Domingo 07 de abril 2024

Mendoza tiene una segunda oportunidad

Redacción 18/02/2018 - 01.53.hs

I - La Corte Suprema de Justicia amplió el plazo que otorgó a La Pampa y Mendoza para llegar a un acuerdo sobre el caudal que debe llegar a la provincia para recuperar la ecología del oeste pampeano desertificado por el corte del Atuel hace 70 años. La decisión del máximo organismo judicial argentino parece ser una señal a Mendoza que encaró las reuniones de la CIAI con un ánimo de regateo y sin abandonar su permanente actitud contraria al arribo a una solución por el conflicto por el rio. La Corte parece querer darle a los cuyanos "una segunda oportunidad" de redimirse de su culpabilidad en el peor crimen ambiental que se haya cometido en la Argentina (y uno de los más graves a escala mundial) y espera que se sienten a acordar con La Pampa asumiendo que han usufructuado ese curso de agua a costa de un desastre ecológico y humano cuya cuantificación económica aún siquiera ha comenzado a discutirse.
II - Ese gesto de la Corte, no obstante, no parece ser percibido por la vecina provincia para cuya dirigencia se acostumbró a manejar la cuenca con un criterio comarcal que simplemente ignora la dimensión nacional de sus decisiones sobre política hídrica. La "cultura" del agua de Mendoza tiene su sustento en la ausencia de confrontación de sus "verdades" con el mundo exterior. Pese a que la naturaleza lo desmiente, han sostenido durante décadas que el Atuel es un rio mendocino y ahora, pese a que todo un corpus de derecho internacional ambiental mira con horror lo que han hecho, siguen con sus políticas convencidos que habrá una decisión política de favorecerlos y acallar el reclamo pampeano.
III - Si en estos días que faltan para que venza el plazo ampliado de la Corte, Mendoza no es capaz de dar un vuelco a su política de negación del conflicto con La Pampa, es posible que pague muy caras las consecuencias. Por primera vez en la larga historia del diferendo, hay indicios que permiten anticipar que si es la Corte la que debe fallar lo hará convalidando el estudio pampeano que fija el caudal fluvioecológico en un valor entre 4,5 y 7,5 metros cúbicos por segundo.
El metro corto que Mendoza quiere erogar de agua sin calidad es fruto de ese afán de creer que está ante un juicio donde el regateo y el tira y afloja de las partes llevará a los árbitros a buscar un "justo medio". Pero se equivoca. De la lectura de lo que ha escrito la Corte en torno al rio y su papel en la cuenca, no parece desprenderse nada que aliente a pensar que van a repartir entre lo que ofrece Mendoza y lo que pide La Pampa, un caudal de compromiso.
La Corte es conciente que el caudal que debe llegar a La Pampa debe cumplir una función de restablecer todo un equilibrio hídrico que fue roto por el corte y luego afectado por los ciclos de sequías e inundaciones que lo tornaron catastrófico.
IV - De la audiencia de conciliación de junio en la sede de la CSJ, quedó claro que el problema es como lo plantea La Pampa. Hay un daño ambiental que debe ser reparado, y para repararse hay un caudal que debe ser fijado científicamente y técnicamente y no regateando como proponen los mendocinos. Mendoza ya no encuentra eco a sus vaticinios apocalípticos sobre las consecuencias económicos desastrosas que tendría en los regadíos y en la economía de esa provincia una decisión que le otorgue a La Pampa derechos sobre una parte del caudal. En primer lugar porque los métodos arcaicos que utiliza para el uso consuntivo del agua es un argumento insostenible en un estrado judicial. La Argentina, que impone año tras año, normas ambientales a las emisiones de los vehículos y obliga a las empresas automotrices y a los usuarios a pagar tecnología carísimas de control de emisiones, no podría convalidar que por motivos económicos mezquinos se quiera postergar sine die la aplicación de normas ambientales que hace décadas están plasmadas en la Constitución de la Nación.
(De la misma manera que no es posible hoy fabricar en la Argentina motores como los que se fabricaron durante décadas porque sus emisiones serían consideradas atentados al medio ambiente, de la misma manera no puede convalidarse el mantenimiento de usos del agua igualmente dañinos para el ecosistema).
V - Además, y no en menor medida, la resolución sobre el Atuel fijará la altura de la vara en conflictos hídrico-ambientales no solo en el resto del territorio, sino y principalmente, en torno al manejo de las cuencas de nuestros ríos más grandes que nacen todos ellos fuera de nuestras fronteras.
Creer, como cree Mendoza, que puede ningunear y cancherear el ámbito de discusión y consenso recreado por la Corte en la CIAI para hallar un caudal de restablecimiento ecológico en el oeste pampeano, es una lectura demasiado atada a su posición ventajosa en las alianzas político-electorales que ha trenzado con el gobierno nacional.
Los pampeanos confiamos que esta vez la Corte prescindirá de esos compromisos y de las consabidas "soluciones compromiso". (LVS)

 


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