Jueves 28 de marzo 2024

Glaciares: la magnitud de la lucha pampeana

Redacción 09/06/2019 - 00.13.hs

I - La Pampa no tiene glaciares. Pero su lucha por el Atuel sirve hoy para salvarlos. La Corte Suprema de Justicia confirmó en la semana que en la resolución de los diferendos donde se afecte el derecho humano al agua prevalecerá el criterio ambientalista. La decisión la tomó el máximo organismo jurisdiccional ante la presentación de un grupo de empresas mineras y de la provincia de San Juan contra la ley de Glaciares y el supuesto perjuicio económico que ésta supondría para los negocios mineros de las empresas y el estado sanjuanino. La Corte no dejó lugar a dudas: dijo que el cuidado del ambiente y el derecho al agua de los habitantes es superior al afán de lucro. Lo dijo tomando como antecedente su propio fallo en el juicio que La Pampa interpuso contra Mendoza por las aguas del río Atuel. Ese fallo, del 1° de diciembre de 2017, le dio la razón a nuestra provincia en su pedido del restablecimiento del curso del río cortado por Mendoza. Que ahora sirva para defender los glaciares argentinos de la voracidad de los capitales mineros y los gobiernos provinciales cómplices de ellos, da una magnitud inusitada a la lucha de los pampeanos por sus recursos y sus tempranas advertencias sobre las consecuencias nefastas para el resto del país si triunfaba la posición mendocina de ignorar el daño ambiental y humano en la toma de decisiones unilaterales de política hídrica.

 

II - Lo que la Corte acaba de decir ahora al reivindicar la constitucionalidad de la ley de Glaciares, es que los derechos ambientales y humanos de acceso al agua son superiores a los alegados perjuicios económicos que podría provocar una decisión judicial afín a aquéllos. La publicación del fallo fue así una confirmación del criterio ambiental que la Corte viene aplicando cada vez con más fuerza en la resolución de conflictos en el país y, a su vez, una profundización de ese criterio. Que use el caso del Atuel como antecedente y que a su vez reitere que los alegados perjuicios económicos no pueden evitar la aplicación extensiva del criterio ambiental anticipa, claramente, cuál será la resolución, este año, de la causa del río Atuel. Mendoza en el caso del Atuel, como las mineras y la provincia de San Juan con los glaciares, alega que "darle agua" a La Pampa significará la ruina económica de su zona bajo riego. La Corte, de acuerdo a la línea que se plasma en sus fallos ambientalistas, no está dispuesta a entender esas supuestas razones económicas como superiores al derecho al agua que Mendoza le negó a miles de pampeanos. (Además, es fácil concluir siguiendo el razonamiento, que si de ruina económica se trata, la prosperidad mendocina se erigió sobre la ruina de los pampeanos que fueron privados del agua).

 

III - El anuncio oficial del abandono de la X Brigada Mecanizada con asiento en Santa Rosa y su traslado hacia Bahía Blanca sorprendió a los santarroseños. La decisión de mudarlo parece formar parte de un proceso de retirada de tropas y que fue precedido, meses atrás, por el anuncio del éxodo de cientos de gendarmes del destacamento de General Acha. La instalación de la Brigada en Santa Rosa ocurrió luego de la retirada del IV Cuerpo de Ejército, la gran unidad de batalla instalada en Santa Rosa en plena dictadura militar cuando se impuso el principio belicista de supuestas "hipótesis de conflicto" y diseminaron por toda la geografía argentina cuerpos de ejército, brigadas, comandos y destacamentos. La Brigada que se va ocupa el histórico edificio de la Escuela Hogar 114, creada por Eva Perón y emblema de la política educativa del primer gobierno de Juan Domingo Perón. Su ocupación por los militares fue un duro golpe para la educación pampeana, no solo por la pérdida física del edificio, único en la provincia por su infraestructura, equipamiento y concepción integral de la enseñanza, sino además porque era todo un símbolo del esfuerzo del Estado por hacer realidad la educación popular como forma de atenuación de las desigualdades sociales.

 

IV - La llegada de un especialista reveló a los pampeanos la decisión de las autoridades judiciales de iniciar una importante reforma procesal que incluirá, como punto más notorio, la oralidad en los procesos no penales que incluyen, además de los típicamente civiles, los fueros comercial, laboral, de minería y de familia. Estos juicios, a diferencia de lo que sucedió con los penales que desde hace décadas son orales, siguen aún atados a engorrosos y burocráticos esquemas procesales escritos que convierten el proceso judicial en una novela kafkiana. La decisión ahora de introducir también allí la oralidad, amén de otras reformas procesales que unificarán criterios que antes parecían ser más arbitrio de los jueces, le dará, seguramente a los pampeanos, una mejor calidad del servicio de justicia. (LVS)

 

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