Manuel García Mansilla renunció a la Corte Suprema de Justicia
Jaqueado tras el rechazo de su pliego en el Senado y la cautelar del juez federal Alejo Ramos Padilla para impedirle decidir en los asuntos de la Corte Suprema, este lunes renunció Manuel García Mansilla, quien había jurado como juez del máximo tribunal el pasado 27 de febrero en un acto secreto luego de ser designado en comisión por un decreto del presidente Javier Milei.
En las últimas horas, fuentes del Poder Judicial habían dejado trascender que el Gobierno nacional había presentado un per saltum -con la firma, entre otros, del procurador del Tesoro de la Nación, Santiago Castro Videla-, para que se suspendiera la medida cautelar dispuesta por Ramos Padilla.
En el ámbito político y judicial hay quienes leyeron ese pedido como una maniobra desesperada de la administración ultraderechista para estirar la agonía, mientras que hay otros que sostuvieron que se trató de una estrategia para darle una salida más digna a García Mansilla y que su renuncia pareciera una decisión personal y no una respuesta a la cautelar de Ramos Padilla.
Las alarmas sobre el futuro del exdecano de la Universidad Austral en el máximo tribunal se terminaron de encender el viernes pasado, cuando después del cachetazo que recibió en el Senado, no se presentó a trabajar. Nadie lo vio por el despacho en el cuarto piso del Palacio de Justicia que hizo pintar a su gusto en cuanto asumió, como quien se proyecta por mucho tiempo en la Corte Suprema pese a estar designado en comisión.
La noche anterior, después de la votación en el Senado que rechazó su pliego por 51 votos y de la medida cautelar del juez federal Alejo Ramos Padilla que le ordenó abstenerse de firmar fallos y decisiones administrativas, echó a rodar la versión de que les pediría opinión a sus compañeros de tribunal acerca de qué hacer. ¿Me quedo o me voy? No lo hizo por escrito. Pero al final tampoco se comunicó con los supremos.
El único miembro de la Corte en hacer pública su opinión sobre la situación de García Mansilla fue el supremo Ricardo Lorenzetti, cuando dijo que "es una decisión personal que él estará evaluando" y que la Corte judicialmente no tiene nada "para opinar" al respecto.
"Yo nunca aceptaría ser designado por decreto, lo dije infinidad de oportunidades, y creo que hay que ser coherentes", remarcó Lorenzetti, quien recordó además que aquella fue su posición cuando el expresidente Mauricio Macri nombró por decreto a sus actuales colegas Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, quienes al final -tras un gran revuelo- obtuvieron acuerdo del Senado.
"TIENE QUE RENUNCIAR".
El exjuez de la Corte Suprema Juan Carlos Maqueda, que se jubiló en diciembre pasado con 75 años, fue más directo y dijo, en una entrevista periodística publicada este domingo, que García Mansilla tiene que “acatar” el rechazo del Senado y renunciar.
"La Constitución establece que para designar un juez de la Corte tiene que participar el Poder Ejecutivo, a través del presidente que lo propone, y el Poder Legislativo, a través del Senado, que decide si le da acuerdo. Se trata de un acto complejo que no se puede simplificar", señaló Maqueda.
En un breve repaso por la historia argentina, el exjuez de la Corte señaló que García Mansilla "fue designado por un artículo que contempla la excepcionalidad en la Constitución", que "fue establecido en la Constitución en la reforma de 1860".
En el pasado, recordó, ese artículo "era muy comprensible porque en aquella época el Congreso trabajaba solamente 5 meses desde el primero de mayo al 30 de septiembre y los senadores se volvían a sus provincias en carretas. No había ni siquiera ferrocarril. Era un período muy corto el que tenía el Senado para dar el acuerdo. La posibilidad de que la Corte Suprema de Justicia quedara vacante era muy seria. Entonces, el constituyente de 1860 estableció que se podía designar en comisión y le puso como límite que no podía exceder del año. El año parlamentario en aquella época terminaba el 30 de septiembre y hoy termina el 30 de noviembre. Nos encontramos ante un caso excepcional histórico".
En ese sentido, continuó, "debo decir que la primera sorpresa es de tipo político porque el Presidente designó en comisión a un juez de la Corte tres días antes de que termine el periodo extraordinario (cuyo pliego) se venía tratando desde hace un año atrás. Fue una bravuconada, una provocación al Congreso. Y el Congreso obviamente que iba reaccionar y la sesión (del jueves) era esperable. Entonces yo con esa filosofía que es la del acto complejo, creo si el acuerdo se niega, como es el caso que usted me plantea específicamente, ya nunca más va a poder ser un juez permanente. Entonces, hay que acatar lo que lo que dice el Senado (...) Yo soy de los que cree que al no darle acuerdo del Senado tiene que tiene que renunciar", concluyó Maqueda.
EL BREVE PASO DE GARCIA MANSILLA POR LA CORTE.
García Mansilla juró como juez nombrado por Milei por decreto, en comisión, en un acto secreto en la Corte el 27 de febrero último al mediodía. Esperaba el aviso, dice el relato instalado en Tribunales, en el bar Petit Colón de la esquina de Libertad y Lavalle. La noticia llegó a algunos medios mientras el acontecimiento ocurría solo en presencia de los supremos, de secretarios y del viceministerio de Justicia, Sebastián Amerio. El ministro Mariano Cúneo Libarona no había sido invitado. El constitucionalista Gil Domínguez hizo notar después de un pedido de acceso a la información que se omitieron actos administrativos básicos como pedirle que suspenda la matrícula de abogado (lo hizo por su cuenta) y que presente la lista de sus clientes, para excusarse.
La primera decisión de la que participó García Mansilla en la Corte fue rechazarle la licencia como juez federal al otro nombrado con la misma metodología, Ariel Lijo, cuyo pliego tampoco tuvo aprobación del Senado. Desde su desembarco, según el sistema de consulta de sentencias de acceso público, firmó 214 fallos y más de 30 resoluciones administrativas. En el tribunal estiman que se vienen planteos de nulidad sobre las sentencias que suscribió. También fue recusado, no solo por Cristina Fernández de Kirchner en la causa "Vialidad" -quien señaló que no puede, nombrado por Milei y en comisión, ser un juez imparcial- sino, por ejemplo, por la Fundación Mujeres por Mujeres en una causa donde un grupo de ciudadanos salteños piden que se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Es harto conocida la posición antiaborto del juez en comisión.
Al tomarle juramento en el tribunal no fue tema de preocupación que García Mansilla hubiera mentido ante el Senado al decir tres veces en la audiencia pública que no aceptaría un nombramiento en comisión. Esto sí fue un argumento en el Senado, así como la falta de mujeres en el tribunal, algo que incluso fue planteado por la Red de Mujeres para la Justicia en un per saltum ante la propia Corte, que reclama paridad de género, y que está en el radar de los cortesanos. A ellos, más allá de los arriesgados movimientos que asumen, no se les escapan detalles: al final de la acordada sobre la licencia de Lijo tomaron un recaudo a futuro, ya que aclararon que no estaban emitiendo "juicio alguno sobre la validez y el alcance del decreto n° 137/2025", el de los nombramientos en comisión.
Quien adelantó un análisis fue Ramos Padilla al dictar una medida cautelar en un amparo donde varias organizaciones (CEPIS, Poder Ciudadano, ACIJ, INECIP, CELS) pidieron la inconstitucionalidad de los nombramientos por decreto. Señaló que "evadir los consensos políticos compromete la estructura del sistema democrático y republicano, eliminando la función de control" del "Senado y poniendo en riesgo los principios de división de poderes e independencia judicial".
Entre el fárrago de decisiones que García Mansilla firmó en este tiempo, se tomó el trabajo de hacer votos propios. En uno criticó con particular ahínco a la Corte de los tiempos de Néstor Kirchner al dejar sin efecto (en consonancia con el resto) un fallo que validaba la aplicación del convenio 173 de la Organización Internacional del Trabajo, en defensa de los trabajadores, que había aprobado el Congreso. El nuevo reproche para revertir la jurisprudencia era que no había pasado por el Ejecutivo. También firmó el sobreseimiento del juez marplatense Pedro Hooft, implicado en la desaparición de abogados laboralistas en La Noche de las Corbatas, y suscribió el rechazo a avalar como travesticidio el crimen de la activista trans Diana Sacayán.
LA DENUNCIA.
Esta es la denuncia escrita expuesta por García Mansilla:
De mi mayor consideración: Me dirijo a Usted a fin de presentar la renuncia indeclinable al cargo de juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para el que fui nombrado, en comisión, por el decreto 137 del 26 de febrero de 2025. Acepté ese nombramiento con la convicción de que la falta de integración de la Corte Suprema era un grave problema institucional que requería una solución urgente. Se habían generado dos vacantes en la Corte Suprema, que quedó reducida a solo tres miembros desde el 29 de diciembre de 2024. Sin embargo, una de las vacantes existentes a esa fecha tenía ya más de tres años. Es francamente sorprendente que, a pesar de la importancia y del peso que tiene cada juez en un tribunal con una integración tan reducida, se hubiera naturalizado la existencia de una vacante sin cubrir durante un lapso tan prolongado. A esa anomalía institucional se le había sumado una nueva vacante, que agravó aún más la situación y que, incuestionablemente, requería también ser cubierta sin dilaciones. Existen quienes creen de manera errónea que la Corte Suprema puede funcionar con solo tres jueces. Esto es, lisa y llanamente, un espejismo institucional que puede causar un daño incluso mayor que el que ya ha causado la demora en integrar el Tribunal. En primer lugar, porque el funcionamiento con conjueces dista de ser el ideal. Se resuelven casos, sí, pero no en la cantidad y el ritmo que exige la Corte. Tampoco con la coherencia técnica con que se lo puede hacer cuando está integrada. A partir de la ilusión de creer que el Tribunal está funcionando con cierta normalidad, se pierde de vista que eso es una mera apariencia y así se acumulan problemas sin resolver. Con el correr de los meses la demora causada por ese funcionamiento irregular afecta en concreto la actividad del Tribunal, y fundamentalmente la vida de nuestros conciudadanos, que ven demorada la resolución de las disputas que someten a su decisión. No es casualidad que, por este y otros motivos, al día de la fecha la Corte Suprema tenga unos 90.000 expedientes pendientes de resolución. En segundo lugar, la errónea creencia de que el Tribunal puede funcionar de esta forma ayuda a sostener una actitud de verdadera indolencia e indiferencia de algunos sectores de la política. Por sostener esa creencia, se termina soslayando un problema institucional muy serio. Así es como, en definitiva, se oculta una realidad innegable: la integración de la Corte Suprema no admite más demoras. Es de carácter urgente.
Al momento de aceptar el nombramiento en comisión, consideré que debía asumir la responsabilidad de colaborar con la inmediata solución a ese grave problema. Mantener un tribunal incompleto, con un riesgo evidente de parálisis, habría sido rehuir de lo que considero una obligación para cualquier abogado. Tampoco sería sensato que, como ya se ha hecho, se siga demorando su integración. Suponer que debía esperarse a que se configurara un escenario de parálisis del más alto Tribunal de la Nación habría sido, a mi juicio, no solo una imprudencia evidente, sino también una grave irresponsabilidad. No puede perderse de vista que si alguno de los tres integrantes actuales tuviera algún impedimento, fuera temporario o permanente, la Corte Suprema se vería imposibilitada de funcionar. Es irrazonable, e innecesario, correr ese riesgo. Por eso, no se podía ni se puede mantener hoy esta situación por mucho tiempo más. Por supuesto, podría haber adoptado una posición cómoda y no asumir la responsabilidad que la situación demandaba. Habría sido, sin dudas, el camino más fácil. Sin embargo, entendí que lo correcto era eso, pese a las críticas injustas e interesadas que recibí de aquellos que eligen cuestionar en lugar de involucrarse. Valoré también que, en mi caso, el nombramiento en comisión era constitucional ya que se ajustaba estrictamente a cada una de las condiciones de validez que exige el art. 99, inc. 19, de la Constitución Nacional para que Usted pudiera ejercer esa atribución. En la audiencia pública del 28 de agosto de 2024 en la Comisión de Acuerdos del Senado defendí la constitucionalidad de los nombramientos en comisión. En esa misma oportunidad, al ser consultado por un artículo que publiqué a fines de 2015 en el que había expuesto algunas de las razones por las que considero que esos nombramientos de carácter temporario son constitucionales, expliqué que existen numerosos antecedentes en nuestra historia constitucional y que incluso hay precedentes de nuestra Corte Suprema y del derecho comparado que tratan sobre el tema. Después de dejar en claro y reafirmar mi opinión jurídica sobre la cuestión, agregué que, a pesar de ello, ese tipo de medidas requerían también de un análisis de los contextos en los que se toman para poder valorar su impacto en las instituciones. Respondí que, en la hipotética situación de haber sido uno de los jueces nombrados en comisión en 2015, no habría aceptado ese nombramiento en comisión. Aclaré inmediatamente después que la valoración que hacía era a partir de una mirada retrospectiva, esto es, a partir de información posterior que me había permitido reflexionar sobre el impacto de un hecho concreto en el pasado. Cualquier persona intelectualmente honesta sabe que, por un sinfín de razones, la realidad de 2015 no es la misma que la de hoy en 2025. A pesar de ello, en las últimas semanas hubo quienes me acusaron directamente de haber pretendido engañar a los senadores presentes ese día. Es más, esa fue la inverosímil excusa que utilizaron algunos senadores para pretender fundar su rechazo a mi pliego por una supuesta falta de idoneidad moral. Mediante un recorte intencionalmente tergiversado de lo que contesté en ese momento, intentaron adjudicarme el haber dicho que jamás aceptaría un nombramiento en comisión en la Corte Suprema, sin importar el contexto de ese nombramiento. Eso es falso. Nunca afirmé que no aceptaría en ningún caso, o bajo ningún punto de vista, un nombramiento en comisión como juez de la Corte. Nunca asumí ante los senadores presentes ese día un compromiso de no aceptar un nombramiento en comisión, sin importar el contexto en que se diera. Basta ver la versión taquigráfica completa de esa audiencia pública para comprobar de forma fehaciente lo que digo (y no un video recortado y editado, preparado sin dudas para engañar). Lo que sí hice en aquel momento fue dar una respuesta hipotética a una pregunta que también lo era, respecto de hechos que sucedieron a fines de 2015. Aclaré expresamente que esa respuesta la daba a partir de una reflexión posterior “con el diario del lunes”. Dos veces dije que no habría aceptado un nombramiento en comisión en un contexto como ese. Al final de mi respuesta, lo hice por tercera vez y utilicé el tiempo verbal condicional simple (“no aceptaría un nombramiento en comisión”) que lleva implícita la idea de que hay circunstancias que impiden el cumplimiento de esa proposición1 (en este caso concreto, por ejemplo, que haya circunstancias objetivas ―tales como las que hoy existen― que exigen asumir responsabilidades institucionales ineludibles). Por eso aclaré, inmediatamente después, “esto, con el diario del lunes”, frase que, de manera llamativa, ha sido ocultada por quienes pretenden cuestionarme. Esa respuesta jamás puede constituir afirmación de un compromiso futuro, y esas circunstancias que destaqué no se volvieron a producir. No existen hoy, ni existieron al momento en que se dictó el decreto 137/25. No hace falta abundar en la comparación entre el contexto en que se dictó el decreto 83/15 y el del decreto 137/25. Además del problema que advertí, causado por años de demora en cubrir una de las vacantes en la Corte, agrego solo una diferencia a modo ilustrativo: en diciembre de 2015, ni la ciudadanía ni el Senado habían podido opinar y actuar de forma previa al dictado del decreto 83/15 y escrutar como corresponde a los dos jueces nombrados en comisión. La situación actual es diametralmente opuesta: el 20 de marzo de 2024, el Poder Ejecutivo anunció la nominación de ambos candidatos para llenar las vacantes en la Corte Suprema. En el marco del decreto 222/03, todos los ciudadanos del país pudieron analizar los antecedentes de ambos candidatos, repasar su experiencia y trayectoria profesional, formular objeciones de todo tipo, hacer preguntas y cuestionar o apoyar de diversas formas a los candidatos. Esa participación se repitió y se extendió luego durante el trámite en el Senado. Miles de personas pudieron repasar esos antecedentes durante meses, firmar cartas de adhesión o rechazo, presentar objeciones y formarse una opinión fundada sobre la idoneidad de las personas propuestas. Después de ese proceso de participación ciudadana, se siguieron puntillosamente todos los trámites previstos en el Reglamento de la Cámara de Senadores de la Nación hasta concretar las audiencias públicas con ambos candidatos. Cada senador tuvo oportunidad de revisar los antecedentes académicos y profesionales, de estudiar las adhesiones e impugnaciones, de reunirse en persona con los candidatos si así lo deseaban, de formular preguntas en esas audiencias públicas e incluso de analizar todas las presentaciones efectuadas por las diversas partes interesadas. De esta forma, tuvieron tiempo más que suficiente para formarse un juicio de valor sobre ambas nominaciones mucho antes de que se dictara el decreto 137/25. No había ningún otro trámite pendiente para que el Senado decidiera aprobar o rechazar mi pliego. A pesar de ello, no solo se dejó que terminaran las sesiones ordinarias de 2024 sin hacer nada concreto, sino que se hizo caso omiso al llamado a sesiones extraordinarias en febrero de 2025. En mi caso, no hubo pronunciamiento alguno del Senado, ni siquiera de la Comisión de Acuerdos. ¿Qué más necesitaban analizar los senadores para tomar una determinación y aprobar o rechazar el pliego? Nada. La responsabilidad institucional dictaba que debían pronunciarse de inmediato. La única razón por la que no lo hicieron fue, lamentablemente, la mera especulación política. Luego del nombramiento en comisión, todos los jueces de la Corte Suprema me tomaron el juramento previsto en el art. 112 de la Constitución Nacional. Me integré inmediatamente a los acuerdos del Tribunal y resolví junto con mis colegas numerosas causas. La primera de ellas fue el rechazo al pedido de licencia presentado por el Dr. Ariel Lijo. Recién ahí, una semana después de que acompañara ese rechazo y ante de la posibilidad cierta de que interviniera en casos de trascendencia pública, es que se activó una definición en la Comisión de Acuerdos que derivó luego en la sesión del 3 de abril en la que se rechazó mi nominación. Es evidente que no hay una real consciencia de la dimensión del problema que toda esta desidia institucional ha venido causando en los últimos años. La decisión que Usted tomó con el decreto 137/25 rompía con ese círculo vicioso. Por eso la acompañé, convencido de la estricta constitucionalidad de la medida y de que había que dar un paso en esa dirección. Sin embargo, es indudable también que hay una gran parte del sector político que acepta sin mayor cuestionamiento que queden sin cubrir cargos de trascendencia, incluidas las vacantes en la Corte Suprema. Basta ver lo que ocurre con la falta de nombramiento de un Procurador General de la Nación definitivo -que se demora hace más de siete años-, del Defensor del Pueblo -que está vacante hace más de 15 años-, o de la enorme cantidad de vacantes que también existen en fiscalías, defensorías y los más de trescientos cargos sin cubrir en juzgados de primera instancia y tribunales de cámara a nivel federal. En el caso del poder judicial federal, esa situación de verdadero vacío fue denunciada públicamente hace ya más de veinte años. A eso hay que sumarle la incomodidad manifiesta de ciertos sectores con la posibilidad de que existan jueces independientes, que no tengan contactos con la política tradicional y que puedan tomar decisiones libres, ajustadas a derecho. La inacción, la indolencia y el desprecio por la independencia del Poder Judicial, en todos estos casos, es francamente escandalosa. Toda esta situación genera una evidente falta de justicia que, entre otras cosas, es funcional al narcotráfico, a la explotación y trata de personas, así como a la corrupción crónica que padecemos. En definitiva, a todo aquello que nos condena de modo inexorable al fracaso y a la miseria del subdesarrollo.
A partir de la misma convicción con la que asumí el nombramiento en comisión con que Usted me honró, considero que, debido a la decisión tomada por el Senado de la Nación de rechazar el pliego oportunamente enviado en el marco del art. 99, inc. 4, de la Constitución Nacional, tengo que hacer todo lo que esté a mi alcance para facilitar que se agilice el proceso para que se cubran de una buena vez las vacantes que existen en la Corte Suprema. No desconozco que tanto el artículo 99, inc. 19, de la Constitución Nacional, como, entre otros, la doctrina de los precedentes “Dura” (Fallos: 163:309), “Lastra” (Fallos: 206:130), “Montero” (Fallos: 241:151) y “Venini” (Fallos: 286:23), me permitirían continuar en el cargo hasta el 30 de noviembre, o hasta la fecha en que finalicen las eventuales sesiones de prórroga, o hasta que se nombre un reemplazo con acuerdo del Senado. Sin embargo, estoy convencido que mi permanencia en el cargo no ayudaría a que los responsables de integrar debidamente el Tribunal tomen consciencia de la seriedad de este problema y actúen en consecuencia. Tal vez este episodio y esta renuncia sirvan de advertencia para que se den cuenta de una vez de que la integración de la Corte Suprema, y de todo el Poder Judicial federal, es urgente y que deben dejarse de lado las mezquindades que parecen haberse impuesto hace mucho tiempo. Resulta imperioso que se eviten en el futuro las notorias demoras que se dieron en el Senado en el tratamiento de los pliegos enviados por el Poder Ejecutivo. Los poderes políticos tienen una responsabilidad institucional ineludible. La República Argentina necesita un Poder Judicial fuerte e independiente y no uno que sea funcional a sus intereses coyunturales, sean políticos o personales. Nuestro país debe estar por encima de todo y de todos. Empecé la carta como juez; la termino ahora como ciudadano. Creo que el proceso de transformación que la República Argentina depende de una condición indispensable para que tenga éxito, se consolide y se encarne en cada uno de los argentinos: que exista un Poder Judicial recto, decente e independiente, integrado por jueces que apliquen estrictamente el derecho vigente tal cual es y no tal como les gustaría que fuera. El día que contemos con un Poder Judicial integrado en su totalidad con jueces rectos, honestos, capaces e independientes y apegados a la Constitución y a la ley, nuestro país tendrá una gran parte de su futuro asegurado. Agradezco a aquellos colegas de la Corte Suprema que me acogieron como a un par y me trataron con dignidad y respeto. Agradezco también a todo el personal del Tribunal que todos los días trabaja con el orgullo de defender una de las instituciones más importantes del país. No los voy a olvidar.
A usted le agradezco la oportunidad que me diera de poder servir a mis conciudadanos. Aunque me hubiera gustado hacerlo por más tiempo y en otras circunstancias, mi permanencia en el cargo no va a facilitar la integración de la Corte Suprema, sino todo lo contrario: será una excusa más para distraer la atención de aquellos que tienen que aportar una urgente solución a un problema que ya es de larga data. Tenga la plena convicción que, durante el tiempo que me tocó cumplir las funciones que me fueron encomendadas, honré el compromiso de desempeñar mis obligaciones como juez, de forma independiente, recta e imparcial, sin distinción de persona alguna, respetando siempre la Constitución Nacional. Que Dios lo ilumine y que el futuro de la República Argentina sea, finalmente, el que todos nos merecemos. Sin otro particular, saludo al Señor Presidente con distinguida consideración,
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