Martes 23 de abril 2024

Rechazan la recusación del juez de la quiebra

Redacción 14/10/2022 - 00.23.hs

El juez de primera instancia de General Acha, Gerardo Bonino, que lleva adelante la causa por la quiebra del Frigorífico de esa ciudad, rechazó ayer de manera contundente la recusación presentada en su contra y además impuso una multa al abogado Fernando Luis Buteler por considerar que "carece de la representación invocada" y que por lo tanto su intención de apartarlo "se torna temeraria al estar al tanto de la sinrazón, violando así el deber de actuar con lealtad y buena fe establecidos por la ley ritual".

 

A última hora de la tarde de ayer se oficializó la resolución firmada por Bonino, en la que rechazó la presentación del abogado de parte de los trabajadores "por falta de acreditación en la causa", esto es que no es parte del litigio en desarrollo.

 

Esta conclusión parte de que el Sindicato de la Carne, en forma oportuna, cedió sus derechos y acciones a Abel Eugster, presidente de Industrias Cárnicas San Miguel, que los compró y es el beneficiario de los créditos que pudieran corresponderle de parte de la firma FGA.

 

Desde aquella venta de derechos, en la que Buteler fue actor como representante legal del Sindicato de la Carne, el ahora multado siguió haciendo presentaciones arrogándose la representación que ya no le correspondía por lo menos en cuatro oportunidades, por lo que ahora esas acciones podrían ser motivo de análisis y posteriores acciones judiciales.

 

Resolución.

 

En su resolución de ayer, Bonino indicó que "como puede apreciarse, en la documental acompañada en las actuaciones nº 1816772 y 1816870, el "Sindicato de Obreros y Empleados de la Carne", representado por el mismo Fernando Luis Savid Buteler, celebró un "convenio de pago por subrogación -cesión de créditos- con el Abel Ángel Eugster, por el cual el subrogante queda en el mismo lugar y grado de prelación para el libre y pleno ejercicio de los derechos de cobro del crédito cedido frente a Frigorífico General Acha S.A., con absoluta subrogación legal. De ello no puede más que colegirse que el Dr. Fernando Luis Savid Buteler, en virtud de lo preceptuado por el art. 56 inc. 3º) del CPCyC, carecía de la representación alegada en las actuaciones nº 1523474 (09/05/2022), 1617358 (28/06/2022) y 1793158 (29/09/2022), como en la que por la presente se da respuesta.

 

Por otro lado, nunca se presentó en estos obrados invocado una representación distinta a la señalada, por lo que la recusación con causa, debe ser rechazada "in límine".

 

Buteler había cuestionado que el juez hizo "prejuzgamiento" al citar a una audiencia a las partes y avanzar en un plan de supuestas garantías de cobro para los ex trabajadores de la planta que pudieran acreditar esos derechos.

 

A pesar de no ser su obligación, Bonino escribió ayer que "tampoco según la ley, entraña prejuzgamiento la proposición de fórmulas conciliatorias en ocasión de propiciar una autocomposición entre las partes, cuando la labor judicial se ciñe a eso sin contener declaración acerca de la fundabilidad de la pretensión".

 

Tampoco esquivó Bonino responder respecto de su anterior decisión de dar vista a la fiscalía penal sobre la posible comisión de delito de estafa procesal por parte de Buteler y de tres de los integrantes del directorio de la quebrada empresa dueña del FGA. Al respecto, el magistrado consideró ayer que "en nada resulta ser una denuncia, solo reviste el carácter de "Vista" al Ministerio Público Fiscal a efectos de que analice y determine la posible comisión del delito de estafa procesal y/o el tipo o tipos penales que entienda aplicable/s al asunto de marras, tanto respecto de los hechos narrados, como los denunciados oportunamente por los trabajadores, así como por el Eduardo de la Iglesia.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?