción e inversión" de los dineros públicos.
La flamante presidenta del Tribunal de Cuentas -cuya idoneidad es unánimemente reconocida- se ha mostrado partidaria de que el organismo realice un "control legal" y deslindó en la Cámara de Diputados lo que definió como "control de gestión". Sin embargo, la historia reciente de la administración pública ha mostrado que esa metodología resulta insuficiente. La fiscalización de las formalidades, de la conformación de los documentos y de los pasos administrativos es, sin duda, muy relevante; pero también lo es la parte restante de las gestiones, la vinculada al destino de los dineros o bienes públicos. Es bien sabido que pueden cumplirse con todos los requisitos formales para una compra, pero si no se examina el resultado final la posibilidad de un fraude está siempre latente. De ahí que el sabio artículo 103 de la CP incluya entre las incumbencias del TC -y con una doble mención, como se advirtió- la "inversión" pública.
En el caso concreto de las maniobras con los adicionales policiales registrado en General Pico, el control integral hubiera permitido detectar que en el destino de los fondos percibidos había gruesas irregularidades y hasta la presunta comisión de delitos, tal como lo señaló la FIA.

 

Otro reto por Sala
Otro duro revés internacional acaba de recibir el gobierno argentino a causa de la detención arbitraria de Milagro Sala. Esta vez el tirón de orejas llegó de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, organismo integrado por expertos independientes designados por la Organización de Estados Americanos que le exigió al Estado argentino una "pronta respuesta" al reclamo del Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de las Naciones Unidas que declaró, precisamente, "arbitrario" el encarcelamiento de Sala y exigió su "liberación inmediata".
La nueva demanda llegó pocos días después de que el secretario general de la OEA criticara con duros términos la prisión de la dirigente social y pidiera su "inmediata liberación". Poco antes había sido el primer ministro de Canadá el que sorprendiera al gobierno nacional al mencionar críticamente el caso de Sala y la propia ONU a través del Grupo de Trabajo mencionado.
Las respuestas del gobierno nacional y de su par jujeño han sido de una endeblez extrema. De ahí que siguen sin poder frenar esta seguidilla de reclamos que se vienen sumando y que están minando el prestigio de nuestro país ante la comunidad internacional. La miopía de las autoridades nacionales y jujeñas, enceguecidas en su furia represiva contra la dirigente indígena, les impide ver el alto costo político que están pagando con su ilegal proceder. A tal punto, que este último dictamen de la CIDH tuvo lugar a pesar de que el secretario de Derechos Humanos argentino viajara a Panamá -donde sesionó el organismo- para reunirse con sus integrantes e intentar frenar este nuevo revés diplomático. Está visto que no pudo presentar ningún argumento convincente.

 

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