Viernes 12 de abril 2024

Un oficio en las tinieblas de la ESMA

Redacción 21/10/2018 - 00.15.hs

En lo que fue la Escuela de Mecánica de la Armada, un grupo de treinta secuestradas y secuestrados logró permanecer con vida y ser liberado a causa de su 'condición traductora'.
Aída Arias *
En el ámbito argentino, desde las últimas décadas del siglo XIX, la tarea de traducir suele vincularse, e incluso reducirse, a solo uno de los órdenes simbólicos que dicha actividad reviste; a saber, el cultural o, en términos aún más específicos, el de la literatura. En este sentido, la representación social (y de tinte romántico) de quienes traducen, aún hoy, puede equipararse con la escena de un intelectual que realiza su traducción con la única compañía de sus diccionarios. Por lo tanto, en el marco de ese imaginario de soledad idealizado, su mayor problema suele cifrarse en la utopía de la equivalencia, en ese intento por 'decir (casi) lo mismo' (Eco, 2003), como si dicha práctica solo implicara una mímesis o reproducción en otras coordenadas temporales, espaciales y lingüísticas, sin vínculos con el contexto histórico y social.
Ahora bien, la traducción no solo reviste el orden de lo simbólico. Esta práctica también presenta una "dimensión antropológica nítida" (Willson, 2010) que, aunque menos visibilizada en los principales estudios acerca del tema, implica una asimetría tanto en la valoración que socialmente se le otorga a una lengua y cultura por sobre otras (aquellas que 'se deben' aprender y traducir vs. 'las que no') como en los vínculos que los sujetos establecen entre sí. Por ello, esta segunda dimensión, entendida por la teórica argentina Patricia Willson en términos de "real", pone en escena distintas relaciones de poder que juegan un papel determinante en las dinámicas de los grupos sociales y/o lingüísticos, ya que pueden afectar de manera directa no solo los derechos civiles y políticos de las personas en contacto, sino también, en un caso extremo, su vida.

 

Rol sociopolítico.
El papel sociopolítico que cumplen las y los traductores se verifica en los distintos roles que, a lo largo de la historia, les toca desempeñar. En algunos casos, participaron de manera deliberada en contextos de explícita legalidad; tal como sucede con los intérpretes en los innumerables procesos judiciales del siglo XX. En otros casos, y por el contrario, quienes traducen pueden resultar 'esclavos' de su saber y, en consecuencia, padecer la imposición de traducir en tanto requisito para -en términos literales- no morir. Dicha escena se registra en el contexto de la última dictadura cívico militar argentina (1976-1983), al interior de uno de los centros clandestinos de reclusión, tortura y exterminio (CCDTyE) más grandes del país: la Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), actual Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos. Allí, a partir del año 1977, un grupo de alrededor de treinta secuestradas y secuestrados logró permanecer con vida y ser liberado a causa de su 'condición traductora'.

 

El staff en la "pecera".
Entre las múltiples violaciones a los Derechos Humanos que llevaron adelante las sucesivas Juntas Militares, además de los secuestros, las torturas, las desapariciones, las apropiaciones ilegítimas de recién nacidos, el robo de bienes personales y la falsificación de títulos de propiedad y documentos varios, también se encuadra el trabajo en forma de esclavitud. En algunos de los centros clandestinos montados en las distintas provincias del país, el trabajo forzoso de quienes se encontraban privados de su libertad constituyó una práctica corriente, ya que los militares a cargo ejercían un control casi total sobre los cuerpos de los réprobos.
El mencionado modus operandi hizo posible que en el predio de la ESMA, al interior del Casino de Oficiales ubicado sobre Avenida del Libertador, se establecieran espacios comunes a torturados y torturadores. La también denominada 'casa' de los Oficiales cuenta -pese a las reformas realizadas adrede- con un sótano y, por sobre este, una planta baja con dos pisos superiores, más un gran altillo. En este último espacio, junto a las improvisadas salas de tortura ("Capucha" y "Capuchita"), de maternidad clandestina y de acumulación de objetos saqueados ("Pañol"), se instalaron las oficinas de la "Pecera". Y fue allí, en los límites de este ambiente cuyo nombre se debe a los paneles de acrílico transparente que lo estructuraban, donde el denominado staff de alrededor de treinta secuestrados realizó sus traducciones como forma de resistencia y alternativa al exterminio; como único medio posible para, cuando fuesen liberados, dar testimonio de lo ocurrido.

 

Qué hacían.
Las y los secuestrados que integraban el staff y permanecían en la "Pecera" constituían un núcleo pequeño, en relación con esa inmensa mayoría (se calcula un número aproximado de cinco mil personas), que siguió el destino de secuestro-tortura- 'vuelo de la muerte'. Ello se debe a que sus integrantes habían sido seleccionados por su formación o experiencia profesional con la escritura y por sus conocimientos específicos de aquellas lenguas cuyos países, en la geopolítica de mediados de la década de 1970, eran relevantes para las Fuerzas Armadas: Inglaterra, Estados Unidos, Francia y Alemania.
De tal modo, y según los testimonios de Miriam Lewin de García, Lisandro Raúl Cubas y Martín Gras compilados en el libro Nunca más, durante su cautiverio debieron traducir los documentos o materiales audiovisuales que les suministraba la Oficina de Prensa del Ministerio de Relaciones Exteriores. Estos, en su gran mayoría artículos periodísticos y documentales en VHS, estaban vinculados con la imagen que se difundía en el extranjero de la República Argentina y con las denuncias de violación a los Derechos Humanos firmadas por periodistas internacionales enviados al país o por los exiliados argentinos.
A su vez, y en ocasiones menos numerosas, el staff dejó de traducir al español para hacerlo desde esta lengua a otras. Así lo afirma Adriana Marcus con respecto a un documento sobre la formación de las organizaciones armadas en Argentina que debió traducir al alemán, y también lo declara Juan Manuel Miranda en relación al dossier de Montoneros que, junto a otros, tradujo al inglés.

 

Supervivencia.
Por lo tanto, estas traducciones, las 'otras', las que conforman casos particulares e incluso extremos son las que constituyen puntos de partida posibles para reflexionar sobre la traductología desde un enfoque sociológico distinto, ni último ni superador, porque en ellas, por sobre la utopía de la equivalencia, prima la supervivencia. Supervivencia que, al interior del staff, fue acordada a partir de ciertas "líneas" de actitud al momento de traducir. Entre otras, por ejemplo, se destaca la idea de "enfatizar la necesidad de terminar con la desaparición de los secuestrados debido al costo político que ello implicaba" (Calveiro, 2014). Así, la puesta en contexto de la 'dimensión real' que singulariza las estrategias de traducción llevadas a cabo por las y los secuestrados en la "Pecera" permiten comenzar a pensar el rol de los factores ideológicos que, del modo más atroz, signó la 'condición traductora' de ese grupo menor de la ESMA. De ese staff que, en su paradójica categoría de 'desaparecidos', fue el encargado de traducir y redactar los informes para desmentir "la creencia de que acá había campos de concentración y desaparecidos, nada más alejado de la realidad" (Lewin de García. Informe CONADEP. Legajo N° 2365).

 

Sin ley ni derechos
Desde el año 1991, cada 30 de septiembre se celebra el Día de la Traducción. La fecha fue establecida por la Federación Internacional de Traductores (FIT) en relación con el día del fallecimiento de Jerónimo de Estridón (347-420), pensador cristiano que tradujo la Biblia del griego y del hebreo al latín hacia fines del siglo IV.
Las y los traductores de la República Argentina aún no cuentan con una ley actualizada que regule su actividad laboral, mejore sus condiciones y proteja sus derechos autorales. El marco legal vigente, que rige el trabajo de quienes traducen, fue promulgado hacia el año 1933 bajo la Ley 11.732 de Propiedad Intelectual. Esta, lejos de reconocerlos como autores, los reduce a prestadores de servicios, ya que permite a quien efectiviza el pago acordado, editar, corregir, fragmentar, modificar o vender la traducción sin previa consulta ni nueva retribución económica al traductor. (A.A.)

 

* Estudiante de Letras, UNLPam

 

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