Lunes 15 de abril 2024

AFIP flexibilizó condiciones para que empresas de sectores críticos accedan a planes de pago

Redacción Avances 17/05/2021 - 15.29.hs

 La AFIP amplió hoy las las condiciones para acceder a planes de pagos permanentes destinados a empleadores que desarrollan actividades en sectores «críticos».

 

Se trata de beneficios vinculados con la suspensión de la aplicación del tope al monto máximo de las cuotas para los contribuyentes que desarrollen actividades afectadas en forma crítica, con la cantidad de planes de facilidades admisibles – al dejar de considerarse aquellos cuya caducidad se hubiera registrado hasta el 30 de abril de 2021 inclusive-, y con la extensión de la vigencia transitoria de las mejores condiciones para los planes que se presenten en el marco del régimen.

 

A través de la Resolución General 4992/2021 publicada en el Boletín Oficial, el organismo dispuso que hasta el 31 de agosto inclusive estará vigente la suspensión del «requisito que establece que las cuotas mensuales de los planes no pueden superar el 25% del ingreso mensual de cada contribuyente».

 

«Suspender hasta el 31 de agosto de 2021, inclusive, la aplicación de la condición establecida en la Resolución General N° 4.268, para los contribuyentes que al 19 de abril de 2021 o a la fecha de la solicitud de adhesión al plan de facilidades de pago, registraran como actividad principal -según el Clasificador de Actividades Económicas alguna de las consignadas como sectores críticos», según el texto oficial.

 

De este modo, la vigencia transitoria del plan se extiende desde el 20 de agosto de 2019 al 31 de agosto de 2021.
La AFIP aclaró que no se considerarán los planes de facilidades de pago cuyas caducidades se hubieran registrado en el sistema «Mis Facilidades» hasta el 30 de abril de 2021, inclusive.

 

Además, puntualizó que las adecuaciones de ese sistema, a fin de tornar operativa este medida, se encontrarán disponibles desde el viernes próximo.

 

La Resolución General N° 4.268 implementó con carácter permanente un régimen de facilidades de pago en el ámbito del sistema «Mis Facilidades» para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras -así como sus intereses y multas-, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de la AFIP.

 

Las condiciones de los planes de facilidades de pago que se presentan en el marco de esa resolución se determinan -principalmente- en función del tipo de contribuyente y del perfil de cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme a la evaluación objetiva y automática del comportamiento observado de cada administrado, así como de la evaluación de la factibilidad del pago de las cuotas del plan.

 

Por medio de otra Resolución General, la Nº 4.950 se extendió hasta el 30 de junio de 2021, inclusive, la vigencia transitoria aplicable a la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento.

 

«Es objetivo permanente de esta Administración Federal coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y/o responsables, a fin de morigerar los efectos económicos adversos derivados de la situación provocada por la pandemia del virus SARS-CoV-2 y generar las condiciones necesarias para lograr la recuperación de la actividad productiva y preservar las fuentes de empleo», resaltó el ente recaudador.

 

En consecuencia, indicó que «se estima razonable otorgar determinados beneficios para posibilitar la adhesión al régimen dispuesto por la Resolución General N° 4.268». (NA)

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?