Viernes 22 de marzo 2024

Cambios hasta 500 dólares

Redacción 07/09/2012 - 07.00.hs

Las entidades financieras públicas serán las únicas que podrán abrir o mantener casas operativas en aeropuertos internacionales y puertos, en la medida que cuenten con la autorización correspondiente del Banco Central de la República Argentina (BCRA), se informó ayer oficialmente.
La medida -tomada por el Directorio del Banco Central y que entra en vigencia a partir de mañana- también dispuso la revocación de la de las autorizaciones oportunamente otorgadas a otras entidades financieras y cambiarias para mantener sucursales o dependencias especiales en aeropuertos y puertos.
La entidad monetaria, a través de un comunicado de prensa, sostuvo que la decisión apunta a evitar la instrumentación de "prácticas abusivas que afectan a los viajeros que ingresan a la Argentina".
"La decisión se adoptó a partir de un relevamiento conjunto realizado por el Banco Central, la Unidad de Información Financiera (UIF), la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (Orsna)", precisa el comunicado.
De esta forma, "con el objeto de facilitar tareas de coordinación en materia de seguridad en los ámbitos mencionados, se resolvió requerir a las entidades financieras públicas que mantengan allí casas operativas que cuenten, en cada una de ellas, con un Oficial de Coordinación con idoneidad y atribuciones suficientes para interactuar con los distintos organismos públicos que cumplen funciones en los puertos y aeropuertos internacionales", señaló el Central.
Por último, el Central señaló que "en función de las razones de seguridad, se resolvió que las entidades públicas que operen en las terminales podrán realizar allí operaciones de compra de moneda extranjera a no residentes por importes de hasta 500 dólares o su equivalente en otras monedas, por cliente". (Télam)

 


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