Martes 23 de abril 2024

Litigio por la voluntad de un difunto

Redacción 13/11/2022 - 12.20.hs

La Sala 3 de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, integrada por Laura Cagliolo y Guillermo Salas, le dio la razón a la hija de un hombre fallecido, al considerar que logró acreditar la voluntad expresa del causante respecto del lugar de ubicación de sus exequias. La conviviente del causante intentó demostrar que no existió una voluntad expresa del difunto y, en consecuencia, por aplicación del artículo 61 del Código Civil y Comercial, tal decisión le corresponde.

 

Conforme la prueba testimonial rendida en el proceso incidental por algunos testigos y la declaración de parte, la jueza concluyó que se estaba frente a un supuesto de "voluntad expresa y no presunta del causante", por lo que decidió que "había expresado su voluntad en vida y de manera oral en el sentido de que sus restos se conserven en la bóveda familiar".

 

En función de ello autorizó el traslado de los restos del difunto a la bóveda familiar, impuso las costas a la incidentada vencida y reguló los honorarios de los abogados intervinientes.

 

Apelación.

 

Lo resuelto fue apelado por la última conviviente del difunto, por la violación del principio de congruencia en la resolución dictada, al entender, en este sentido, que la jueza interpretó la norma en forma errónea y arbitraria, además de contradecirse en la doctrina citada.

 

Ante esto, Cagiolo y Salas rechazaron la apelación y le volvieron a dar la razón a la hija del difunto, al considerar que pudo demostrar a través de los testigos, que por más que no había dejado su voluntad expresada por escrito, esa voluntad estaba clara.

 

Dispuso además que la pareja del difunto se hiciera cargo de las costas de segunda instancia en el orden causado (artículo 62, segundo párrafo del CPCC), regulándose los honorarios de los abogados intervinientes.

 

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