Viernes 21 de abril 2023

Condenado por abuso

Redaccion 18/05/2021 - 21.34.hs

(General Pico) – El juez de audiencia local, Federico Pellegrino, condenó ayer a seis años de prisión a un hombre que abusó sexualmente de la mujer con la que mantuvo una relación de pareja. Fue sentenciado por los delitos de «abuso sexual con acceso carnal» y «amenazas simples», como delitos continuados. Además, le unificó la pena con una que le fuera impuesta el 13 de mayo de 2019, componiendo la pena única de seis años de prisión efectiva, revocándole la condicionalidad de la condena anterior.
Los hechos denunciados, se debatieron el 4 de mayo, con la intervención de la fiscala Ivana Hernández y del defensor Alejandro Piñero.
A partir de las pruebas ofrecidas, el juez dio por acreditada la versión de la fiscalía, al asegurar que el imputado, sin poder precisar fecha ni hora exacta, sometió sexualmente a su pareja, en más de una oportunidad, por la fuerza y sin el consentimiento de ella. Además, probó que en reiteradas ocasiones, la amenazó de muerte.
La Fiscalía había pedido una pena de seis años de cárcel durante los alegatos finales, y también, que se le revocara la condicionalidad de una condena anterior.
En tanto, el defensor se pronunció por la absolución de su defendido, por aplicación del beneficio de la duda.

 

Abusos.
El juez dio por probados los hechos presentados por la fiscalía y dispuso la sentencia condenatoria del imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en forma reiterada, y amenazas simples, reiteradas, en concurso real.
«En virtud que la repetición y reiteración de abusos y amenazas en el tiempo y su imposibilidad de determinación en su cantidad, conforman la existencia de delito continuado, encontrándose presente los requisitos necesarios para su configuración, pluralidad de acciones, realizadas en un espacio de tiempo prolongado, con una misma víctima, con identidad de bien jurídico lesionado y un modo semejante de comisión», agregó.
Al momento de merituar la pena, Pellegrino consideró que «el pedido de pena efectuado por la fiscala resulta coincidente con la pena mínima prevista en la escala penal del delito abuso sexual con acceso carnal, por lo que ese monto resulta el límite a la jurisdicción».

 


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