Lunes 15 de abril 2024

Una Justicia cómplice que mira y no ve

Redacción 28/06/2017 - 01.38.hs

La Sala IV de la Cámara de Casación Penal confirmó y agravó las causas por las que la dirigente jujeña Milagro Sala se encuentra detenida con prisión preventiva desde hace más de 17 meses. Esos mismos jueces habían sobreseído hace dos años al empresario Carlos Pedro Blaquier, acusado de complicidad con crímenes de lesa humanidad.
IRINA SANTESTEBAN
La semana pasada, los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Gemignani y Gustavo Hornos confirmaron la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal de Jujuy, que había condenado a la líder de la organización barrial Tupac Amaru, a tres años de prisión en suspenso, por un escrache al hoy gobernador Gerardo Morales, y en el que Milagro Sala no participó. Contra esa sentencia, los abogados de ésta habían presentado un recurso de casación, que fue desestimado por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal.

 

Fueron más allá.
El fallo no se limitó a desestimar los argumentos interpuestos por los abogados defensores Elizabeth Gómez Alcorta y Luis Paz, sino que fue más allá y anuló la decisión judicial del TOF jujeño, que había declarado prescripta la acción penal por el delito de amenazas, y que había sido motivo de recurso por parte de Morales.
Para que se entienda, a pesar del dictamen en contrario del fiscal Javier De Luca y de haberse sostenido con pruebas en la audiencia oral y pública que los testigos cuyos dichos son la base de la sentencia habían mentido (De Luca pidió su juzgamiento por falso testimonio), los jueces no sólo confirmaron la condena a Sala, sino que además pidieron que fuera investigada y juzgada por el delito de amenazas coactivas. O sea, lejos de tener en cuenta los dictámenes de organismos internacionales, como el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU, que pide la liberación de Sala, la Cámara de Casación Penal confirmó la sentencia condenatoria y la agravó, al ordenar al tribunal jujeño que la juzgue también por el delito de amenazas.
Para los abogados de Milagro, el fallo es "arbitrario y vergonzoso", porque le dio validez a una declaración controvertida de dos testigos, René Arellano y su pareja, Cristina Chauque, denunciados por la fiscalía por falso testimonio. Arellano, además es empleado de la gestión del gobernador Morales, cuestión sobre la cual también había mentido al declarar que "no tenía trabajo".
Según la abogada defensora Gómez Alcorta, a su defendida se la acusa de ser "instigadora" de los hechos que motivaron el juicio, pero eso no surge de ninguno de los testimonios. Para los jueces, Sala habría "instigado" a Graciela López a organizar y realizar el escrache a Morales, pero la abogada afirma que de la causa surge claramente que Milagro no participó de los hechos y que a López sólo se la vio discutir con Morales, y no hay pruebas que confirmen la supuesta conducta delictiva que Casación le atribuye.

 

Criterios diferentes.
La misma Sala IV que ahora agrava la situación procesal de Milagro Sala, fue la que, hace dos años, dictó el sobreseimiento del empresario Blaquier, dueño del Ingenio Ledesma, quien estaba siendo juzgado en Jujuy en delitos de lesa humanidad, por los hechos conocidos como "La Noche del Apagón". En julio de 1976, fueron secuestrados cuatrocientos trabajadores, profesionales y estudiantes en la zona de Calilegua, Libertador San Martín y El Talar, y a Blaquier se lo acusaba de haber prestado su colaboración con esos hechos, pues los secuestros habrían sido realizados en camionetas de la empresa, y se habrían utilizado sus instalaciones para mantener detenidas ilegalmente a parte de esas personas, de las cuales 36 permanecen desaparecidas.
Esta diferencia de criterio para juzgar con severidad inusitada a una dirigente social, y mantenerla detenida a pesar de que organismos internacionales han considerado "arbitraria" su prisión, mientras desincrimina a un poderoso empresario, acusado de crímenes aberrantes, demuestra que el Poder Judicial en Argentina, lejos está de haberse democratizado. Por el contrario, y aún reconociendo que hay jueces y funcionarios judiciales comprometidos con los procesos de Verdad, Memoria y Justicia, también es evidente que, así como fue el sostén jurídico del terrorismo de Estado en los años de la dictadura militar, todavía hoy una buena parte del Poder Judicial intenta mantener la impunidad.

 

Justicia infame.
Así tituló su comentario sobre el tema, el Defensor Oficial de Córdoba, Esteban Rafael Ortiz, integrante de Justicia Legítima, quien afirma que el Tribunal de Casación, en su reciente fallo contra Milagro Sala "se pronunció en un todo de acuerdo con el querellante Gobernador Morales, desestimando no sólo los pedidos de la defensa y del propio Fiscal de Cámara De Luca, sino incluso los del mismo Tribunal de Jujuy en cuanto había sobreseído por amenazas a Milagro Sala y sus compañeros". Dice Ortiz que los jueces confirmaron la condena por los daños agravados "basándose en forma crucial en cuanto a Milagro Sala, en dos testimonios que reconocen que se contradijeron y que merecen la remisión de antecedentes por mentir, desestimando los recursos defensivos de arbitrariedad en la valoración probatoria y la inexistencia de elementos suficientes para tener acreditada la intervención de la inculpada; y remitió la causa para un nuevo juicio ahora con coacción incluida que pronostica un nueva condena más amplia seguramente que la originaria".
Para el funcionario judicial cordobés, este fallo "se inscribe en el recorrido de los magistrados que se valen de sus atribuciones para arrinconar y condenar a determinados ciudadanos, los perseguidos por el poder, sin que valgan para ellos las garantías generales concebidas por el estado de derecho. Invirtiendo la función de la magistratura, propician el castigo más duro y la persecución más amplia siempre de acuerdo con el poder de turno, en perjuicio de los opositores que no se arrodillan frente al mismo. Es la justicia infame".

 

La Corte Suprema.
La defensa de Sala llevará esta resolución adversa a la Corte Suprema de Justicia, donde ya está a fallo la decisión sobre la detención de la dirigente jujeña. Con un dictamen de la Procuradora General, Alejandra Gils Carbó, que se pronunció por la liberación de Sala, los supremos deberán definir ahora también, la admisibilidad del recurso y si confirman o rechazan el fallo de Casación Penal.
No parece ser un buen momento para la defensa de los Derechos Humanos, ni siquiera en el ámbito del máximo Tribunal argentino, si tenemos en cuenta que el mes pasado tres supremos (Rosenkrantz, Rossatti y Highton) dictaron el vergonzoso fallo conocido como "el 2 x 1", mediante el cual se intentaba la liberación de genocidas condenados, aplicando de manera forzada un beneficio para el cómputo de las penas, que ya no se encuentra vigente en la legislación, y que era inaplicable a quienes pretendía beneficiar.
Las multitudinarias movilizaciones a lo largo y lo ancho del país, lograron que se sancionara una ley en el Congreso Nacional, que en los hechos frenó la aplicación de esa sentencia repudiable. Pero el criterio de la actual Corte Suprema está muy lejos de aquella que consideraba a los juicios por los crímenes de lesa humanidad como una "política de Estado", ello a pesar que tres de sus cinco integrantes, son los mismos que confirmaban los fallos condenatorios para los genocidas.

 

Rechazo en la CIDH.
Pareciera que, tal como pasó en los años de la dictadura videlista, no será ante los tribunales argentinos donde se podrá acudir para la defensa de los derechos humanos que nuestra Constitución Nacional garantiza. Como en aquella época trágica, habrá que recurrir ante los organismos internacionales, tal como ha pasado con el caso Sala, cuya detención fue considerada "arbitraria" por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de las Naciones Unidas.
La semana pasada, en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que depende de la Organización de Estados Americanos (OEA), fue excluido el candidato argentino a ocupar un lugar entre los tres nuevos comisionados que fueron designados.
Carlos Horacio de Casas, un abogado mendocino que había sido duramente cuestionado por organizaciones de Derechos Humanos, quedó en cuarto lugar y en consecuencia, ingresaron a la CIDH Joel Hernández (México), Flavia Cristina Piovesan (Brasil) Antonia Urrejola (Chile).
De Casas había sido nominado por el presidente Mauricio Macri, a pesar del rechazo que generó su candidatura por su falta de antecedentes en materia de DD.HH. y por haber sido defensor de un alto jefe de Inteligencia del Ejército, procesado por secuestros y torturas durante la última dictadura militar-cívica.
Según Clarín (22/06/2017), los cuestionamientos provenían de organizaciones como Human Rights Watch (HRW), ex presidentes de la CIDH, académicos de Derecho argentinos, y un "panel independiente de expertos", que lo señalaron como "el único candidato que no consideraban adecuado para integrar la Comisión".
El presidente Macri, a pocos días de asumir, intentó designar por decreto a los dos nuevos miembros de la Corte Suprema, en una clara violación al procedimiento para la integración del alto Tribunal. Posteriormente, el Congreso de la Nación convalidó esos nombramientos, y uno de esos integrantes -Carlos Rosenkrantz- fue el que promovió el fallo del "2x1", ampliamente rechazado por la sociedad.
Afortunadamente, la promoción de un candidato tan cuestionado como De las Casas para ocupar un lugar en un organismo como la CIDH, no tuvo esa suerte.

 


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