Lunes 15 de abril 2024

Una resolución que pone racionalidad

Redacción 12/03/2019 - 01.14.hs

La condición de Juicio Ordinario que recientemente diera la Corte Suprema de Justicia de la Nación a lo que inicialmente fuera un pedido por parte de nuestra provincia, es el comienzo de un reclamo de justicia iniciado legalmente por La Pampa en 2015, pero vigente en las voces de sus pobladores, artistas, y políticos más lúcidos desde hace muchos años.
El de la cuenca Desaguadero-Salado-Chadileuvú-Curacó -denominación impuesta por los efectivos argumentos pampeanos y la misma naturaleza en los años que activo el también llamado Sistema del río Colorado (su efluente original) es un ejemplo cabal de los desequilibrios y mezquindades que exhibe la política argentina desde hace al menos un siglo. Pensada muy tempranamente como una vía para sacar a los puertos atlánticos la producción del interior -Mendoza y San Juan especialmente-terminó escurriendo en su colector apenas unas decenas de litros por segundo, y eso no siempre. Y estamos hablando de un río que tenía un caudal medio del orden de los 200 metros cúbicos por segundo, superior el del río Colorado como puede advertirse.
Las provincias cuyanas, por donde escurren los principales aportantes de la cuenca, antes que una visión integral eligieron la estricta priorización de sus intereses despreciando, desde luego, toda la jurisprudencia respecto a los cursos interestaduales y, al no poder refutarla, maltratando la hidrografía al crear el absurdo concepto de "zanjón de desagüe" para con el río colector. El dislate se mantiene en forma explícita hasta la actualidad, cuando en una reunión "San Juan y Mendoza se manifestaron expresamente en contra de la creación del comité de cuenca por entender que el Desaguadero no es un río ni esto es una cuenca".
Desde luego que buena parte del sustento de esta actitud se debe a la Nación, que desde un principio abandonó al territorio de La Pampa primero y la provincia después. La pobre concepción estratégica y económica respecto al centro del país se amparó en las concepciones y armonías políticas de la capital, una situación repetida en el resto de la Argentina y que, en buena medida se mantiene hasta hoy.
Por más que los intereses de aguas arriba lo quieran disfrazar con conceptos falsos y trasnochados, la degradación de la cuenca es un ejemplo cabal de acción antrópica negativa, acaso de nivel mundial si se considera que estamos hablando de una superficie similar a la de Italia. La resolución de la Corte Suprema viene a poner racionalidad en un tema en cuyos argumentos se ha enseñoreado el absurdo.
Es legítimo señalar que buena parte de la resolución judicial es mérito del actual gobierno de la provincia que ha tenido la constancia de encauzar y mantener los reclamos, que otras administraciones trataban según los intereses políticos del momento. Así se le ha dado vigencia a un tema que, con irregularidades, se arrastraba desde hace más de cuarenta años. La Pampa reanimó el tema a través de los por entonces incipientes organismos de recursos hídricos, que incluso lograron el interés y la aquiescencia de provincias de la cuenca superior.
Esta readecuación del caso en el más alto nivel judicial parecería tiene que ver con las sucesivas presentaciones que realizara La Pampa sobre el tema y las convocatorias del Ministerio del Interior, prácticamente ignoradas por las provincias arribeñas con los absurdos argumento ya señalados. Pero también está relacionada con la reactualización de la disputa sobre el Atuel (una subcuenca del DSChC) en la que Mendoza trató de imponer argumentos muy similares, derrumbados por el fallo de la Corte Suprema que reconoció la interprovincialidad del río.

 

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