Sabado 27 de abril 2024

Hidroeléctricas: Río Negro fijará un costo por la concesión

Redaccion 12/03/2024 - 14.10.hs

El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, presentó hoy un proyecto de ley en la Legislatura para ratificar la propiedad de la provincia de los recursos naturales y, particularmente, su facultad en la concesión del uso del agua pública y su obligada intervención en las concesiones hidroeléctricas, que vencen próximamente.

 

Según informó el diario Rçio Negro, con esa iniciativa -que el oficialismo pretende dar tratamiento en la sesión legislativa del próximo jueves- esa provincia “fijará una retribución por uso especial de aguas pública por la generación de energía hidroeléctrica en aprovechamientos multipropósitos”.

 

El expediente parlamentario tendrá su inicial análisis en el Plenario de Comisiones, que se reunirá este martes.

 

Este impulso gubernamental se orienta a un posicionamiento institucional de Río Negro frente a la discusión con Nación por la participación provincial en los nuevos contratos. Busca -dice en los fundamentos del proyecto- a “llevar claridad y dar seguridad jurídica ante el posible cambio de escenario” y “resalta en forma concreta y manifiesta, la imprescindible necesidad de que a la par de la concesión para la generación de energía hidroeléctrica que otorgue en cada caso el Estado Federal” (según la ley nacional 15.336), la Provincia de Río Negro “otorgue la pertinente concesión de su uso de las aguas públicas” para la generación hidroeléctrica, en “virtud de las normas constitucionales y del Código de Aguas.

 

Inicialmente, el Ejecutivo recuerda que el artículo 124 de la Constitución Nacional reconoce a las “provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio” y, luego, se recurre al artículo 71 de la Carga Magna provincial en relación al régimen de aguas, con su posterior sanción del correspondiente Código.

 

En una semana.

 

Esta norma precisa el “uso común” y el “especial” del recurso. El primero es el “genérico, libre y gratuito” de las aguas públicas mientras que el otro fija que “nadie puede usar la fuerza hidráulica sin la concesión, autorización” o permiso provincial.

 

Explica que “los usos hidroeléctricos más importantes por su magnitud son indudablemente los que realizan las empresas privadas que explotan  las centrales emplazadas en el curso del río Limay, compartido con Neuquén”, como El Chocón-Arroyito, Piedra del Águila, Alicurá y Pichi Picún Leufú. Salvo este último caso, los restantes contratos originales vencieron aunque el Estado de la Nación prorrogó el 19 de enero por 60 días el período de transición, es decir, vencerán en una semana.

 

El gobierno provincial, con su par neuquino, planteó “rediscutir la cuestión sobre la base de lograr una participación activa” de ambos Estados en una “administración compartida de las presas en cuestión, en tanto nos compete el dominio originario de recurso agua”. Pero, ratifica que las provincias “no fueron invitados a las tomas de decisiones” y, por eso, es “imprescindible regular y actualizar con mayor precisión” lo previsto por la Constitución provincial y el Códigos de Agua.

 

Así, el articulado ya prevé la “concesión de uso de aguas públicas de dominio público provincial”, con “destino a la generación de energía hidroeléctrica sujeta a la administración del Estado Nacional”, bajo el marco jurídico de Río Negro.

 

Establece que “el interesado”, previo al contrato con Nación, debe “solicitar la correspondiente concesión de uso de aguas públicas ante el Departamento Provincial de Aguas y obtener la sanción de la ley respectiva”.

 

Prioridad.

 

El punto 3 reafirma el “orden de prioridad o preferencia para el uso del agua”, empezando por la “bebida y los usos domésticos de las poblaciones ribereñas, el riego y luego la producción de energía”.

 

Después se hace referencia a la “retribución por el uso” para la generación de energía hidroeléctrica y, para eso se considerará el “volumen utilizado y las características específicas”. Se precisa que el monto “no podrá superar el 5 % de lo “facturado por toda venta” que el concesionario realiza al Mercado Eléctrico Mayorista. Para ese cálculo, “en los casos” del curso que sea límite interprovincial “se tomará el 50%.

 

Además, se fijan sanciones frente a incumplimientos, entre ellos, la carencia de pedido al DPA y, finalmente, se ratifica que “ninguna de las disposiciones” del proyecto “implica ni podrá ser interpretada como una renuncia de parte de la Provincia a la reivindicación de sus facultades indeclinables como titular del dominio y administración de los recursos hídricos existentes en su territorio”.

 

 

 

 

 

 

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