Domingo 14 de abril 2024

Accionista donó 5 inmuebles

Redaccion 01/07/2020 - 22.03.hs

Una accionista de Vicentin SAIC, la agroexportadora que está en concurso de acreedores por casi 100 mil millones de pesos y es investigada por presunto fraude, donó el 10 de enero último cinco inmuebles de sus propiedad a sus hijos, lo que para la Inspección General de Personas Jurídicas de Santa Fe constituye un posible intento de «enajenación de bienes» ante la caída de la compañía, informaron hoy fuentes del caso.
Las donaciones están reseñadas en el texto que la titular de la IGPJ, María Victoria Stratta, presentó ante el juzgado Civil y Comercial de la segunda nominación de Reconquista, a cargo del juez Fabián Lorenzini, como ampliación del ofrecimiento de prueba para solicitar la intervención de Vicentin, dijeron los portavoces.
Lorenzini es el magistrado que tiene en sus manos el concurso de la cerealera y aún debe resolver si acepta o rechaza un pedido de intervención de la administración realizado por el Gobierno de la provincia de Santa Fe.
En el documento, Stratta adjunta una escritura pública pasada el 10 de enero de 2020 en la localidad santafesina de Avellaneda, sede de la empresa, por ante la escribana Mónica Lorena Ponticelli, mediante la cual la accionista de Vicentin, Bettina Eliana Padoán «dona con reserva de usufructo a sus hijos (algunos menores de edad) un inmueble» en esa ciudad del norte santafesino.
El escrito agregara que existe «otra escritura de igual fecha -número 6- y ante la misma escribana, mediante la cual se dona, también a los hijos y con reserva de usufructo, tres inmuebles más».
Además, aporta como documentación una tercera escritura -número 7- «de igual fecha y ante la misma escribana, donde dona a sus hijos con la misma reserva otro bien inmueble» cuyos detalles no brinda.
Tras analizar y aportar documentaciones sobre casos similares de otros tres accionistas de la empresa, su presidente Daniel Buyatti, Roberto Oscar Vicentin y Martín Colombo, la titular de la IGPJ de Santa Fe concluye que «esta información resulta relevante, teniendo en cuenta que los directores deben garantizar a la sociedad su desempeño».

 

Otro caso.
Otro presunto caso de «enajenación de bienes» señalado por Stratta involucra a Roberto Oscar Vicentin, quien junto a su esposa María Soledad Raffin habrían realizado el trámite de protección de vivienda de un inmueble el 9 de diciembre de 2019.
Según la presentación del Gobierno de Santa Fe, el 5 de febrero pasado realizaron el trámite inverso y «en la misma escritura, luego de producir la desafectación, Roberto Oscar Vicentin vende a Natalia Julieta Vicentin -aparentemente hermana suya- el referido inmueble antes afectado como vivienda».

 

Puerto.
El gobernador de Santa Fe, Omar Perotti, intervino el puerto de la ciudad de Reconquista luego de recibir un informe del representante de la provincia en el Ente Portuario que contenía irregularidades cometidas por la concesionaria de la terminal, perteneciente al grupo Vicentin.
El mandatario provincial firmó el lunes el decreto número 574/20, a través del cual dispuso la intervención del Ente Portuario Puerto Reconquista (EAPRe) por 180 días, según publicó hoy el diario Santa Fe.
A través del mismo decreto, Perotti designó como titular de la intervención al actual representante de la provincia en la entidad, Martín Deltin.
En 1999, una parte del Puerto Reconquista fue concesionada por 30 años a Ríos del Norte SA, conformada por Vicentin SAIC y Buyatti SAICA, reseñó el periódico santafesino.
El decreto indicó que el 14 de febrero pasado «se eleva informe-denuncia del actual representante del Poder Ejecutivo en el Puerto de Reconquista y que por su gravedad origina los presentes actuados».
El informe reveló que supuestamente «la ‘Terminal A’, espacio operativo de cargas y almacenamiento de granos y aceites, está inactiva y sin operaciones desde el año 2004».
De acuerdo al trabajo realizado por Deltin, «ello es así porque ‘Terminal A’ no efectúa un embarque desde el año supra indicado, no registra movimiento portuario alguno», situación que configura «un claro incumplimiento de la concesionaria de la citada terminal de no garantizar una carga mínima de la principal obligación contractual». (Télam)

 

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