Martes 24 de junio 2025

Adriana García asumió como síndica de la CEW

Redacción 08/11/2013 - 02.28.hs

(Winifreda/Corresponal)
El síndico debe fiscalizar la administración de la empresa social. Algunas entidades prohíben a los cónyuges y parientes de los consejeros desempeñarse en esa función. Esas incompatibilidades, al parecer, no estarían incluidas en el estatuto de la institución local.
La ex intendenta de Winifreda, Adriana García (PJ), asumió como síndica en la Cooperativa Eléctrica (CEW) de su pueblo natal. Ella formaba parte de la única lista que se presentó para la renovación parcial del Consejo de Administración en la asamblea general ordinaria de la entidad solidaria, celebrada el 31 de octubre.
García se suma a la sindicatura, órgano de control de la institución, después de haber sido precandidata a diputada nacional en las elecciones internas del Partido Justicialista realizadas el 11 de agosto pasado. Los consejeros titulares Javier Gómez (actual presidente de la CEW), Alcidez Kroneberger y José Alberto Orienti fueron reelegidos y continuarán en sus cargos dos años más. Los dos primeros formaron parte del gobierno municipal de la ex jefa comunal (1995-2003). Kroneberger fue Presidente del Concejo Deliberante y viceintendente durante ocho años, y en ese mismo lapso, Gómez se desempeñó como secretario tesorero.
Otro consejero titular que se sumó fue Angel Ré, actual intendente peronista de la localidad interconectada de Conhelo. Como consejeros suplentes seguirán Claudio Senestro (empleado municipal de Winifreda), Sergio Bellendir y Nora González. El síndico suplente es Fernando Putero.
El actual gerente de la CEW, Hernán Camps, es sobrino de García y fue candidato a intendente del PJ en los comicios municipales locales del 23 de octubre de 2011. Como se puede apreciar la mayoría de los miembros del consejo directivo responden al partido político que gobierna en el centro cívico provincial.

 

Ley 20337.
De acuerdo a la Ley de Cooperativas 20337, los síndicos tienen la responsabilidad de fiscalizar la administración de la empresa social cooperativa, a cuyo efecto examinarán los libros y documentos siempre que lo juzguen conveniente, examinarán periódicamente el estado de caja y la existencia de títulos y valores de toda especie, facilitarán el ejercicio de los derechos de los asociados, asistirán con voz a las reuniones del Consejo de Administración y controlarán que los consejeros cumplan con la ley, el estatuto social, los reglamentos internos y las resoluciones asamblearias.
Para mayor independencia y transparencia, el estatuto social de algunas cooperativas pampeanas impide desempeñarse como síndicos a cónyuges y parientes de los consejeros y gerentes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive. Esas incompatibilidades, al parecer, no estarían incluidas en el estatuto social de la CEW.

 


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