Martes 16 de abril 2024

Condenan a cinco presos por motín en la Alcaidía de Pico

Redacción 24/05/2022 - 00.06.hs

(General Pico) - El juez de audiencia de esta ciudad, Federico Pellegrino, condenó a cinco reclusos que el 26 de julio del año pasado protagonizaron un enfrentamiento en la Alcaidía de la Unidad Regional II de General Pico, en el que murió Luis Miguel "Mikota" De Titto. En el marco de un acuerdo de juicio abreviado, el magistrado sentenció por los delitos de coacción agravada y privación ilegal de libertad agravada a Gastón Exequiel Quintero (22), a cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo. También le impuso a Marcos Ariel Navarro (27) la misma pena, la cual le fue unificada con una anterior, componiendo la pena única de ocho años de cárcel.

 

En el caso de Miguel Alberto Pérez (26), fue sentenciado a tres años y nueve meses de prisión efectiva y se le unificó esa pena con una anterior, totalizando nueve años de prisión de cumplimiento efectivo. Durante el hecho, Pérez sufrió heridas punzo cortantes, y tuvo que ser hospitalizado y sometido a una cirugía. Este recluso permanecía alojado en la Alcaidía, donde cumplía una condena a nueve años de cárcel, por un violento robo en la zona de Rucanelo.

 

También fueron condenados Nicolás José Mignola (26) y Nicolás Nahuel Lopresto (29), a tres años y nueve meses de prisión de cumplimiento efectivo.

 

En el acuerdo firmado, el fiscal Juan Pellegrino y los defensores Guillermo Costantino y Norberto Paesani convinieron pedir la absolución de otros tres detenidos imputados por la aplicación del beneficio de la duda. En este legajo se condenó a los imputados por los delitos que damnificaron a los policías de la Alcaidía.

 

Sin embargo, se inició un segundo legajo por este mismo hecho, en el que se investiga a doce presos por el delito de homicidio en riña, en perjuicio de De Titto. La Fiscalía elevará la acusación contra ellos y la causa avanzará a juicio oral.

 

Los hechos.

 

Las pruebas aportadas en el acuerdo permitieron establecer que durante los últimos minutos del 26 de julio de 2021, cuando los dos encargados del turno noche de la Alcaidía UR-II de General Pico abrieron la reja de ingreso al Pabellón 2 a fin de ubicar a cada detenido en su celda, fueron abordados por los internos de ese pabellón. Quintero junto a De Titto se acercaron al guardia de turno, y el primero de los nombrados le puso un elemento cortopunzante en el cuello, manifestándoles "que le entregue las llaves del pabellón". El otro guardia de turno fue reducido por Lopresto, quien lo tomó del cuello. En tanto que Navarro, lo hirió en uno de sus brazos con un arpón, con la participación de Miguel Alberto Pérez, quien en todo momento le exigía al policía "que le entregara las llaves" que tenía en su poder.

 

En ese contexto, Mignola se hizo de las llaves y abrió la celda donde estaban encerrados otros dos detenidos. También se hizo de las llaves que estaban en poder del otro policía que forcejeaba con Quintero, quien en todo momento lo trataba de inmovilizar colocándole la faca en el cuello.

 

Una vez que redujeron a los guardias, Mignola abrió las rejas del Pabellón 1 y junto a Quintero, De Titto, Pérez, Lopresto, Navarro y otros tres detenidos enfrentaron a los reclusos que estaban allí alojados.

 

Argumentos.

 

Como consecuencia del hecho uno de los policías presentó varias escoriaciones en el antebrazo y brazo izquierdo y muñeca derecha, sin sangrado activo. El otro policía presentó escoriaciones en región anterior izquierda de región cervical sin sangrado activo.

 

"Las conductas ejercidas por los imputados Quinteros, Navarro, Pérez, Mignola y Lopresto, se encaminaron a retener a los guardias, bajo amenazas con armas, con la única finalidad de obtención de las llaves del pabellón para poder salir a agredir a los integrantes del pabellón vecino. No fue su finalidad la agresión del personal policial, sino obligarlos, contra su voluntad, de entregar las llaves que poseían. Sobre el resto de los imputados no fue posible determinar una conducta activa en la consecución del fin, de allí que al no determinar una actividad concreta se disponga su absolución", dijo el juez en el fallo.

 

Por último, el magistrado ordenó el cese de la medida sustitutiva de la prisión preventiva impuesta a uno de los imputados absueltos y la libertad de los otros dos absueltos, con relación a este legajo, siempre y cuando no se hallen detenidos por otros motivos.

 

Este hecho puso otra vez en debate el incumplimiento del cupo para presos pampeanos en el Servicio Penitenciario Federal, que obliga a que personas condenadas deban cumplir su pena en comisarías y alcaidías, con presos que aún afrontan un proceso penal en su contra.

 

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