Viernes 12 de abril 2024

Entre empleados sin convenio colectivo y rebrotes de fascismo

Redacción 13/08/2014 - 04.13.hs

Mientras los empleados judiciales carecen del derecho constitucional a concertar convenios colectivos de trabajo,
algunos funcionarios dan muestras de adhesión a los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado.
IRINA SANTESTEBAN
El artículo 14 bis de la Constitución Nacional dispone claramente: "queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo", que son el fruto de negociaciones paritarias. Esto es, entre las patronales y los sindicatos que representan a los trabajadores.
En los últimos años, estas paritarias han sido muy activas, en particular en todo lo referido a la negociación sobre aumentos salariales, bonificaciones, etc. Pero también se discute sobre condiciones de trabajo y regímenes de ingreso, entre otras cuestiones que hacen a la relación laboral.
En el sector público, también existen convenios colectivos, como el de los trabajadores agrupados en la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), los convenios de los sindicatos de energía y de Vialidad Nacional y provinciales. En otros casos, se rigen por estatutos, que son aprobados mediante una ley, pero que tienen la desventaja que pueden ser derogados también por otras leyes. Los convenios colectivos, en cambio, sólo pueden ser modificados por acuerdo de las partes.
Sin embargo, hay un sector de trabajadores del sector público que no goza de paritarias, ni tiene un convenio colectivo de trabajo que establezca los derechos y obligaciones de ambas partes (empleados y patronal). Son los judiciales, cuya característica es que todos los estatutos que los rigen son dictados por la propia patronal, o sea los tribunales superiores o las cortes provinciales, y la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Para que se entienda, es como si el sindicato de los trabajadores mecánicos (Smata) o los choferes de ómnibus (UTA), aceptaran que su convenio colectivo lo dictara la cámara patronal que agrupa a las empleadoras. No nos imaginamos a Renault, Volkswagen y Ford o a Chevallier, Plaza o Mercobus, estableciendo la jornada de trabajo, el salario, el pago de horas extras, de sus trabajadores.
Aunque parezca mentira, así ocurre en el gremio de los empleados judiciales, donde es la misma patronal la que fija los deberes y derechos de sus empleados. Por ello, el reclamo más importante que tiene hoy la Federación Judicial Argentina, es el de lograr una ley de paritarias judiciales, para que se discuta y se dicte un convenio colectivo de trabajo para el sector.

 

Reunión nacional.
La semana pasada se reunió en Santa Rosa la Mesa Nacional de la Federación Judicial Argentina, la entidad de segundo grado que agrupa a todos los gremios judiciales del país. En dicho evento se ratificó el plan de lucha nacional en que se encuentra la organización, en reclamo del convenio colectivo y paritarias para los empleados judiciales del país.
No es una tarea fácil, los mismos jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que han dictado fallos históricos, reconociendo los derechos de los delegados, o de las minorías étnicas, se niegan a reconocer el derecho de sus trabajadores a discutir, en igualdad de condiciones, un régimen laboral. Es que eso significa "paritarias", estar "a la par", y eso no es fácil de reconocer puertas adentro de los tribunales, a sus "excelencias".
En el año 2009, por acuerdo entre las centrales obreras, CGT y CTA, se logró presentar un proyecto de ley de paritarias judiciales. Llevaba la firma de los diputados nacionales Héctor Recalde y Claudio Lozano, y tuvo aprobación en la Cámara de Diputados. Sin embargo, al no ser tratada en Senadores, dicho proyecto perdió estado parlamentario.
El principal obstáculo para el tratamiento y aprobación de esa norma, provino de la Junta Federal de Cortes, la organización nacional que agrupa a los tribunales superiores y cortes provinciales, más la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ese organismo, que actúa como una especie de "UIA" o "central patronal" de los tribunales del país, es la que discute y establece, todos los años, las políticas judiciales. Por esa condición tan antidemocrática, no fue extraño que la Junta se opusiera tenazmente a los proyectos de reforma judicial que se impulsaron el año pasado desde el gobierno nacional, algunos de los cuales fueron vetados de inconstitucionales por la Corte Suprema.
Es ese organismo, justamente, el que más se opone a que sus propios empleados gocen del más elemental de los derechos, cual es el de discutir el régimen laboral, a pesar de estar reconocido expresamente en la Carta Magna nacional.

 

Ante la OIT.
El reclamo de paritarias y convenio colectivo fue llevado por la Federación Judicial Argentina a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyo Comité de Libertad Sindical produjo en junio de 2012, en el caso 2.881, un dictamen recomendando al Estado argentino que "tal como lo dispone el artículo 5 del Convenio número 154 de la OIT, adopte las medidas adecuadas a las condiciones nacionales, inclusive legislativas si fueran necesarias, para fomentar la negociación colectiva entre las autoridades del Poder Judicial y las organizaciones sindicales concernidas".
En dicha resolución, el órgano de la OIT analiza la respuesta del gobierno argentino, que fue emanada de la Corte Suprema de Justicia, que expresa claramente que los Judiciales no están incluidos dentro de la ley marco del empleo público, y por lo tanto "no tienen derecho a la negociación colectiva, porque tienen los mismos derechos que los magistrados".
Con semejante dictamen, un organismo prestigiado como la Corte Suprema, cercena el derecho de sus propios empleados a la discusión y negociación colectiva, tal como tienen la totalidad de los trabajadores argentinos, por imperio del artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Entre la vieja Corte menemista de la "mayoría automática", y la actual Corte, más prestigiada y democrática, hay muchas diferencias, pero lamentablemente también una constante y lamentable cerrazón en no reconocer el derecho a paritarias de sus empleados.

 

Forense fascista.
Los cambios van llegando inexorablemente, aunque se resistan las viejas estructuras de un poder que tiene mucho de monárquico, hasta en la costumbre de llamar "Palacio de Justicia" a los edificios de tribunales, y "sus señorías" a los jueces.
Los juicios por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la vigencia del terrorismo de Estado han desnudado la complicidad que existió entre los militares y el Poder Judicial. Hasta se ha juzgado y condenado a algunos, muy pocos, jueces y funcionarios que acompañaron y dieron apoyo judicial a las atrocidades cometidas en los centros clandestinos de detención y exterminio.
La apropiación de los bebés nacidos en cautiverio, fue avalada por jueces y funcionarios que permitieron adopciones ilegales y hasta anotación como hijos propios, de niños arrancados de los brazos de sus madres, desaparecidas y asesinadas.
En medio de la alegría de todo el pueblo argentino por la recuperación de la identidad del nieto de Estela de Carlotto, presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, un comentario publicado en las redes sociales, de un médico forense de Chubut puso de nuevo sobre la mesa del debate nacional la necesidad de profundizar la democratización del Poder Judicial.
El médico forense Daniel Roo, que se desempeña como funcionario del Poder Judicial de Esquel, en la provincia de Chubut, comentó en su Facebook que Carlotto y Hebe de Bonafini "tendrían que haber sido torturadas y luego ejecutadas con un tiro en la nuca, no son buenos seres humanos, son seres malignos, poseen mucha maldad y resentimiento".
A raíz de semejantes declaraciones, el dirigente del Sitrajuch (Sindicato de Trabajadores Judiciales de Chubut), José Luis Ronconi, realizó una denuncia por "apología del delito". Ronconi es además Secretario Adjunto de la FJA, cuyo plenario resolvió ratificar y apoyar su denuncia, al considerar "aberrantes" las manifestaciones efectuadas por Roo.
El comentario de neto corte fascista, decía también que "cómo puede haber gente que esté feliz porque esta chica Carlotto encontró a su nieto. ¿No hubiese sido mejor que eduque a su hija, en su momento, de la manera correcta, para que no pase lo que le pasó? Personalmente no me causa ningún tipo de emoción que esta chica haya encontrado a su nieto".
Aunque luego, consciente de su exabrupto, el funcionario cambió su comentario, éste ya había sido visto y capturado en pantalla, por lo que la denuncia fue ratificada, en los términos del artículo 213 del Código Penal.
Los ex camaristas mendocinos, que están siendo juzgados por su complicidad con delitos de lesa humanidad, Otilio Romano, Luis Miret y Guillermo Petra Recabarren, posiblemente compartan los comentarios del filo-videlista chubutense. Ellos son la "cría del Proceso", en los tribunales.

 


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