Miércoles 10 de abril 2024

Un nuevo avance contra el Consejo de la Magistratura

Redacción 26/05/2017 - 01.07.hs

Ari Lijalad* - Con un número creciente de denuncias que avanzan sobre los ministros y el presidente, el gobierno consiguió sacar por la ventana a un representante no oficialista del Consejo de la Magistratura. Lo hizo gracias al fallo de Lavié Pico, un juez funcional al macrismo.
El gobierno de Mauricio Macri sigue su avanzada sobre el Consejo de la Magistratura, el órgano que designa y remueve jueces. Ahora, con complicidad de un sector judicial, logró desplazar de su banca al senador Ruperto Godoy bajo el argumento de que no tiene título de abogado, algo que ni la Constitución ni la ley exigen. Previamente, el juez Enrique Lavié Pico determinó que es inconstitucional la ley que eliminó ese requisito para integrar ese organismo.
El control político del Consejo de la Magistratura es clave para el avance de Mauricio Macri en el Poder Judicial. Desde allí no sólo se designan jueces en puestos clave, algo que el gobierno realizó de forma irregular en varias oportunidades. Los números dentro del Consejo, están más cerca de los dos tercios necesarios para remover jueces incómodos para el macrismo, que viene acumulando causas judiciales por irregularidades en la administración, incompatibilidades e inconsistencias en las declaraciones juradas de la mayoría de los ministros.

 

Nada dice la letra.
La decisión del juez Lavié Pico difiere incluso de lo que resolvió la Corte Suprema el 18 de junio de 2013, cuando declaró la inconstitucionalidad de varios artículos de la ley 26.855 que reformó el Consejo de la Magistratura. La Corte anuló los artículos 2, 4, 18 y 30 de esa ley, que ampliaban el número de consejeros de 13 a 19 e incorporaba la elección popular de 6 de ellos. Pero no criticó del artículo 5, que estableció que los requisitos para ser miembro del Consejo de la Magistratura eran los mismo que para ser diputado. Según la Constitución, estos son tener 25 años y 4 de ciudadanía. Nada dice de ser abogado.
La Corte no opinó sobre el artículo 5 de la ley 26.588, pero el juez Lavie Pico sí. Ese artículo modificaba la redacción previa del artículo 4 de la ley 24.937, ley que reglamenta el Consejo de la Magistratura. En su texto anterior, ese artículo ponía como requisito para ser consejero los mismos que para ser juez de la Corte Suprema, es decir, ser abogado con ocho años de ejercicio de la profesión, sumado a los requisitos para ser senador (30 años, 6 de ciudadano y el anacronismo nobiliario de "disfrutar de una renta anual de dos mil pesos fuertes o de una entrada equivalente"). Pero en 2013 se eliminaron esas restricciones y sólo quedó la de tener 25 años y 4 de ciudadanía. Nada de ser abogado.

 

Interpretación forzada.
El juez Lavié Pico afirma en su fallo que resolver este tema "exige remitirse a la voluntad originaria expresada en la Asamblea Constituyente" de 1994, que introdujo en la Constitución el Consejo de la Magistratura. El artículo 114 de la nueva Constitución estableció: "El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal. Será integrado, asimismo, por otras personas del ámbito académico y científico, en el número y la forma que indique la ley". Nada de ser abogado.
El juez, sin embargo, hace una curiosa interpretación de lo que supuestamente quisieron establecer los constituyentes pero no lo pusieron en el texto constitucional: "la exigencia de contar con el título de abogado se encuentra más en línea con el objetivo de la reforma y la intención del constituyente. Así, es preciso requerir que aún los consejeros que actúan en representación de los órganos políticos posean ciertos estándares de conocimiento e idoneidad técnica en la ciencia jurídica, pues de lo contrario la finalidad de profesionalizar el proceso de selección de magistrados podría verse afectado". En otras palabras, el juez Lavié Pico se basa en una supuesta intencionalidad de los constituyentes que no quedó plasmada en la Constitución.
"La interpretación de la Constitución Nacional debe ser respetuosa de su letra, atendiendo al sentido profundo de ésta", afirma el juez. Fue tan profundo que cambió lo que dice la Carta Magna. Y declaró inconstitucional la reforma que quitó el requisito de ser abogado para integrar el Consejo dela Magistratura. En este afán de interpretar a gusto la Constitución, Lavié Pico le permitió hace unas semanas a la cortesana Elena Highton de Nolasco su permanencia en la Corte luego de los 75 años, límite que establece la Carta Magna.

 

Los operadores.
La ley que reformó el Consejo de la Magistratura, votada en 2013 en el paquete de leyes que el kirchnerismo denominó como Reforma Judicial, también instauró que no podrían integrarlo "las personas que hubieran desempeñado cargo o función pública jerárquica durante la última dictadura cívico-militar o respecto de quienes se verifiquen condiciones éticas opuestas al respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos". De nuevo, nada de ser abogado como requisito, aunque este párrafo quedó fuera de la resolución de Lavie Pico.
La denuncia contra Godoy la impulsó el abogado Alejandro Fargosi, que integró el Consejo de la Magistratura entre 2011 y 2014. Llegó a ese lugar gracias a una alianza del radicalismo con el Colegio de Abogados de la calle Montevideo, ariete de los abogados del establishment e institución que fue sostén jurídico de los golpes de Estado. El periodista Horacio Verbitsky los definió como el "establishment jurídico que postró al país". En el armado de ese acuerdo tuvo un rol central Ricardo Gil Lavedra, actualmente coordinador del programa Justicia 2020 que impulsa el ministro de Justicia Germán Garavano. Fargosi es afiliado al radicalismo desde los 18 años, aunque tuvo un bajo perfil. Estudió en la Universidad de Buenos Aires y se especializó en Derecho Civil, Comercial y Derecho de las Telecomunicaciones. Trabajó en Telefónica y en grandes bufetes de la city como el Estudio O´Farrell. También fue presidente de la Asociación Argentina de Derecho de las Telecomunicaciones y director de la División Jurídica de IDEA.

 

Manoseos oficialistas.
No es la primera triquiñuela del macrismo en el Consejo de la Magistratura, donde ya se quedó con una banca que no le pertemecía. Se trata del lugar que ocupaba Anabel Fernández Sagasti cuando era diputada, al que renunció para asumir como senadora. La sucesión le correspondía a Marcos Cleri, diputado del Frente para la Victoria, pero a través de un ardid administrativo en el Congreso que hizo que el interbloque Cambiemos figurara como la nueva primera minoría el lugar lo usurpó Pablo Tonelli. Desde ese momento, el macrismo realizó todo tipo de tropelías desde el Consejo de la Magistratura. Primero, desplazó a Juan Carlos Cubría (hijo de la jueza María Romilda Servini de Cubría) de su rol como administrador del Poder Judicial, es decir, al funcionario que ejecutaba los fondos y que denunciaba presiones del gobierno. Luego hicieron una maniobra para designar al juez Juan Manuel Culotta al frente del Juzgado Electoral 1 de La Plata, que controla las elecciones bonaerenses. Al tiempo trasladaron a Carlos Mahiques, ex ministro de Justicia de Maria Eugenia Vidal, y lo nombraron en la Cámara Federal de Casación Penal, máxima instancia penal del país. Con un detalle: Mahiques asumió sin concursar.
El Consejo de la Magistratura tiene 13 integrantes. Por Cambiemos están los abogados Adriana Donato y Miguel Piedecasas, los diputados Tonelli y el radical Gustavo Valdés, el senador radical Angel Rozas, el representante del Poder Ejecutivo Juan Bautista Mahiques (hijo del Mahiques que metieron por la ventana en Casación), y los jueces Luis Cabral y Leónidas Moldes. En total, 8 votos, que les da mayoría pero no los dos tercios necesarios para, por ejemplo, remover un juez. Los restantes son el académico Jorge Candis, la senadora Virginia García y el diputado Rodolfo Tailhade (ambos del Frente para la Victoria) y la jueza Gabriela Vázquez.

 

Oportunidad.
El bloque de senadores del Frente para la Victoria, que aún lidera Miguel Angel Pichetto, emitió un comunicado donde advierte: "Llama la atención la oportunidad en que se emite, precisamente en las circunstancias actuales en las que el Consejo de la Magistratura debe resolver cuestiones importantes en el ámbito de la Justicia". La oportunidad no es menor. El fallo establece que Godoy deberá apartarse cuando quede firme, y obviamente puede apelar y probar suerte en la Cámara Contencioso Administrativa. En el Consejo, ayer se estaba definiendo el temario del próximo plenario, donde puede figurar desde el desplazamiento del juez Freiler hasta designaciones en la Cámara de Casación u otros espacios vacantes en el Poder Judicial.
*Nuestras Voces.

 


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