Lunes 08 de abril 2024

Un retroceso para las mujeres y personas gestantes

Redacción 10/04/2019 - 02.18.hs

El proyecto de reforma al Código Penal enviado por el gobierno al Congreso, desconoce los avances logrados en materia de derechos reproductivos y despenalización del aborto.
IRINA SANTESTEBAN
El 25 de marzo el presidente Mauricio Macri remitió al Congreso el proyecto de reforma al Código Penal que venía anunciando desde el año pasado.
Se prevén cambios en las penas, creación de figuras delictivas nuevas y modificaciones que se fueron introduciendo en el sistema penal, desde la sanción del Código vigente, en 1921, hace casi 100 años. Según el Ministerio de Justicia, en todo este tiempo, hubo alrededor de 900 modificaciones parciales.

 

Sigue siendo delito.
En materia de aborto, se mantiene su penalización, aunque se suaviza la pena para la mujer que aborta, de uno a tres años (hoy es de uno a cuatro). El proyecto otorga al juez la facultad para dejar en suspenso la pena o eximirla de ella, teniendo en cuenta los motivos que impulsaron a la mujer a cometer el hecho, su actitud posterior, la naturaleza del hecho y las demás circunstancias que demuestren la inconveniencia de aplicar pena privativa de la libertad.
La reforma no recepta el debate que fue el gran tema político del año pasado, cuando una enorme "marea verde" de mujeres y colectivos de la diversidad sexual ganó las calles en apoyo a la legalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
El proyecto de ley presentado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito -que había fracasado en seis intentos anteriores- logró llegar al recinto y ser tratado en ambas cámaras. Previamente, había sido debatido en los plenarios de Comisiones de ambas cámaras, con exposiciones de una y otra posición, y transmitido por el canal legislativo.

 

La lucha sigue.
Fue un gran triunfo que se aprobara en Diputados, aunque luego el Senado lo rechazara por sólo ocho votos de diferencia. A pesar del traspié, el movimiento de mujeres no retrocedió, y el Encuentro Nacional realizado en octubre en Trelew convocó nuevamente a decenas de miles de mujeres que marcharon con los pañuelos verdes por la estepa patagónica.
Ese debate y la movilización que lo sostuvo significó un enorme avance en la difusión y mayor conciencia de amplios sectores de la población en materia de reconocimiento de los derechos reproductivos de las mujeres y personas gestantes. Tuvo además una gran presencia callejera, ya que fue seguido con interés por miles de manifestantes afuera del recinto, no sólo en Buenos Aires, sino en muchas ciudades del interior, donde se realizaron "vigilias".

 

De nuevo.
Este año, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto elaboró un nuevo proyecto, que se volverá a presentar en el Congreso de la Nación, a sabiendas de las dificultades que tendrá su tratamiento en un año con un agitado calendario electoral.
Cambiemos, que el año pasado se anotó algunos porotos con la apertura al debate, este año "mostró la hilacha", al mantener en el proyecto de reforma al Código Penal la figura del aborto como un delito, e introducir conceptos nuevos como el "aborto imprudente" y los "derechos de los por nacer".
Sin embargo, los sectores anti-derechos, que se oponen a toda interrupción de un embarazo, aún de los no punibles (previstos ya en el Código Penal de 1921), no están conformes y amenazan con acciones. Deberían echar una mirada al sitio web del Ministerio de Justicia, donde entre los "antecedentes" mencionados para la elaboración del proyecto de reforma en materia de aborto, incluye algunos trabajos claramente antiabortistas, algunos con argumentos ultramontanos.

 

Salud mental.
En materia de abortos no punibles, la reforma mantiene los dos supuestos del actual artículo 86 del Código Penal, e introduce el criterio sustentado por la Corte Suprema de Justicia en el fallo F.A.L. en 2012, al tomar la causal "peligro para la salud de la mujer" en un sentido amplio. Se admite que un embarazo no deseado puede afectar la salud no sólo física sino mental de la mujer, tal como lo estableciera la Corte.
Esto es lo que ha enfurecido a los sectores anti-derechos, que persisten en sus intentos de negar a las mujeres el derecho a decidir sobre sus cuerpos, incluso cuando la interrupción del embarazo se justifica por ser fruto de una violación o cuando su continuidad pone en peligro la vida o la salud de la mujer.

 

A tiempo.
La semana pasada, se conoció en San Juan el caso de una niña de 11 años abusada por su padrastro, embarazada, a la que se le practicó un aborto, luego de escuchar su voz y tener en cuenta su decisión, sin permitir intromisiones religiosas o de quienes dicen querer "salvar las dos vidas". En esa oportunidad, las funcionarias judiciales actuaron correctamente y con celeridad, en resguardo de los derechos de la niña, sin permitir que el caso tomara el estado público y el escándalo mediático que se dio en casos similares en Salta y Tucumán. También fue correcta la actuación de las autoridades de Salud del gobierno sanjuanino, que pusieron en práctica el protocolo de abortos no punibles.
Lamentablemente el protocolo sólo tiene aplicación en algunas provincias, por haber sido impedida su vigencia por acciones judiciales interpuestas por esos sectores anti-derechos. En Córdoba, por ejemplo, continúa sin aplicarse en los hospitales públicos provinciales, por la acción de amparo que presentó en 2012 la organización Portal de Belén, que fue rechazada por el Tribunal Superior de Justicia en diciembre de 2918, pero que sigue sin quedar firme por haber sido recurrida.
La presentación del proyecto de la Campaña Nacional ante el Congreso, abrirá una nueva ola de movilizaciones por el derecho al Aborto. Tal como lo ha definido la ONU, es una problemática que involucra los derechos humanos de niñas, mujeres y personas gestantes.

 

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